Desde Roma
Precisas como nunca antes se habían visto, el Vaticano dio a conocer hoy una serie de normas que reglamentan los procesos a los miembros de la Iglesia acusados de abusos sexuales y que entrarán oficialmente en vigor el 1 de junio de 2019. Los 19 artículos que incluyen estas normas están contenidos en una Carta Apostólica del papa Francisco en forma de “Motu Propio” (documento de propia iniciativa titulado “Vos estis lux mundi", Ustedes son la luz del mundo), que aclara específicamente que “estas normas se aplican sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidas en cada lugar por las leyes estatales, en particular las relativas a eventuales obligaciones de información a las autoridades competentes”. Lo que significa que en cada país deberán ser respetadas las normas en materia de denuncias de abusos sexuales. El documento deja muy claro además que la Iglesia no sólo deberá juzgar a los abusadores sino también quien encubra a los abusadores, como se sabe que ocurrió en numerosos casos donde los obispos trasladaban a los acusados u ocultaban las denuncias.
Las víctimas de abusos sexuales por miembros de la Iglesia y sus familias pueden sentirse aliviados ahora, comentaron algunos expertos, porque al menos se ha indicado un camino claro para las denuncias. Este punto había salido a relucir repetidamente en ocasión del encuentro que se hizo en febrero en el Vaticano sobre este tema, cuando las organizaciones internacionales de las víctimas de abusos, denunciaron que la Iglesia no creía generalmente en las víctimas, que muchos obispos ocultaban las denuncias, que los procesos -si los había- eran secretos, y que se evitaba denunciar a los abusadores ante la justicia civil de cada país. Ahora en cambio, el Motu Proprio de Francisco - que era muy esperado después del encuentro de febrero y hasta motivó algunas críticas hacia el pontífice por no haberlo hecho inmediatamente-, contempla todos estos puntos.
“Los delitos de abuso sexual ofenden a Nuestro Señor, causan daños físicos, psicológicos y espirituales a las víctimas, y perjudican a la comunidad de los fieles. Para que estos casos, en todas sus formas, no ocurran más, se necesita una continua y profunda conversión de los corazones, acompañada de acciones concretas y eficaces que involucren a todos en la Iglesia, de modo que la santidad personal y el compromiso moral contribuyan a promover la plena credibilidad del anuncio evangélico y la eficacia de la misión de la Iglesia”, escribió el papa Francisco . Esta responsabilidad recae sobre todo en “los sucesores de los Apóstoles”, añadió, es decir sacerdotes, obispos, cardenales pero también en todos los que trabajan para la Iglesia. “Por lo tanto es bueno que se adopten, a nivel universal -es decir en todos los obispados del mundo-, procedimientos dirigidos a prevenir y combatir estos crímenes que traicionan la confianza de los fieles”.
Estas normas se aplicarán contra quien, mediante “violencia, amenaza o abuso de autoridad”, obligue a alguien a “realizar o sufrir actos sexuales”, ya se trate de un menor o de una persona vulnerable. Pero también a quien “posee o distribuye material pornográfico o a quien induce a un menor o una persona vulnerable a participar de exhibiciones pornográficas”, indicó el artículo 1, precisando además que se aplicarán también contra las personas acusadas de “acciones u omisiones dirigidas a interferir o eludir investigaciones civiles o investigaciones canónicas, administrativas o penales, contra un clérigo o un religioso con respecto a los delitos señalados”.
Las diócesis tienen la obligación de crear, dentro de un año de la publicación oficial de este Motu Propio, un sistema u oficina accesible al público que quiera presentar informes o denuncias. “Los prejuicios, represalias o discriminaciones por haber presentado un informe, están prohibidos” y al que hace un informe no se le puede imponer alguna obligación de mantener el silencio respecto al contenido del mismo”, precisó la Carta Apostólica. La Iglesia debe ofrecer a los afectados y sus familias, asistencia y seguimiento mediante servicios específicos pero también espiritual o médica si fuera necesario. La imagen y los datos de las personas afectadas son confidenciales y deben quedar protegidos.
Estas normas se aplicarán a sacerdotes, obispos, clérigos, cardenales, patriarcas y obispos de las Iglesias Orientales. La autoridad que recibe un informe o denuncia, deberá transmitirlo tanto al obispo local como al arzobispo metropolitano (que normalmente tiene varias diócesis a cargo) y puede hacerlo también a la Santa Sede. Excepto que el informe sea infundado, el obispo metropolitano deberá pedir el Dicasterio (organismo dentro del Vaticano) competente, el comienzo de las investigaciones. La investigación de todas maneras debe terminar en 90 días, que eventualmente podrían ser prorrogados. Si los hechos lo requieren, el obispo metropolitano puede pedir la imposición de restricciones al investigado o medidas cautelares, como impedirle celebrar misa o el contacto con menores, por ejemplo, como ha ocurrido en algunos casos. Las normas enumeradas, concluyó el Motu Propio serán aplicadas por un trienio de modo experimental, y se verá si son los suficientemente eficaces.