La AFIP estableció en 2,5 por ciento la tasa fija preferencial de interés mensual en el plan de facilidades de pagos del impuesto a las ganancias y el que grava los Bienes Personales. Por resolución 4479 de la AFIP, publicada ayer en el Boletín Oficial, se modificaron diversas medidas referentes a este plan, como la inclusión del pago del impuesto a la renta financiera y el gravamen a la venta de inmuebles dentro de sus alcances.
La tasa preferencial del 2,5 por ciento mensual beneficiará a quienes presenten en forma anticipada la declaración jurada de alguno de los cuatro impuestos mencionado hasta el 31 de mayo. Quienes se presenten con posterioridad a esa fecha, deberán deberán pagar la tasa de interés resarcitorio del 3,76 por ciento.
El plan lanzado en 2017 alcanza a los contribuyentes y responsables de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, siempre que se encuentren incluidos en las Categorías A, B, C o D del “Sistema de Perfil de Riesgo (Siper)”. Estos podrán solicitar la cancelación del saldo de impuesto resultante de la declaración jurada y, en su caso, los intereses resarcitorios y las multas que pudieran corresponder. Quedaron excluidos de este beneficio los contribuyentes encuadrados en el nivel E.
El vencimiento previsto para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2018, opera entre el 11 y el 13 de junio y la mayoría de los especialistas coinciden en que probablemente la AFIP deba prorrogar esas fechas. De hecho, el organismo todavía no precargó los datos de los contribuyentes para liquidar el impuesto cedular por operaciones financieras.