La Sala I de la Cámara Federal con votos de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, ubicados allí por el gobierno de Cambiemos, procesó al abogado Santiago Viola, ex defensor de uno de los hijos del empresario Lázaro Báez, como instigador de falsos testimonios para apartar al juez Sebastián Casanello en 2016 de la causa denominada “ruta del dinero K”. El voto mayoritario, con el que disintió por considerarlo falto de pruebas el juez Mariano Llorens, lo responsabilizó de inducir a mentir a dos presuntos testigos, hoy sometidos a juicio por falso testimonio, que afirmaron haber visto a Casanello en la Quinta de Olivos durante el último año de mandato de Cristina Kirchner. Esa afirmación fue difundida ampliamente por el diario Clarín y luego judicializada con el objetivo de apartar al magistrado de la causa que ya tenía por blanco a la ex presidenta.
La causa se inició por la denuncia de Casanello contra Gabriel Corizzo, el primero de los supuestos testigos. La instrucción estuvo a cargo de Luis Rodríguez, quien procesó por falso testimonio a Corizzo y a Carlos Scozzino. En 2017, cuando la Cámara confirmó la decisión, ordenó establecer la posible participación de instigadores. Rodríguez citó a indagatoria a Viola y al fiscal Eduardo Daniel Miragaya, quien pasó por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) tras la llegada de Cambiemos al gobierno, pero finalmente les dictó la falta de mérito. Esa resolución fue la que apelaron tanto Casanello en su rol de querellante como el fiscal Carlos Stornelli, que reimpulsaron la acusación sólo contra Viola.
Bruglia y Bertuzzi destacaron “la relevancia” de la cronología de hechos, señalaron que el testimonio de Corizzo que originó la denuncia “fue ofrecido por Viola en forma súbita, alegando que se trataba de una prueba sobreviniente que venía a acreditar su hipótesis inicial, esto es los vínculos existentes entre el magistrado y la ex presidente, extremo que pretendió luego robustecerse con el testimonio presuntamente espontáneo de Scozzino”, pero que Viola no convenció cuando explicó cómo llegó a su conocimiento la existencia de tal elemento probatorio. Para Llorens, de las pruebas reunidas “no aparecen elementos que permitan razonadamente derivar de la conducta de Viola una determinación en el ánimo de los nombrados”.