Un reciente fallo de un tribunal arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), referido a la estatización de Aerolíneas Argentinas, fue adverso para Argentina. El laudo ratifica la obligación del Estado argentino al pago de 320 millones de dólares. Arrecian entonces las críticas tanto a la expropiación de Aerolíneas Argentinas, como a la defensa que ejerció en su momento el gobierno anterior ante el Ciadi. Con relación a esto último no abrimos juicio, por desconocimiento. En cuanto a la expropiación en sí misma, no fue sino el camino para salvar a la empresa; una decisión política legítima, que algunos apoyarán y otros denostarán (el autor de esta nota se incluye en el primer grupo).
Ahora bien, el beneficiario no es el ex propietario de la empresa expropiada (Marsans), cuyo ex presidente esta preso en España por malversación de fondos relacionados con la gestión de Aerolíneas Argentinas. El juicio fue vendido en 2015 a un bufete (Burford) por la módica suma de 12,4 millones de dólares. Burford es un bufete buitre; esto es, compra juicios ajenos y los prosigue con sus recursos.
Hay más: el juicio fue posteriormente vendido a otros beneficiarios no identificados. Según una nota publicada en Ámbito Financiero de Carlos Burgueño (31/5/2019), esa operación habría ocurrido el 15 de marzo de 2018, en proximidad de la fecha en que se daría a conocer el laudo arbitral. En el artículo se insinúa que los compradores podrían ser “funcionarios o ex funcionarios”.
Esta historia es repulsiva por donde se la mire. Por un lado, el Estado argentino termina pagando 320 millones de dólares por una empresa técnicamente quebrada. Asimismo, el lucro logrado por los titulares de esta deuda es un disparate. El costo de litigar no habrá superado el millón de dólares en honorarios y gastos, de manera que la ganancia obtenida habría sido impresionante. Pero hay algo llamativo en el caso Aerolíneas Argentinas: Marsans vende el juicio a un valor exiguo; pero el comprador logra un valor desproporcionalmente mayor. ¿Esto es el resultado de la expertise legal del buitre Burford? Si así fuera, Marsans bien podría haber contratado algún bufete de capacidades equivalentes y hacerse de ese dinero. ¿O será que Burford logró algo que Marsans no habría logrado por si misma?
Esto pone bajo sospecha al propio Ciadi. Éste forma tribunales arbitrales para cada caso, formados por tres personas, dos a propuesta de cada parte y una tercera por consenso. Sus decisiones no tienen instancia de apelación, y el tribunal se disuelve una vez resuelto el caso. Y desconocemos si alguien investiga lo ocurrido con el patrimonio personal de los árbitros una vez cumplida su tarea, como puede hacerse con los jueces de un país soberano.
Los fallos del Ciadi además han sido sistemáticamente adversos a la Argentina. En un caso, además, aceptó la presentación de un socio minoritario de una empresa concesionaria; se trata de la Concesión a Puentes del Litoral S.A. (referida la unión física Rosario-Victoria) y la empresa en cuestión es la alemana Hochtief. Esto es absurdo: sería algo así como si Coca-Cola S.A. firmara un acuerdo con un acreedor, y un accionista minoritario fuera admitido como querellante contra el acreedor, porque considera que sus intereses se vieron afectados. Ningún código de comercio puede aceptar este temperamento porque virtualmente inhabilitaría las sociedades comerciales; cada socio podría accionar al margen de la sociedad, si así lo quisiera. Pero esto ocurre en el Ciadi. Demás está decir que el tribunal arbitral en aquel entonces falló en contra del Estado argentino.
Claramente, el Ciadi debe desaparecer como instancia de arbitraje, en lo que atañe al Estado argentino, para futuras situaciones dónde tal instancia sea necesaria. Aprendamos por lo menos esta lección
* IIE-Cespa-FCE-Universidad de Buenos Aires.