A VER, REPETILO SI SOS GUAPO
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Por Horacio Verbitsky Según un comunicado de prensa con membrete pero sin firma "los señores ministros de la Corte Suprema [no dice si los nueve o sólo algunos, y en ese caso cuáles] han ordenado al Secretario de Auditores Judiciales que cite al señor Ariel Garbarz para ratificar o rectificar las expresiones efectuadas ante los medios de difusión y aportar los elementos que obren en su poder, a los efectos de una eventual denuncia penal". El auditor Jorge Dal Zotto transmitió al columnista de este diario la orden del presidente del tribunal, Julio Nazareno, en una escueta comunicación de seis líneas, consumando así uno de los más groseros actos intimidatorios contra la prensa independiente, por lejos el más grave cometido por un órgano judicial desde la finalización de la dictadura militar, hace quince años. El episodio revela no sólo una pesada carga de autoritarismo sino también el grado de confusión institucional que alborota la cabeza de uno de los tres poderes del Estado, precisamente aquél que tiene a su cargo la tutela de los derechos y garantías individuales. Aunque el comunicado invoca a "los señores ministros", Página/12 obtuvo en la propia Corte un rotundo desmentido. La decisión no habría sido dispuesta en un Acuerdo sino por decisión exclusiva de Nazareno, dijo un altísimo funcionario del tribunal. Lo más extraño es que el presidente de la Corte puede dar instrucciones al cuerpo de auditores sin intervención del resto de los ministros. Sin embargo involucró en el comunicado al resto de los jueces, cuyo malhumor ayer por la tarde iba en aumento. La redacción del comunicado de prensa es ambigua, y una lectura distraída podría sugerir que la Corte se propone denunciar a quienes hubieran cometido ilícitos en la informatización del fuero civil. No es así. El predecesor de Jorge Dal Zotto en la auditoría de la Corte, Juan Carlos Corbetta, fue separado del cargo por haber investigado a los miembros de la Corte en el caso del sobreprecio en la compra de los edificios de Maipú y Mitre para la justicia del trabajo. Con ese antecedente y dado que el proceso de informatización del fuero civil estuvo a cargo de la propia Corte y se encargó de los detalles uno de sus integrantes, es ostensible que la conminada acción penal no se dirige a ellos mismos, sino al ingeniero Garbarz. "Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe", dice el artículo 19 del texto que los jueces supremos deberían guardar, la Constitución Nacional. El 116 añade que "corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación". Pero acá no hay causa judicial alguna y la Auditoría es apenas un órgano interno de la Corte, auxiliar en sus funciones de superintendencia, entre cuyas facultades no está la de molestar a los ciudadanos ajenos al Poder Judicial. Al no haber producido acto jurisdiccional alguno, la Corte tiene menos facultades que Daniel Passarella o que el verdulero de la esquina para citar a una persona a que ratifique o rectifique afirmaciones y para amenazarla con denuncias penales por buscar y transmitir información sobre hechos de interés público. Lo que sí tiene es el poder suficiente como para que esa notificación haya preocupado al experto en computadoras mucho más que si hubiera recibido una cartadocumento del entrenador de fútbol o de Vincenzo Signori. Esa inquietud, que naturalmente se extiende a todos los colaboradores de medios de información del país, es el único objeto de la inaudita citación. Hasta el juez Julio Cruciani, que alguna relación laboral tiene con la Corte, se negó a concurrir a una convocatoria similar. Con más razón el ingeniero Garbarz, que debe obediencia a la ley, como todos los ciudadanos, pero no a los miembros de un cuerpo que actúan con prepotencia y fuera del marco de sus atribuciones. El artículo 43 del mismo texto constitucional protege, además, "el secreto de las fuentes de información periodística", que es lo único distinto a lo ya dicho y publicado que Garbarz podría aportar. En sus artículos en estas páginas y en declaraciones radiales a Nelson Castro, Garbarz analizó la contratación efectuada por la Corte suministrando todos los datos necesarios para que cualquier interesado descubra los eventuales actos ilícitos cometidos y no tiene nada que ratificar ni rectificar. Lo único que corresponde es una investigación seria, a cargo de un juez federal designado por sorteo. El muy oscuro comunicado de la Corte sugiere que la diferencia de más de un millón de pesos entre lo que el tribunal dice haber pagado y lo que el proveedor declara haber recibido obedecería al Impuesto al Valor Agregado, incluido en el precio de la licitación pública internacional. Pero se cuida de aclarar si el impuesto fue descontado al proveedor en el momento de la liquidación. Este es sólo uno de los puntos que esa causa aún no iniciada debería esclarecer. Pero además, Garbarz señaló otros de mayor gravedad y significación económica que el comunicado de la Corte soslaya, como la obsolescencia de los sistemas elegidos y su precio desmesurado. El profesor titular de Tecnología de Computadoras de la U.B.A. y de Sistemas de Comunicaciones de la U.T.N, sostuvo que "las configuraciones de PC adquiridas son las más lentas y las de menor capacidad de memoria del mercado", con partes que ya no se fabrican y de las que es "casi imposible obtener repuestos". Según su cálculo, las máquinas que la Corte compró al por mayor y con licitación internacional por 7,6 millones de pesos pueden conseguirse en el comercio minorista por 4,1 millones, es decir casi la mitad. Si hubiera algún error en estas afirmaciones, cosa improbable dada la versación del columnista en la materia, la Corte debería rectificarlo, ofreciendo toda la información que permitiera a la opinión pública juzgar de qué modo administra los recursos que la sociedad le asigna para prestar el servicio de Justicia. Si la divulgación pública de los hechos hubiera alertado al tribunal sobre actos incorrectos de alguno de sus subordinados, un sumario interno podría ayudarla a esclarecerlo. De considerar que se cometió algún delito, está no sólo entre sus atribuciones sino entre sus deberes, el de formular la denuncia penal correspondiente. Lo que de ninguna manera puede hacer es amenazar al autor de las revelaciones, en un acto de prepotencia incompatible con el orden republicano.
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