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Sellos bancarios truchos, diferencias en los datos del padrón, deudas anteriores a la fecha de compra del inmueble. Cualquiera puede ser la razón, pero la boleta municipal, inexorable, llega a miles de vecinos porteños. Todos los días entre dos y cuatro mil personas atiborran las oficinas de la delegación de la DGI de Viamonte y Suipacha para quejarse por los importes que se les reclaman o pedir una aclaración. Pero el interventor de la Dirección General de Rentas, Orlando Gualtieri, sostiene que las facturas son correctas porque obedecen a reformas realizadas por los propietarios, no informadas en tiempo y forma. Especialistas dicen, sin embargo, que algunos reclamos son cuestionables. Y existe un proyecto en la Legislatura porteña que anularía la retroactividad en ciertos casos. Raúl Fernández, legislador de la Alianza, afirma que en la Legislatura se presentaron "muchos casos en los que hay un cambio en la categoría, que no tienen relación con las modificaciones que puede haber hecho el propietario y que se calculan desde la fecha del relevamiento". "Nosotros no estamos de acuerdo, creemos que se debe cobrar a partir de éste año y no retroactivo", sostuvo. Fernández presentó un proyecto de ley para modificar la ordenanza fiscal vigente "que autoriza el retroactivo: los errores de la administración los paga el contribuyente. Nuestra propuesta es que eso cambie". Las categorías se definen en el momento de inscripción del inmueble, al igual que las zonas urbanas. "Desde que estamos nosotros, todos los casos surgen porque el contribuyente declaró mal las características de la construcción. No hay casos de ajustes por error de la administración", rechazó Gualtieri y afirmó que no se trata de un revalúo, que implicaría un aumento en el impuesto, sino de un avalúo: si cambió la propiedad cambió el valor. Por lo tanto, corresponde el pago retroactivo, ya que el propietario sería un evasor. "Lo que hacemos es otorgarles la facilidad de un plan de pago de hasta 60 cuotas, las diez primeras sin intereses y desde la número once con un porcentaje muy bajo: el 0,75", explicó Gualtieri. Fernández coincidió en que "se debe pagar en función de las características del inmueble y corresponde que se pague, pero desde que se hicieron las refacciones". Si los cambios datan del '95, por ejemplo, y no del '93, el usuario deberá presentarse con los comprobantes ante Rentas y, en general, se recalculará el monto a abonar. Los cambios en la valuación inmobiliaria comenzaron en el '92 durante la gestión del ex intendente Carlos Grosso y desde entonces, las sucesivas administraciones mantuvieron el plan, pese a las quejas de los usuarios y las pronunciaciones en contra del ombusdman Antonio Cartañá y de la misma Justicia (ver aparte). Ayer, algunos propietarios de Rivadavia al 6000 se quejaban porque les llegaron boletas con un reajuste de más del 50 por ciento, atribuidas en las planillas municipales a un "código 14". Uno de los papeles detalla los "Códigos de Motivo de Avalúo": 58 ítem que van desde "cambio de nombre", "cambio de V.U.C" --lo que sea que eso signifique-- y el 14 que corresponde a "adecuar empadronamiento". Los vecinos de Rivadavia señalaron que así no se puede saber de qué se trata. Gualtieri sostuvo que Rentas "siempre envía una pre-notificación donde se explican las diferencias que se encontraron entre el padrón y el relevamiento, sin mencionar el impuesto en sí mismo". A los habitantes de Rivadavia al 6000 nunca les llegó y ahora deben hacer interminables colas para averiguar la situación. Según Gualtieri, el contribuyente tiene --después de recibir la pre-notificación-- 15 días hábiles para reclamar si no está de acuerdo con el detalle. Reclame o no, la boleta con el reajuste se emitirá de todos modos. Una vez que la factura llegó al domicilio, hay otros 15 días para argumentar por escrito y presentar los documentos que avalen la posición del propietario. Si el vecino no está de acuerdo, se abre un expediente de objeción. Si tiene razón, no paga o sólo lo que corresponda. Si no tiene razón y no abonó la boleta al vencimiento, deberá hacerlo con más los intereses. "La última opción --señaló Gualtieri-- es ir a la Justicia, pero igual tiene que pagar porque de lo contrario no habilitan el trámite". En cuanto a las deudas que fueron pagadas pero que no ingresaron a Rentas, presumiblemente por tener sellos bancarios truchos, Gualtieri dijo que "en términos globales son insignificantes, habrá 30 o 35 por mes", aunque reconoció que "es un problema para los contribuyentes". "Por eso les pedimos que nos dejen los originales, para hacer los trámites ante los bancos", explicó. Según Gualtieri, "algunos inmediatamente hacen el aporte y pagan con intereses, pero otros no. En esos casos, es el propietario quien debe responder ante Rentas y podrá iniciar una acción judicial contra la institución bancaria".
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