LA DENUNCIA, SÓLO SI MOLESTA
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Por Cristian Alarcón Usted vive en una cuadra de medias luces, donde las trabajadoras del sexo, mujeres y travestis, se pasean ofreciendo lo suyo. Hay días en que las chicas, y sus clientes, hacen un ruido insoportable. Usted, un vecino bien pensante, que no quiere prohibirlas, pero que no puede dormir, quiere parar el desenfreno. Entonces las denuncia. Pero no tendrá que acudir a la comisaría. Irá al flamante Ministerio Público, es decir, las nuevas fiscalías creadas por el Código de Convivencia Urbano. El fiscal de turno deberá entonces acercarse a su cuadra e intimará a las profesionales. Si no interrumpen las molestias ocasionadas, recién entonces el fiscal podrá pedir a la policía que intervenga y las desaloje del lugar. Al menos eso es lo que plantea el proyecto presentado por el bloque del Frepaso, como un intento de salida airosa al polémico tema del comercio sexual en la vía pública, y el que mayor consenso registra hasta el momento en la comisión de seguimiento del Código, a punto de definir una propuesta final. El proyectado artículo 70 bis del Código tipifica la contravención como "abusar del espacio público próximo a viviendas familiares, o instituciones, educativas o religiosas, con la intención manifiesta de demandar u ofertar servicios sexuales, en tanto provoque alteraciones en el vecindario y afecte la tranquilidad pública, sea por concentración o por incitaciones manifiestamente obscenas o escandalosas". La idea es que las posibles contraventoras no serían solamente las meretrices, sino que también podrían serlo los clientes. El proyecto también deja abierta la posibilidad de prostitutas tranquilas, que no afecten el ritmo sosegado de la vecindad, y de vecinos tolerantes, que no quieran expulsar de su zona las trabajadoras sexuales por su sola presencia. El texto del proyecto firmado por Liliana Chiernajowsky y avalado por Aníbal Ibarra y Abel Fatala se suma a los diez ya ingresados a la comisión para que sean evaluados, y lo hace bajo la figura del "Abuso del espacio público". "No busca reglamentar, ni legalizar, ni prohibir la oferta y demanda de servicios sexuales, que por otro lado, es bueno recordar, no se encuentra tipificado como delito en nuestro Código Penal. Simplemente intenta evitar las alteraciones al orden público", le dijo a Página/12 Chiernajowsky, que milita por una salida intermedia entre el odio visceral de los vecinos más reaccionarios en contra de las alternadoras y la visión más liberal de permitir el callejeo sin ninguna limitación. Sin embargo, el proyecto presentado ayer no es el único del Frepaso. Usted vive en la misma cuadra de medias luces y ya no puede con los bocinazos de los clientes y los escándalos de las muchachas. Usted, vecino correcto, acudirá entonces a su derecho a presentar un recurso de amparo ante un nuevo juez de la ciudad. El magistrado deberá investigar, buscar sumariamente la prueba para ver si hay abuso de espacio público o contaminación sonora. Eugenio Raúl Zaffaroni, el titular del bloque del Frepaso en la Legislatura porteña, es el redactor de esta variante, según la cual, si se aprueba, la alternativa ante la polémica sería como la situación expuesta. La diferencia entre este proyecto y el de sus compañeros de bancada es que al utilizar una figura legal ya existente en el Código --el recurso de amparo-- no se tipifica una nueva contravención, como el abuso de espacio público. "Esto significa que no hay sanción, sino que se detiene la acción de algo que está generando una molestia a algún vecino --le explicó a Página/12 el ex juez--. Además, no pone el acento exclusivamente en si la molestia o el ruido lo provoca una prostituta, sino que cualquier abuso de espacio público o contaminación sonora puede ser detenida por un juez."
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