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DOCE AÑOS DE PRISION A LA MUJER QUE DEJO MORIR A SU MAMA
UN FALLO EN EL NOMBRE DE LA MADRE

La condena de Andrea Borraccia fue menor a la pedida por el fiscal porque la mujer era hija adoptiva. Los juristas polemizan.

Andrea Borraccia escuchó la sentencia conteniendo las lágrimas, pero finalmente se quebró.
Al morir, su madre pesaba 25 kilos y su cuerpo era como el de un detenido en un campo de concentración.

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t.gif (67 bytes)  "Se condena a Andrea Borraccia a la pena de 12 años como autora penalmente responsable del delito de homicidio simple." Las palabras quedaron retumbando en la Sala I de la Cámara de Morón. Todavía más fuerte, en los oídos de Andrea, que comenzaba a sentir la sombra de las rejas y la prisión. Las dos escoltas policías, paradas detrás de ella, preludiaban su próximo destino. Sin embargo, el castigo por haber dejado morir de hambre a su madre Beatriz no contó con la total aprobación del fiscal Federico Nievas Woodgate. Si bien Andrea no era hija biológica de Beatriz lo era en forma adoptiva. Y el tribunal disminuyó la pena por ese motivo (ver aparte).

Con los brazos hundidos entre las piernas, Andrea escuchó por una hora el veredicto. "Se comprobó que estuvo cuatro meses encerrada con llave en una habitación en total estado de abandono desprovista de ropas, cobija y almohadas", decía la secretaria del tribunal. La lectura continuaba y los ojos de Andrea permanecían imperturbables. Los pasos dados por Andrea después de la muerte de su mamá quedaron descarnadamente expuestos ayer. "El 2 de julio de 1995 se presentó en la comisaría de Castelar para decir que su mamá estaba muerta", continuaba la sentencia. Los efectivos hallaron el cuerpo en un altillo de la casa. Andrea se había ocupado del traslado para borrar las huellas ligadas al deterioro del cuerpo, situación que el tribunal tomó como agravante.

Dos años antes, Beatriz había sido atendida en el Hospital Braulio Moyano y la clínica Marañón: en ambos lugares se indicó la necesidad de internación. El diagnóstico era "personalidad hipoabúlica y presunción de sujeto delirante". Después de seis meses de tratamiento ambulatorio en el Moyano, Beatriz dejó de consumir los remedios y comenzó a decaer. "En el curso de 1993 tomó conciencia de su enfermedad y fue abandonándose a sí misma, manifestando que deseaba morir", explicaba el veredicto en sus fundamentos. A partir de ese momento, un médico recetó vitaminas, pero ella se resistía a tomarlas e intentó suicidarse dos veces. Mientras escupía las pastillas, la "situación era conocida por la condenada", continuó el tribunal.

Lo que siguió fue un año y medio en el que el deterioro aprisionó su cuerpo hasta la muerte. Andrea dijo durante su declaración que no contaba con dinero para el tratamiento. Sin embargo, tenía un poder a su nombre por las muchas propiedades que poseía mamá Beatriz. Durante ese lapso, los familiares no pudieron visitar a la enferma. "Intenté verla y me sacaron a punta de pistola", había contado ante los jueces Horacio Borraccia, hermano de la mujer. El arma pertenecía a la pareja de Andrea, un policía de la seccional "Las Cabañas", quien según algunos testigos sí hizo uso de algunos de los bienes de Beatriz.

Mamá Beatriz llegó a pesar 25 kilos. Tenía 56 años y según el fiscal Federico Nievas Woodgate, su cuerpo era similar al de un cadáver de un campo de concentración de la Segunda Guerra Mundial. Sobre la actitud de Andrea, el fiscal explicó ayer a este medio que "empezó con dolo y abandono. A medida que fue pasando el tiempo y se hizo evidente que se iba a morir, Andrea Borraccia aceptó la idea y optó por la muerte. Y eso es lo que dijo el tribunal". Para el fiscal, la mujer eligió una de las dos alternativas que se le presentaron."En un momento podía hacerla atender o dejarla morir, y optó por dejarla morir". Esta opción, finalmente, la llevó a la condena de ayer. Los camaristas entendieron que Andrea persistió mientras duró la enfermedad de la madre en la conducta homicida de no atender debidamente a la víctima. "Dejó correr el proceso que inexorablemente terminaba en la muerte", sentenciaron.

Por "omisión de auxilio" fue condenado también Saverio Papalardo, el cuidador y jardinero de Beatriz. "Debió ayudar a la mujer o darle aviso a las autoridades al ver lo que pasaba", había dicho el fiscal durante su alegato. La pena para el jardinero, apodado "Jesús" por su aspecto, fue de una multa de 1200 pesos, que deberá pagar antes de diez días.

 

POLÉMICA POR EL VÍNCULO

La sentencia del caso Borraccia abrió un debate paralelo al hecho central. El fiscal pidió 20 años de prisión. Pero la mujer recibió 12. La razón de la diferencia es que el tribunal no consideró el agravante por vínculo, pues se trataba de una hija adoptiva. "Se omitió tener en cuenta el vínculo de madre e hija adoptiva", criticó el fiscal Federico Nievas Woodgate. La mujer ya había conseguido que no la trataran como hija biológica, con lo que evitó exponerse a la prisión perpetua. Dos penalistas consultados por Página/12 evaluaron que habría sido "justo" considerar el vínculo como agravante.

Para el criminólogo Elías Neuman, el caso "rompe con las pautas normales tipificadas en el Código Penal". La ley toma como agravantes la existencia de vínculos con cónyuges, ascendientes o descendientes. Pero al ser Andrea hija adoptiva, Neuman planteó una estrategia: "Si la pena de un homicidio simple es de 8 a 25 años, pudo haberse puesto una pena mayor".

Por su parte, la jueza Lucila Larrandart especificó que en la pena de 12 años ya están considerados los agravantes. Como hija adoptiva Andrea tenía una relación cercana a su madre. Según Larrandart, "si media una relación de confianza, se considera que la víctima está desprotegida y esto se torna un agravante". Neuman opinó en cambio que se trató de "un crimen efectuado con alevosía", pues la víctima no tenía posibilidad de defensa. "Y la alevosía es un agravante que lleva a la prisión perpetua", concluyó.

 

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