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Otra irracionalidad que la vapuleada reforma intenta corregir es el estímulo impositivo a endeudarse en lugar de aportar capital. Hasta ahora, la empresa que tome un crédito puede deducir totalmente en su balance los intereses que le gire al acreedor. Ese gasto (costo) reducirá en igual medida sus utilidades, por lo que la compañía se ahorrará el 33 por ciento de Impuesto a las Ganancias. Toda la carga fiscal se limita a retener el 13,2 por ciento de los intereses enviados, para acreditarse la suma resultante a la DGI. Sin embargo, si la toma del préstamo se efectúa a través de la emisión de una Obligación Negociable de oferta pública, ni siquiera rige la mencionada retención. Los pagos de la renta de la ON son totalmente deducibles, por lo que achican la utilidad imponible. La exigencia de oferta pública pretende excluir casos como aquél en que el prestamista es la casa matriz de una multinacional que opera con una filial en la Argentina. Pero, las grandes corporaciones están en condiciones de simular una oferta pública (o cualquier otra cosa) y de inflar la supuesta renta del papel para así ocultar ganancias y sacarlas sin costo del país. La reforma pretende restringir la deducibilidad de los intereses, estableciendo una
relación, tope entre préstamos y capital (relación de la que, de nuevo, están
tironeando los lobbies), o entre los intereses deducibles y la utilidad impositiva. De
ésta y otras maneras se busca elevar la recaudación de Ganancias, a partir de los
ridículos niveles que, como consecuencia lógica del régimen tributario, tiene en la
Argentina. Pero esta buena iniciativa, después de tanta inoperancia, es la que puede
costarle la cabeza a Roque. |