Kofi Annan y su extraño teatro
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Por Eduardo Febbro Desde Roma
Kofi Annan, el secretario general de las Naciones Unidas, visitó la historia romana para evaluar la dimensión histórica de la creación del TPI. Citando a Marcus Tullius Cicero, Annan declaró en Roma: "Cuando las armas resuenan, la ley se calla la boca". Una forma de decir que, 2000 años después de esta frase, las armas tienen ahora un instrumento capaz de perseguir a quienes las disparan. El optimismo del secretario general de la ONU no "interpreta" sin embargo la sensación que dejó la adopción del texto del TPI. Todos contentos y un poco tristes a la vez. Las reacciones que suscitó la creación del Tribunal Penal Internacional reflejan lo mucho que se esperaba y la "discreción" de lo obtenido. La aprobación del texto final fue casi una obra de teatro con países como Francia, China e Inglaterra que vinieron con posiciones ambiguas o contrarias y terminaron abandonando sus reservas a último momento. Otros, como Estados Unidos y ciertos países árabes, jugaron más sucio: durante un mes hicieron creer una cosa cuando en realidad estaban secretamente trabajando "bajo la mesa" para que los estatutos finales no les fueran desfavorables. Esto explica la carta sorpresa presentada por los norteamericanos tendiente a limitar la acción del Tribunal. La enmienda fue derrotada y a cambio se pactó un "cuadro" especial para la administración estadounidense y sus seguidores. La magnitud de lo ocurrido en Roma no deja de ser con todo trascendente. La delegación argentina exultaba de alegría. No sólo estuvo entre los países considerados unánimemente como los más progresistas sino que también resultó ser, con los canadienses y los noruegos, una de las más felicitadas. Lástima que se escondió de la prensa nacional como si sus representantes fuesen traidores. Hubo que guerrear mucho para obtener las necesarias explicaciones a fin de que el lector sea bien informado. "Acontecimiento histórico", repitió ayer el canciller italiano Lamberto Dini. Un "texto más que aceptable", dijo Emma Bonino, la comisaria europea encargada de los Derechos Humanos. Richard Dicker, en nombre de Human Rights Watch, consideró con justa razón que la norma que prevé el acuerdo del Estado al que pertenece el criminal o del Estado en que el crimen fue cometido "era demasiado restrictiva". Las ONG, pese a todas las visibles trabas, sentían no obstante que, aunque pequeño, se estaba "recién construyendo un muro contra la impunidad y la inocencia aceptada de los peores criminales". El impacto del TPI puede medirse con precisión recurriendo a la historia más reciente, es decir, comparándolo con los tribunales "especiales" que se crearon para los crímenes cometidos en Ruanda y en la ex Yugoslavia. El ítalo-sueco Staffan De Mistura, jefe de la delegación de la ONU en Roma, explicó a Página/12 cuáles eran esas diferencias: "Todo es distinto. No se puede comparar en términos de eficacia. Los tribunales de Ruanda y Yugoslavia fueron constituidos después de los hechos, cuando los crímenes ya habían sucedido hacía un tiempo. Las pruebas habían desaparecido o eran difíciles de encontrar. Los anteriores tribunales no tuvieron ninguna influencia sobre la prevención del delito, y eso sin considerar los atrasos debidos al tiempo que pasó entre la decisión de instituir ambos tribunales y el momento en que fueron operativos. La búsqueda de una sede, el nombramiento de la burocracia y la nómina de los jueces atrasaron la acción de la Justicia. Sin embargo, no podemos decir que fue del todo ineficaz. Bastaría con preguntarle al serbio Radovan Karadzic cómo pasa sus días, si tiene miedo de ser arrestado y si de algún modo se siente prisionero. Entonces, si esto ocurre con los tribunales mencionados, imaginemos cómo sería la fuerza moral de un tribunal preconstituido". HABLA PIERRE SANE, DE AMNESTY INTERNATIONAL "Esto es un bebé minusválido"
--Usted no comparte la alegría general de la misma manera que las delegaciones. Es obvio que Amnesty International esperaba otra cosa. --Nunca puse en tela de juicio la posibilidad de que se llegara a un acuerdo final. Pero creo que políticamente se podía esperar algo mucho mejor... Yo necesitaba saber a cuántas vidas podíamos salvar... y, sin embargo, terminamos viendo muchas tratativas donde la mayor preocupación consistió en saber cómo defender a los soldados. Se ha perdido una gran ocasión. Frente al fuerte apoyo que había el viernes en la sala, creo que era posible adoptar un estatuto mucho más fuerte. Me parece que al texto final le faltaron cosas esenciales. Se redujo el número de casos posibles. La figura de la nacionalidad de la víctima fue sacada del texto y lo mismo ocurrió con la figura jurídica del arresto. Esto desemboca en una situación paradójica: si mañana un dictador africano que no ratificó el texto del Tribunal Penal Internacional comete crímenes atroces, después puede ir tranquilamente a refugiarse a la Costa Azul francesa. Nadie lo va a molestar porque el Estado de detención, en este caso Francia, no puede enviar al sospechoso ante el Tribunal. Es una gran pena. Nosotros estamos convencidos de que hubiese sido posible incluir estos casos en el Tratado... y además la sala los habría aprobado. --Para usted el borrador del TPI contiene entonces más vacíos que aciertos. --El texto final contiene una debilidad mayor. Hace falta el acuerdo de los Estados antes de que se pueda perseguir y enjuiciar a un criminal. Dicho de otra manera, es preciso que Saddam Hussein, Karadzic y Mobutu hayan dado previamente su acuerdo... para ser juzgados. Pero bueno, ahora tenemos el Tribunal y habrá que trabajar con él. Vamos a empujar mucho para que en el futuro se hagan cambios en el Tribunal. Soy consciente de que esos cambios van a ser difíciles de introducir porque en los procesos de revisión de los textos del TPI la mayoría necesaria es muy elevada. Tenemos un bebé minusválido, un bebé al que se le cortaron los miembros. Eso no era necesario. Hubiésemos podido tener un bebé mucho más sano.
QUE PUEDE Y QUE NO PUEDE HACER EL TPI A medida de las grandes potencias
Los estatutos del Tribunal Penal Internacional creado el viernes en Roma por representantes de 162 países reflejan la defensa de los intereses estratégicos de las grandes potencias, en especial los de EE.UU. El texto integra varias opciones diseñadas "a medida" para Washington y algunos de sus aliados. Una de ellas permite a los países firmantes optar por permanecer fuera de la jurisdicción del Tribunal por un período de siete años en los casos exclusivos de crímenes de guerra. La otra limita la intervención directa del Tribunal, haciendo que su participación sólo sea automática en los países que ratificaron el tratado. Si este requisito no se cumple, se hará necesaria la autorización del país víctima o del país del cual es oriundo el agresor eventual. Globalmente, el núcleo central de las propuestas presentadas hace un mes fue aligerado de manera singular. La independencia del fiscal quedó un poco limada con respecto de las intenciones de los países pilotos, donde está la Argentina. El poder efectivo del fiscal del TPI tiene un contrapeso en el seno de la sala de los jueces de instrucción y en el mismo Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. La ONU detenta el poder de suspender los juicios durante un año. El Tribunal sólo podrá enjuiciar a los individuos y no a los estados por crímenes de genocidio, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y agresiones. Este último caso debe ser aún definido. El TPI actuará únicamente cuando un Estado no quiera o sea incapaz de enjuiciar a los criminales. El caso será sometido al Tribunal de los respectivos estados, al Fiscal del Tribunal Internacional --con autorización previa del Colegio de jueces de instrucción o del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Es útil aclarar aquí la latitud de los crímenes contemplados ya que, en el caso del de agresión, las fronteras de este concepto están por definirse para que no se caiga en abusos de poder. Entre los crímenes contra la humanidad figuran el asesinato, el exterminio, la esclavitud, la deportación de personas y pueblos, el arresto y la privación de libertad en violación de la legislación internacional, la tortura y el estupro. En esta última categoría entran los crímenes que conducen a la esclavitud sexual, a la prostitución, a la esterilización forzada y otras formas de violencia sexual de igual envergadura. La definición del criterio de agresión quedó abierta para no darle desde ahora un poder suplementario al Consejo de Seguridad de la ONU. Actualmente, sólo el Consejo puede determinar cuándo hay agresión entre estados, una figura que, por otra parte, sólo se aplica en conflictos entre estados.
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