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EL GOBIERNO PROPONE QUE LOS CUSTODIOS PUEDAN INVESTIGAR A LA GENTE
Agencias al servicio de la comunidad

El proyecto oficial de ley de agencias de seguridad autoriza a custodios privados a investigar delitos y hacer seguimientos.

De acuerdo con la iniciativa del Gobierno, no hay impedimento para formar ejércitos de privados.
La oposición advirtió que la seguridad de la gente debe seguir siendo potestad del Estado.

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Por Horacio Cecchi

t.gif (67 bytes) El proyecto de ley de agencias de seguridad propuesto por Miguel Angel Toma, secretario de Seguridad de la Nación, y que está a la firma del presidente Carlos Menem, permitirá a las empresas realizar "seguimientos y búsqueda de personas, domicilios y bienes", y habilitará a sus integrantes a investigar delitos, como si se tratara de una policía paralela. El proyecto no deja espacio para la constitución de cooperativas, con lo que se apoya la concentración del sector y la consecuente creación de eventuales ejércitos privados.

Entre sus artículos autoriza la custodia de "lugares y establecimientos de propiedad del gobierno nacional o provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y sus entidades autárquicas", con lo que blanquearía situaciones de hecho. Por otra parte, concentra todo el poder de control sobre la Secretaría, con lo que las provincias que pretendan adherirse a la ley deberán renunciar a decidir su autoridad de aplicación dentro de los límites de su propia jurisdicción.

"El PJ está trabajando sobre nueve proyectos que cajonearon durante dos años --criticó Roque Bellomo, legislador porteño de la Alianza--. Ahora que la ciudad de Buenos Aires se dispone a sacar su propia ley, Toma sale a decir que envía un proyecto al Congreso." Bellomo cuestionó que el proyecto del Ejecutivo nacional "no prohíba a la seguridad privada incursionar en ámbitos públicos, que es una cuestión indelegable del Estado".

El proyecto de Toma consta de 44 artículos, agrupados en 10 títulos, de los cuales el séptimo es uno de los más polémicos: trata sobre el permiso para investigar delitos y realizar seguimientos de personas, domicilios y bienes. "Tiene que ser borrado de la ley, atenta contra la intimidad de las personas --señaló Marcelo Vensentini, diputado del Frepaso y vicepresidente de la Comisión de Seguridad--, genera la posibilidad de armar bases de datos. Para eso tiene que existir otra ley específica".

En mayo pasado, durante la Tercera Reunión de Ministros del Interior del Mercosur, Toma anunció que el proyecto de ley ya estaba finalizado. "Las empresas de seguridad --sostuvo en ese momento-- están reguladas por un decreto de 1988, de manera que hay un enorme déficit en ese sentido". Ahora, el proyecto de ley federal propone "elaborar un banco de datos centralizado a nivel nacional, donde se registrará la totalidad de las personas jurídicas y físicas que estén habilitadas para prestar los servicios" y establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Seguridad nacional, precisamente uno de los temas en conflicto. Pocos creen que las provincias adhieran a la ley si se ven obligadas a renunciar a sus propias autoridades de aplicación.

Según el proyecto, las agencias de seguridad serán sociedades comerciales. "Es una forma de obstaculizar a las cooperativas --sostuvo Vensentini--. Obviamente, hay que controlar que las agencias chicas cumplan con la ley, pero por el otro, cerrando el paso a las cooperativas se tiende a monopolizar el sector porque quedan afuera las más pequeñas. No es bueno el descontrol, pero tampoco la concentración."

"Con la historia de nuestro país --dijo Alejandro Mosquera, legislador bonaerense del Frepaso--, lo que hace falta es conocer los nombres de los dueños de esas empresas. No se puede hacer una ley para sociedades comerciales o sociedades anónimas y que no habilite las cooperativas. No digo que no haya que atacar a las cooperativas que son ilegales. Pero una cosa es que sean truchas y otra, que sean cooperativas."

Mosquera también cuestionó la posibilidad que deja abierta la ley de Toma en la seguridad en los ámbitos públicos. "La seguridad privada es subsidiaria de la seguridad pública que es indelegable, y es una actividad de excepción. La calle o los espacios públicos son parte de esa potestad indelegable del Estado. Otro tema es la capacitación. El caso de McDonald's es arquetípico. Los custodios no pueden disparar en un lugar repleto de gente."

 

Policía paralela

Entre los aspectos más polémicos del proyecto de Toma figura el artículo 3º, que fija como "autoridad de aplicación al Ministerio del Interior a través de la Secretaría de Seguridad Interior". También mantiene a la Policía Federal como órgano habilitante de agencias: en la Ciudad de Buenos Aires, chocaría con las autoridades designadas por el Gobierno porteño. El 5º menciona la posibilidad de custodiar con carácter interjurisdiccional,"lugares y establecimientos de propiedad del gobierno nacional o provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y sus entidades autárquicas". El artículo 13º obliga a las empresas que custodien materiales nucleares, residuos peligrosos y desechos patológicos a contar con una "autorización específica", pero las autoriza a realizar la custodia. No especifica en detalle uno de los temas más álgidos de la seguridad privada, como lo es la capacitación del personal. Y en los artículos 2º, 28º, 29º y 30º, permite investigar delitos, como una policía paralela, y habilita al seguimiento de personas.

 

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