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Por Carlos Rodríguez En mayo pedí al doctor (Adolfo) Bagnasco que prohibiera estos juegos de la TV porque son juegos de azar ilegales, pero el caso avanzó poco y el concurso sigue. El fiscal Martín López Perrando fue quien dio, desde la Justicia, el puntapié inicial contra la utilización de los 0-600 en concursos como el organizado en el programa de Susana Giménez, pero a cuatro meses de su denuncia dice que esperaba resultados inmediatos en la causa que lleva el juez federal Bagnasco. También pedí que se le tome declaración indagatoria (como imputados) al presidente de Lotería Nacional (Félix Gaibisso) y a los directivos de Hard Communication, pero nadie fue citado. Cuando se le pregunta si cree que la demora es injustificada, López Perrando se ataja y dice que no pretende pelearse con nadie, pero insiste: Es una causa sencilla donde hay mucha prueba documentada. Los juegos de azar están prohibidos por definición y tiene que haber una ley expresa que los autorice para que se puedan explotar, recalcó López Perrando en alusión a la plena vigencia de la ley 6618, del 17 de junio de 1957. Allí se tipifica como juego de azar todo aquel que se haga por dinero o valores en que las ganancias o las pérdidas dependan en forma exclusiva o preponderante de la suerte. En una entrevista con Página/12, el fiscal también se refirió a la causa en la que se investiga el presunto fraude del que ha sido víctima la Fundación Felices los Niños, que preside el padre Julio Grassi. Esa causa la lleva el juez Facundo Cubas y López Perrando es denunciante de Hard Communication, la empresa que organiza el concurso de Susana Giménez. ¿Por qué hizo la denuncia por presunto juego ilegal? Todo comenzó el 30 de abril, cuando Hard Communication publicó las bases del entretenimiento (así lo denominaban ellos) Su Llamado, en cuyos puntos explicativos se advierte con total claridad que es un juego de azar prohibido por la Ley de Juego 6618. La denuncia la hice el 19 de mayo y el 26 de ese mes el Poder Ejecutivo dicta el decreto 588/98, admitiendo que hay que reglamentar los concursos por TV. ¿Le pareció sugestiva esa inmediata reacción? Lo que me pareció extraño es que Lotería Nacional, que tiene el poder de policía sobre los juegos de azar, no haya intervenido antes que yo. Por eso es que pido la indagatoria del presidente de Lotería Nacional, porque hay aquí un presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público. ¿La investigación pone en tela de juicio los servicios de audiotexto? Los audiotextos sirven en tanto brinden un servicio al usuario. Para eso están legalmente autorizados. Lo que no se puede hacer es armar una timba telefónica. Esto es como tener un martillo: si uno lo usa como herramienta de trabajo está bien, pero otra cosa es usarlo para matar a una persona. Los juegos por TV, además de no contar con aprobación como juego de azar, tampoco están comprendidos entre los servicios de audiotexto de telefonía autorizados por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. Hay líneas habilitadas que realizan colectas o donativos, pero no se pueden organizar concursos que en los hechos son juegos de azar que están prohibidos. ¿Y qué es lo que pidió que se investigue en la causa por presunta defraudación contra la Fundación Felices los Niños? Hay que analizar la autorización que otorga, el 29 de mayo de 1997, la vicepresidencia de Lotería Nacional, que responde en forma positiva a la propuesta de Hard Communication de realizar su entretenimiento televisivo. Para que pueda haber un juego de azar, tiene que haber una ley que lo permita, de manera que hay que revisar eso. También hay que ver la posterior autorización que otorgó el secretario de Desarrollo Social de la Nación (en esa época estaba en el cargo el doctor Eduardo Amadeo). Lo curioso es que el juego había sido autorizado con fines benéficos meses antes de que se acordara con la entidad beneficiaria. Además hay puntos oscuros en el contrato entre Hard y el padre Grassi. Hay un lenguaje ambiguo que podría ser el punto de partida del dolo. La fundación autoriza a la empresa para que organice un entretenimiento para optimizar una colecta, pero el bizarro idioma utilizado parece haber sido desplegado para crear confusión y eso es lo que digo en la presentación que hice el 16 de setiembre pasado. Se dice que un 19 por ciento de las utilidades deben ser destinadas a la fundación, que después sólo recibe el 7 por ciento del monto total recaudado. La pregunta entonces es: ¿cuál es la utilidad a la que se alude? ¿Cómo es posible que el organizador de un entretenimiento autorizado con fines benéficos se lleve el 93 por ciento de lo que debería corresponderle a la fundación, que es la entidad beneficiaria? ¿Y cuál sería la síntesis de lo que debe investigarse? Acá parece que los piadosos donativos de los cientos de miles de concursantes no tenían como fin último la fundación del padre Grassi sino las arcas de Hard Communication. Si la gente llama para jugar, se trata de un juego y eso es ilegal. Si la gente llama para donar, es muy posible que le estén sacando la plata al supuesto beneficiario y es una estafa. Esto no cierra por ningún lado.
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