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Principios de ley


Por Eugenio Zaffaroni *


t.gif (67 bytes)  Todas las leyes penales del mundo determinan su aplicación conforme a cuatro principios, que combinan de diferente modo: el territorial (delitos cometidos en su territorio), el personal (nacionalidad del delincuente o de la víctima), el real o de defensa (nacionalidad de los derechos lesionados) y el universal (cualquiera sea el lugar, los intereses o la nacionalidad).

El principio universal se va extendiendo para los crímenes de genocidio, de guerra y contra la humanidad, conceptos bastante bien definidos en los tratados internacionales. Cabe observar también que la costumbre es universalmente admitida como fuente del derecho internacional público.

El proceso contra los genocidas argentinos se lleva a cabo en Italia en razón del principio de nacionalidad de las víctimas. El derecho penal argentino no reconoce ese principio, como todos los países de inmigración. Por otro lado, es bueno ser prudente en materia de extradición de nacionales. De cualquier manera, Italia tiene todo el derecho a juzgarlos y a librar órdenes internacionales de captura. Además del efecto simbólico, los delincuentes no podrían abandonar el territorio nacional.

Pero en la extradición de Pinochet que España reclama a Gran Bretaña, se invoca el principio universal. Contra éste se alzan voces que advierten el peligro de abusos por parte de países fuertes.

Por desgracia esos abusos existen: Estados Unidos desconoció al Tribunal de La Haya, invadió un país, se llevó a su presidente, lo juzgó y lo condenó; secuestró a un ciudadano en territorio extranjero, lo llevó al propio, lo juzgó y condenó; etc. Estos son datos de la realidad.

La extensión del principio universal a los crímenes internacionales más graves no aumenta el peligro de los abusos de los fuertes. Sería absurdo suprimir la legítima defensa del código penal, porque hay quienes pretenden hacer justicia por mano propia, o responsabilizar penalmente a los locos porque hay quienes pretenden pasar por locos.

Pero en el caso del principio universal, se propone una paradoja peor, porque la renuncia a un principio sano, que garantiza a cada criminal contra la humanidad que, tarde o temprano, tendrá su condena en algún lugar del mundo, no sirve para evitar los abusos de los fuertes. Sería un pésimo negocio seguir soportando los mismos abusos de los poderosos y, al mismo tiempo, la impunidad de los criminales masivos.

* Director del Departamento de Derecho Penal y Criminología, UBA.Vicepresidente de la Asociación Internacional de Derecho Penal.Legislador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Frepaso).

 

 

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