"No hay que ser hipócritas"
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Por Mariana Carabajal "Si me hubiese ido a mi casa sin firmar el permiso, sentiría que cometí un delito de homicidio por omisión", señaló ayer a Página/12 el juez de menores de La Plata Julio Bardi, luego de autorizar un aborto a una niña de 10 años, con discapacidad mental, que fue violada y cuyo embarazo pone en riesgo su salud. El caso realimentó el debate sobre la práctica en hospitales de los abortos no punibles que prevé el Código Penal. "El juez no hizo más que actuar con sensatez y cumplir con su obligación", destacó la presidenta de la Comisión de la Mujer de la Asociación de Abogados de Buenos Aires. Sin embargo, en los tribunales no hay un criterio uniforme al respecto: un año atrás en Posadas otro magistrado dio marcha atrás en su decisión de permitir a una mujer interrumpir un embarazo que ponía en peligro su vida, ante la negativa de los médicos del hospital local de realizar la operación, y a fines de octubre un juez de la Capital Federal se rehusó a otorgar la autorización para abortar a una joven discapacitada mental que había sido violada. Sin ese permiso, en el Santojanni se resistieron a practicarle la intervención quirúrgica. El juez Bardi firmó la autorización el sábado. "El artículo 86 del Código Penal no sólo contempla el aborto en situaciones como la de esta niña. sino que lo detalla con tal precisión y claridad que no puede haber dudas", explicó el magistrado. La norma aludida despenaliza el aborto practicado por un médico diplomado "si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente", en cuyo caso el consentimiento para la operación deberá ser dado por su representante legal. El artículo 86 expresa también que el aborto no será punible "si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios". La niña ayer se encontraba internada en la maternidad del Policlínico San Martín, de La Plata, donde le realizarán los exámenes necesarios antes de la intervención quirúrgica. El magistrado autorizó el aborto después de analizar la opinión de seis médicos del Hospital de Magdalena --localidad bonaerense donde vive la pequeña-- que recomendaron por unanimidad la interrupción del embarazo, que ya es de tres meses. La junta médica concluyó que la continuación de la gestación haría peligrar la vida de la pequeña. Bardi no dudó en firmar la autorización, a pensar de que el Código Penal no establece la necesidad de un permiso legal para que se realicen los abortos no punibles. "No sería ético si yo me aferro a la letra del Código Penal y dejo el problema en manos de los médicos. No hay que ser hipócritas ni actuar con cinismo: en ningún hospital se practica un aborto terapéutico sin el permiso de un juez", sostuvo el magistrado. "El juez Bardi no hizo más que cumplir con su obligación al tener en cuenta la vida de la menor, que es el bien jurídico tutelado. Es un fallo sensato que debe contar con todo el apoyo", opinó Carmen González, presidenta de la Comisión de la Mujer de la Asociación de Abogados de Buenos Aires. Sin embargo, en relación a los abortos no punibles hay criterios disímiles en los juzgados. A fines de octubre, el juez de instrucción de la Capital Federal Roberto Muratore se negó a otorgar la autorización para abortar a una joven de 18 años con un retraso madurativo comparable con una edad mental de 10 años, que había quedado embarazada por una violación. Y sin ese permiso legal, en el Hospital Santojanni se rehusaron a practicarle la operación. Y un año atrás, en Misiones, el juez de instrucción de Posadas Horacio Gallardo resolvió autorizar a una mujer de 41 años y epiléptica a someterse a un aborto terapéutico, luego de consultar a una junta médica. Pero como en el Hospital Ramón Madariaga se negaron a realizarlo, el magistrado dio marcha atrás y convocó a otra junta médica integrada por profesionales de ese mismo centro de salud, que obviamente rechazó la interrupción del embarazo.
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