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COMO AYUDAN A LA CHICA A QUIEN IMPIDIERON ABORTAR
El subsidio del paté de foi


A una chica de Chubut, débil mental y desnutrida, le impidieron abortar tras ser violada. Prometieron a la familia
todo tipo de ayuda. Consistió en azúcar, harina y paté de foi.

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El padre de la chica violada inicialmente pidió que le realizaran un aborto.
El juez dijo que era legal, pero los médicos se negaron a hacerlo.

  Por Mariana Carbajal

t.gif (67 bytes) Dos kilos de harina y uno de azúcar, un litro de aceite, un paquete de polenta y otro de fideos, yerba, dos levaduras y un pack con 24 latitas de paté de foi es la única ayuda material que hasta ahora le dio el gobierno de Chubut a la familia de la chica de 13 años, débil mental y embarazada en una violación, a la que le negaron el derecho a abortar en el Hospital Zonal de Trelew y le prometieron colaboración económica y alimentaria si desistía en reclamar la operación contemplada en el Código Penal. “Nos están tomando el pelo. Una junta médica determinó que mi hija está desnutrida y el gobierno me manda paté de foi”, denunció ayer a Página/12 Carlos G., padre de la niña. La historia se repite: una vez más, el Estado provincial le da vuelta la cara a la pequeña, que hace cinco meses perdió las ganas de jugar y en cuatro meses más se convertirá en madre a la fuerza.
El ministro de Salud y Acción Social, Carlos Lorenzo, le prometió a Carlos G. una pensión para su hija y “la ayuda que necesite”, cuando el padre, en el despacho del juez de instrucción de Trelew Jorge Pfleger y en presencia del vicario diocesano Gustavo Miatello, firmó el 23 de diciembre un acta en la que se comprometió a que la pequeña S. llevaría a término el embarazo, producto de una violación.
Pero todavía Carlos G., de 42 años, y su esposa María Eva, de 43, no vieron más ayuda oficial que una caja de víveres. “Eso es lo que nos mandó el ministro Lorenzo el 6 de enero como regalito de Reyes”, ironiza el padre de la niña (y otros tres hijos más), un changarín con trabajo esporádico. La familia atraviesa una situación económica crítica. Durante la inundación que azotó a Trelew en abril perdió todo. Su humilde casita del barrio Santa Mónica quedó sumergida bajo un metro de agua. “Quedamos con lo puesto y tuvimos que vivir durante tres meses en la escuela Nº 189, del barrio Etchepare”, recordó Carlos. El hombre trabaja haciendo mandados en la pizzería Cabildo, en el centro de Trelew, y a lo sumo saca 50 pesos por semana. Su mujer plancha en una casa de familia tres veces por semana y gana 15 pesos por jornada. Por familia numerosa cobran una asignación de 145 pesos por mes.
Ante la falta de respuesta oficial, el 6 de enero, el juez subrogante de Trelew, Ricardo Basílico, intimó al ministro Lorenzo a informar al tribunal acerca del “plan de contención social y atención integral (médica, psicológica y nutricional) comprometido y adoptado” por el gobierno de Chubut en relación con la familia G. Dos días más tarde, el ministro respondió al magistrado con un informe técnico elaborado por la Unidad Ejecutora Provincial de Prevención Social (UEPPS) en el que se asegura que “no es prioritaria ni urgente la asistencia alimentaria ni habitacional, dado la asistencia que reciben tanto desde el municipio como de la provincia, sumado a que ambos padres trabajan”.
“Nos están tomando el pelo. Como si hacer changas fuera un trabajo”, declaró con bronca a este diario Carlos G.
Para justificar que no es necesaria la ayuda económica a la familia, el mismo informe de la UEPPS –al que tuvo acceso Página/12– alegó que el matrimonio recibe “apoyo alimentario desde el comedor del Polideportivo” y el 30 de diciembre último percibió 1200 pesos como primera cuota de un subsidio para inundados, otorgado por el Instituto Provincial de la Vivienda. “Ese dinero fue por la inundación. Nada tiene que ver con el problema de nuestra hija”, destacó C. Gaitán, con la voz quebrada por el llanto. Dos meses atrás cuando se enteraron del embarazo de la niña, los padres pidieron en el Hospital Zonal de Trelew que le practicaran el aborto que contempla el Código Penal en caso de violación a una mujer débil mental. Los médicos se negaron si no había un permiso judicial. Entonces recurrieron a la Justicia. El 2 de diciembre, el juez Pfleger -ahora en feria– avaló la legalidad del aborto en este caso pero se negó a ordenarlo, esgrimiendo que, como no es punible, no era necesaria suautorización. La intervención de la Iglesia Católica y el gobierno presionaron a la familia para que desistiera de la operación.

 

UN VIOLADOR CONDENADO
El testimonio que bastó

t.gif (862 bytes) Un audaz violador, que citó a su víctima para un reencuentro después de haber abusado de ella, fue condenado a ocho años de prisión. El tribunal que dictó la sentencia se basó en las reglas de la “sana crítica”, que permiten llegar a la condena con las declaraciones de un solo testigo. Aunque no es el primer fallo de estas características, son pocos los casos de violación en que, sin más pruebas que el testimonio de la víctima, llegan a una condena.
El hecho ocurrió la noche del 16 de junio de 1998. Carlos Augusto Torres, de 24 años, amenazó con un vidrio a una adolescente de 16 años, a la salida de un colegio nocturno, en el barrio porteño de Parque Centenario. Siempre bajo presión, la condujo a una casa abandonada y allí la violó. Luego, Torres le ofreció plata para viajar, poniendo como condición que se encontraran al día siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar. La chica simuló aceptar la invitación y se fue. Lo que el violador no previó fue que la menor volvería acompañada por su novio, un amigo y efectivos policiales.
La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Nueve. Y, si bien la estudiante era la única testigo del hecho –como sucede generalmente en estos casos–, los camaristas Fernando Ramírez, Luis García y Luis Cabral recrearon lo sucedido y encontraron culpable a Torres. “Estos son hechos excepcionales, porque en general los magistrados valoran prejuiciosamente las pruebas y el testimonio de la víctima pierde validez”, explicó a Página 12 Marcela Rodríguez, asesora en el Proyecto de Reforma del Capítulo de Delitos Contra la Honestidad del Código Penal.
En su declaración indagatoria, el acusado reconoció que había tenido relaciones sexuales con la menor pero aclaró que eran de común acuerdo. Sin embargo, la firme exposición de la chica, sumada a la a las pericias médicas que establecieron que hubo sometimiento por la fuerza, permitió a los magistrados aplicar la sanción que cumple Torres en la cárcel de Caseros. Otro violador había sido condenado en un caso similar por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 por haber violado a una chica boliviana a la salida de una bailanta.

 

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