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UNA PENA LEVE POR ATROPELLAR A UN ABUELO Y A SU NIETO
Mató, huyó y ahora también zafó

Daniel Duarte atropelló en 1995 a un hombre y a su nieto cuando iba excedido de velocidad. No ayudó a sus víctimas y huyó. Un tribunal oral dispuso que no vaya a prisión y sólo le impuso tareas comunitarias. Los familiares de los fallecidos, indignados.

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Los familiares de las víctimas gritaron furiosos después de conocer el fallo del tribunal.


t.gif (862 bytes)  “¡Decíme en la cara si sos culpable o inocente!”, le exigió Marcela Maddoni en las puertas del tribunal al hombre que, el 2 de julio de 1995, atropelló a su hijo Sebastián, que tenía 5 años, a su padre, que tenía 57, y escapó. Daniel Duarte no respondió. Ayer los jueces lo condenaron a tres años de prisión por homicidio culposo, pena que no será de cumplimiento efectivo. En realidad, el juicio era por homicidio simple –castigado con 8 a 25 años de prisión–, pero los jueces estimaron que no se configuraba el “dolo eventual” que hubiera justificado esa condena. “Lo peor es que este hombre no se haya arrepentido”, dijo la madre del chico atropellado.
El 2 de julio de 1995, a las cuatro menos cuarto de la tarde, Bruno Maddoni había ido con su nieto Leandro Rubinstein a buscar a Martín, de 11 años, al videojuego de Nogoyá y Lope de Vega, en Villa Devoto. Por Lope de Vega, en su Renault 18 color gris, iba Daniel Guillermo Duarte, de 37 años, con su hijo de 12; venían de comprar una torta de ricota en una panadería. En la esquina de Baigorria, una cuadra antes, como el semáforo estaba amarillo, aceleró en vez de frenar; así, lanzado a más de 80 por hora, para esquivar a un Fiat 600 se pasó a la mano contraria e irrumpió en el cruce con Nogoyá: atropelló a Sebastián y a su abuelo, lanzándolos varios metros por el aire sobre el capot de un Ford Taunus. Murieron en el acto. Sólo Martín se salvó.
Duarte, en lugar de detenerse en ayuda de sus víctimas, aceleró y huyó. Volvió a su casa, enna15fo02.jpg (9010 bytes) Emilio Lamarca al 3200, dejó el auto en su garaje y llamó a un mecánico amigo para que reparara los daños a fin de borrar las pruebas. Pero el conductor del Fiat 600 había registrado los últimos números de la patente del Renault, y los datos bastaron para que, al día siguiente, su propietario fuera identificado. Con orden de captura, Duarte se entregó el 4 de julio, tras haber estado prófugo durante 55 horas. El juez Francisco Carlos Ponte lo indagó por doble homicidio culposo y, aunque ese delito es excarcelable, ejerció su facultad de mantenerlo detenido “porque intentó eludir el accionar de la Justicia”.
Aun después de presentarse ante la Justicia, Duarte no reconoció haber atropellado a dos personas: sostuvo que había chocado con un auto de costado y que no se había detenido para no tener que pagar los daños. No obstante, los peritos constataron que el cuerpo de Bruno Maddoni, al ser embestido, había dado contra el parabrisas del Renault.
Duarte permaneció 26 días detenido. El juez Ponte le concedió la excarcelación bajo una fianza de 40.000 pesos, y continuó el proceso por homicidio culposo. La familia Maddoni objetó la carátula porque “no hizo mención al abandono de persona y no se consideró el dolo eventual”: el de quien no toma en cuenta el hecho de que su conducta puede causar graves daños. “Venía a casi 90 kilómetros por hora, pudo representarse que podía pasar algo así pero no le importó”, resumió para este diario Carlos Froment, abogado de la familia de las víctimas.
En setiembre de 1996, la Cámara de Apelaciones admitió modificar la carátula del expediente y determinó que Duarte fuera juzgado por homicidio simple –cuya pena va de 8 a 25 años– “porque, de acuerdo con los elementos de prueba reunidos durante la etapa instructoria, se configura el dolo eventual”. Por eso, el caso fue a juicio oral.
Sin embargo, la fiscal del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 15, Ana Palazzi, acusó sólo por homicidio culposo. Y el tribunal –integrado por los jueces Héctor Grieben, Elena Do Pico Farrell y Ricardo Galli– dictó ayer su veredicto que condena a Duarte “a la pena de tres años de prisión cuyo cumplimiento se deja en suspenso, y costas, por ser autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo”.
Además el tribunal lo inhabilitó por seis años para el manejo de automotores, y dispuso que realice “durante dos años, por el espacio de ocho horas mensuales, trabajos no remunerados en favor de la Agrupación Nacional de Discapacitados Solidaridad”. Familiares de las víctimas, que se hallaban presentes en la sala, manifestaron su desaprobación. Carlos Rubinstein, padre del chico fallecido, dijo que el proceso había sido “una payasada”. Poco antes, Marcela Maddoni había exigido al hombre que mató a su hijo y a su padre que admitiera su culpa.
La señora Maddoni dijo a Página/12 que “sólo queríamos que se arrepintiera, que dijera ‘Me asusté, me escapé’, pero nada, insistió en que había chocado contra otro auto. Mi hijo mayor, Martín, tuvo otra vez un accidente: un auto lo atropelló cuando iba en bicicleta pero el conductor se detuvo, lo acompañó al hospital, me llamó él mismo por teléfono... En cambio, lo peor de este hombre es que no se haya arrepentido. Pero la condena social que está sufriendo también debe ser horrible para él”.

 

Victoria Mon, un día antes

El 1º de julio de 1995, justo un día antes de que Daniel Guillermo Duarte atropellara a Sebastián Rubinstein y a su abuelo, María Victoria Mon arrolló con su camioneta Mitsubishi a Juan Acuña, de 14 años, hermano de la modelo Sol Acuña, en la avenida Figueroa Alcorta y Tagle.
Mon, de 20 años –integrante de una familia de alto nivel económico, hija del vicepresidente de una importante concesionaria de autos–, también escapó; dejó abandonado el vehículo a pocas cuadras y formuló una falsa denuncia de robo de la camioneta.
Pero las pericias mostraron que la camioneta no había sido violentada y la coartada de la joven, aduciendo que había ido a bailar a una discoteca, no tardó en caerse.
El 2 de diciembre de 1996, la jueza María Nocetti de Angeleri la condenó a dos años y cuatro meses de prisión en suspenso por homicidio culposo; dispuso además que cumpliera un curso en el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y que efectuara tareas comunitarias gratuitas durante tres horas por semana en el Hospital Oftalmológico Santa Lucía.
A principios de enero de este año, Mon concluyó con sus tareas comunitarias. El director del Santa Lucía, Fernando Scattini, manifestó entonces que la joven “cumplió con todas las tareas indicadas”, consistentes en ayudar a pacientes carentes de familiares.

 


Polémica culposa

El fallo que liberó a Daniel Duarte de pasar varios años en prisión y a cambio lo mandó a realizar tareas comunitarias reabrió la polémica en torno del delito “culposo”, es decir, sin intención, en casos de muertes en la calle y fugas posteriores. Para algunos juristas, el que atropelló a alguien conduciendo un auto, no es necesariamente un delincuente. Consideran que la cárcel no es un lugar adecuado para la socialización y puede ser perjudicial para las personas que cometen una imprudencia. El saber que terminarán en la cárcel si reinciden y la inhabilitación para manejar, sumados al cumplimiento de una pena de trabajo comunitario puede ser más efectivo. Se piensa en una reinserción de la persona a la sociedad y no en su exclusión. Otro grupo de abogados distingue un accidente de un homicidio (en el caso de que la víctima muriera) y pide que los culpables reciban el castigo adecuado: según la legislación actual, de 6 meses a 3 años de prisión efectiva. Así opina Gregorio Dalbón, abogado y presidente de Familiares y Víctimas de Accidentes de Tránsito (FaVAT), para quien el fallo en el caso de Duarte “es una aberración; los jueces siguen abriendo la puerta a los que matan arriba de un auto o un colectivo, y esto se convierte en una forma impune de matar. Ojo: todos pueden tener accidentes, pero los que matan a alguien tienen que cumplir con la pena que les corresponde”, dijo el abogado a este diario. Actualmente hay 11 proyectos de ley relativos a este tema en el Congreso. Uno es de FaVAT y propone aplicar una pena de 6 meses a 10 años de prisión en los homicidios culposos cuando se pasa con luz roja o se sube a la vereda. “Pero estos proyectos –explica Dalbón– no son tratados porque en el medio están los intereses y negociados de las empresas de seguros.”

 


El ejemplo de Duarte

Casi en el mismo momento en que Daniel Duarte zafaba de ir a la cárcel, otros dos accidentes sucedían con iguales características que el caso del juicio: atropellar y fugarse. Silvia Díaz, de 21 años, fue embestida por un auto cuando iba en su ciclomotor por una calle de Lanús. La mujer murió. En esa misma localidad, un motociclista atropelló a un hombre de unos 80 años, quien resultó herido. En ambos casos, los conductores no sólo no pararon para ayudar a las víctimas sino que emprendieron una fuga veloz. Hasta anoche la policía no había podido dar con el paradero de ambos conductores.

 

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