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Por Pedro Lipcovich ![]() “El decreto 150/99 del Poder Ejecutivo nacional salta sin sonrojos los límites de la división de poderes y legisla en claro avasallamiento al Poder Legislativo y a la autonomía de la ciudad”, dijo Oliveira a Página/12. En ese decreto, dado a conocer el miércoles, el gobierno nacional establece figuras “predelictuales” en función de las cuales los porteños podrán ser detenidos sin orden judicial. Entre ellas se incluyen la ebriedad, la portación de palancas o cortafríos “que permitan presumir que se destinarán a cometer delitos”, las “reuniones tumultuosas en ofensa de persona determinada (una alusión a los escraches a represores), el “ofrecimiento o incitación al acto sexual”, cuando provocare perturbación de la tranquilidad, o el “merodeo”, por parte de “conocidos profesionales del delito”. Ayer, las Madres de Plaza de Mayo lanzaron el primer desafío al decreto de Menem, en su habitual ronda, portando cortafierros, martillos, “las herramientas que un albañil puede llevar en su bolso y por las cuales ahora pueden detenerlo”. La defensora precisó que ese decreto “establece conductas de tipo contravencional, lo cual le está prohibido al Presidente por la Constitución nacional. Además, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que nadie puede ser detenido por ‘estado peligroso’, sin haber cometido delito”. Oliveira resolvió ayer “recomendar al señor jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Fernando de la Rúa, tomar las medidas necesarias e inmediatas para impugnar el decreto 150/99”. –¿Cómo debiera concretarse esa impugnación? –le preguntó Página/12. –Que luche, que discuta políticamente para lograr la derogación del decreto, que se presente ante la Corte, que genere un conflicto de poderes. El, como político, debe decidir la manera de hacerlo. La Defensoría habilitó el teléfono 4978-6606 para que toda persona arrestada en los términos del decreto 150/99 haga uso de la llamada a que tiene derecho. “Le tomaremos los datos y presentaremos un recurso de hábeas corpus ante el juez de turno –explicó Oliveira–. Desde la primera presentación plantearemos la inconstitucionalidad del decreto.” La Defensoría planteó que “la facultad de detener personas sin el cuidado de las garantías mínimas, práctica habitual de la policía, abre las puertas al cobro de cánones y coimas”. Oliveira concretó: “A diferencia de los antiguos edictos policiales, este decreto no va más allá de la posibilidad de detener a la gente por diez horas (límite planteado por la ley 23.950, conocida como ‘Ley Lázara’). Entonces, como a nadie le gusta estar preso y la gente tiene obligaciones de trabajo o personales, todo el mundo va a aceptar pagar diez o quince pesos para que lo dejen ir”. El secretario de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Enrique Mathov, consultado por este diario, descarta una impugnación a la controvertida norma. –Para el Gobierno de Buenos Aires, ¿el decreto es inconstitucional? –El decreto es confuso y está redactado de manera tramposa. Según su texto, las detenciones sólo pueden ser “en las circunstancias y bajo lascondiciones previstas por la Ley Lázara”, esto es, que esa persona esté bajo sospecha de hallarse en un acto preparatorio de delito y que no tenga documentos de identidad. Tomemos por ejemplo el inciso que permite detener a personas en estado de ebriedad: sólo podrá aplicarse si la persona ebria está a punto de cometer un delito y sin documentos. –La cuestión es si este decreto alentará a la policía a detener personas sin preservar sus garantías. –No –sostuvo Mathov–, porque la policía es seria. Ellos tienen la seriedad de saber si tienen el respaldo de la ley o no. Y también son cuidadosos porque los jueces tienen que respaldarlos en la sospecha. Si un juez advierte que todos los días se llevan 40 personas por averiguación de antecedentes, arma un despelote.
PARA LA ASOCIACION DE ABOGADOS, ES
INCONSTITUCIONAL
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