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TESTIMONIO DE ANA FARRAS, ESPOSA DEL APROPIADOR VAZQUEZ
“No pregunté de dónde venía Evelyn”

La mujer reconoció que no era su hija
biológica. Tanto ella como la partera
permanecerán a disposición de la Justicia.

Justina Cáceres llega a Tribunales. Habría firmado la partida de nacimiento falsa.
La partera y la mujer de Vázquez quedaron libres, pero vinculadas a la causa.

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t.gif (862 bytes)  Ana Nélida Farrás de Vázquez reconoció ayer ante la Justicia que la joven que fue anotada como Evelyn Karina y que habría sido apropiada ilegalmente, no es su hija biológica. Según dijo, fue su marido, el oficial de Inteligencia Naval Policarpio Luis Vázquez, quien se ocupó de los “trámites”. La mujer fue liberada, al igual que la partera Justina Cáceres, quien firmó la falsa partida de nacimiento, pero ambas continúan a disposición del juzgado. Evelyn, la joven que sería hija de Susana Pegoraro y Rubén Santiago Bauer, se entrevistó con la jueza María Servini de Cubría. En principio no aceptó someterse a los análisis de sangre que corroborarían su verdadera identidad, pero aseguró que “lo iba a pensar”.
Farrás –quien al igual que su marido fue asistida por el defensor oficial, Luis Cayuela– argumentó ante Servini que en 1977 recibió a la beba que le trajo su esposo sin preguntar de donde venía. Sin embargo negó que la niña fuera hija de desaparecidos. Aunque el marino había reconocido en la indagatoria del lunes que la niña le fue entregada por otro suboficial de la Armada, la mujer insistió en desmentir tal circunstancia. Una autoridad judicial opinó ante Página/12 que esta declaración estaba armada para concordar con la del apropiador. Esta mujer aseguró en su declaración que perdió la matriz cuando fue operada, lo cual le impidió tener hijos. Agregó que esto le provocó una profunda depresión y por eso la llegada de Evelyn fue una “bendición de Dios”, repitiendo el argumento místico que había dado su esposo. Farrás sufre una dolencia cardíaca y ya tuvo dos infartos, por lo cual Servini prefirió dejarla en libertad, aunque deberá presentarse ante cualquier requerimiento judicial y continúaimputada por apropiación de menor, sustitución de identidad y falsificación de documento, al igual que su marido.
La jueza enfrentó a la esposa de Vázquez con la partera pero la primera negó conocerla. Cáceres había dicho que “no recordaba” haber firmado el acta falsa de nacimiento de Evelyn aunque afirmó que la caligrafía del documento “se parece” a la suya. Servini la liberó porque tampoco el marino la había reconocido, y aún no concluyó la pericia caligráfica sobre su firma. También continúa imputada, pero sólo por el delito de falsificación de documento público. Los familiares de la partera manifestaron ayer a la agencia DyN que la mujer no ejerce la profesión desde hace muchos años, pero admitieron la posibilidad de que una compañera suya del hospital municipal Penna le habría pedido que firmara partidas de nacimiento en blanco.
Evelyn concurrió al juzgado por la mañana. Aunque había trascendido que la joven tenía buena predisposición para realizarse los análisis genéticos, no aceptó someterse a ellos en lo inmediato. Por experiencia, las Abuelas de Plaza de Mayo saben que estas decisiones toman tiempo, y en estos veinte años ellas han aprendido el oficio de la paciencia. Sin embargo, la expectativa de las abuelas Bauer y Pegoraro continúan intactas. Hoy se realizará un nuevo encuentro entre Evelyn y la jueza.
Susana Beatriz Pegoraro fue secuestrada el 18 de junio de 1977, cuando estaba embarazada de cinco meses. Se encontraba en la estación Constitución, junto a su padre, Juan Pegoraro, quien también permanece desaparecido. Rubén Santiago Bauer desapareció el mismo día en la ciudad de La Plata. Su hija nació en la maternidad clandestina de la ESMA.

 


 

RECHAZARON EL PEDIDO DE HABEAS DATA DE DINAMARCA
El ex represor seguirá estampado

t.gif (862 bytes) La Justicia rechazó el pedido de Hábeas Data presentado por el represor Victor Hugo Dinamarca, quien pretendía que sus antecedentes fueran borrados de los archivos de la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (Conadep). “Lo que en esencia agravia al actor es el contenido de las publicaciones periodísticas y, además, ésta no es la vía apta para anular testimonios, cuya falsedad, por lo demás, tampoco ha sido probada”, dice el fallo firmado por Aixa Vidal Claypole, secretaria del Juzgado en lo Contencioso Federal Nº 10.
Dinamarca es un ex oficial del Servicio Penitenciario Federal, miembro del Grupo de Tareas 2 y torturador del centro clandestino de detención El Vesubio. Además fue socio de la empresa de seguridad privada Bridees, vinculada al fallecido empresario Alfredo Yabrán. En un escrito que presentó ante la Justicia el represor solicitó, amparándose en la Ley de Hábeas Data, que sus antecedentes fueran suprimidos de la Conadep puesto que uno de sus denunciantes aseguró posteriormente que no lo conocía.
El represor basó la solicitud en que diferentes medios de comunicación lo habían agraviado calificándolo de “asesino”, “genocida” y “torturador”. Pero pretendía cubrirse ante un proyecto de ley que inhabilitaría a los represores para participar en el negocio de la seguridad privada.
Ante el pedido de Dinamarca, la Subsecretaría de Derechos Humanos contestó que el archivo Conadep se puede actualizar pero no suprimir –es decir, que se podría agregar un descargo del represor– y que existen otros testimonios que lo involucran en violaciones a los derechos humanos. La Justicia resolvió este lunes que la presentación de Dinamarca es “extemporánea” porque se interpuso vencidos los quince días de la publicación de lo que el represor consideró agraviante.
Además de esta cuestión formal, Vidal Claypole estimó que “no se configuró” la ilegalidad o arbitrariedad que establece la ley de Habeas Data para que un dato sea borrado de un archivo público. En principio se juzgó que no fue el contenido de los registros de la Conadep lo que agravió a Dinamarca sino las publicaciones periodísticas a las que aludió en su presentación. Y se consideró que no fue probada la falsedad de los testimonios que obran en Conadep.
El fallo judicial estableció también que el represor debe pagar mil trescientos pesos más el 30 por ciento en concepto de honorarios de los abogados de la Subsecretaría de Derechos Humanos.

 

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