Página/12 |
en Gran Bretaña |
Por Marcelo Justo
Desde Londres
La Convención contra la
Tortura firmada por 117 países y ratificada por 103 fue el elemento clave de la decisión
de los jueces lores contra el general Pinochet el pasado miércoles. Pocos mejor ubicados
que el experto en derecho internacional de la Universidad de Essex, Nigel Rodley, para
medir el impacto que tendrá este dictamen en el actual mundo globalizado. Nigel Rodley es
el relator especial para tortura de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas y recibe anualmente unas 500 apelaciones urgentes para que interponga sus buenos
oficios en casos de apremios ilegales. En diálogo con Página/12 Rodley evaluó la
importancia que el caso Pinochet está teniendo en la incorporación de los derechos
humanos al derecho internacional.
¿Coincide con Pierre Sane, director de Amnesty International, que la importancia de
este caso reside en que por primera vez se implementa la ley, en este caso la Convención
contra la Tortura?
Añadiría a esa caracterización una diferencia de matiz. Desde el punto de vista
del Derecho Internacional es la primera vez que una Corte nacional reconoce la existencia
de esta Convención. Me parece igualmente interesante que los lores señalen que la
tortura es un crimen internacional desde mucho antes de 1988, año en que la Convención
fue incorporada a la legislación británica. La reducción de los cargos que sobrevino a
consecuencia del dictamen no pone en tela de juicio esto, porque se refiere a otro punto
en consideración: la ley de extradición inglesa. El problema es que en nuestra ley de
extradición rige el principio de doble criminalidad por el cual los cargos por los que se
extradita a alguien tienen que ser delito en el país que extradita y en el que solicita
la extradición en el momento en que fue cometido el delito. Por esta razón Pinochet se
beneficia con la retroactividad respecto de lo sucedido antes de 1988, y se le reducen los
cargos de 32 a 3. Pero a nivel internacional los lores declaran enfáticamente que la
tortura es un crimen desde mucho antes de la Convención contra la Tortura misma. Lo que
hace la Convención es añadir al derecho internacional consuetudinario el principio de la
universalidad. Según este principio, los Estados signatarios tienen la obligación de
arrestar y juzgar o extraditar los acusados de tortura, sean del país que sean, si se
hallan en su territorio.
¿Tendrá este dictamen implicancias internacionales sólo para los ex jefes de
Estado o abarcará también a los jefes de Estado en funciones?
La Convención contra la Tortura no menciona a los jefes de Estado. Se refiere a
funcionarios públicos y el jefe de Estado es un funcionario público. El dictamen de los
lores en cambio dice que los ex jefes de Estado no tienen inmunidad por los actos que
hayan cometido en el ejercicio de sus funciones. En Inglaterra el jefe de Estado en
funciones mantiene su inmunidad.
Pongamos un ejemplo. Recientemente en su labor como relator usted visitó Turquía
durante 10 días para investigar las alegaciones de tortura sistemática y masiva contra
los kurdos. En el momento en que el presidente de Turquía deje su puesto, ¿queda
expuesto a que lo arresten en cualquier país signatario de la Convención?
Prefiero no hablar de un país en particular. Pero todo signatario de la Convención
puede ejercer jurisdicción en relación con funcionarios públicos de otro país que se
encuentren en su territorio. Sobre lo que pasa antes de que entre en vigor la Convención
en un país dado, creo que todavía queda por definir a partir de qué momento se
convirtió la tortura en un delito internacional a nivel del Derecho Internacional
consuetudinario. ¿Entonces usted cree que a partir de ahora los gobiernos estarán
más dispuestos a aplicar esta Convención?
Creo que la cuestión es clara de que todo funcionario que no sea jefe de Estado
puede ser juzgado por la Convención contra la Tortura. Quizás el jefe de Estado no,
salvo que sea como parte de crímenes contra la humanidad.
Muchos piensan que esto va a crear un caos en las relaciones internacionales y
señalan la posibilidad de arresto del príncipe Carlos en la Argentina por lo ocurrido
durante la guerra del 82 como un ejemplo de esto.
Creo que este dictamen hará que los funcionarios de países responsables de cometer
tortura piensen dos veces antes de permitir que la tortura siga ocurriendo. En relación a
acciones legales del tipo que usted menciona, creo que no se basan en la buena fe. Igual
me resulta difícil de imaginar que se pueda iniciar este tipo de acciones contra un jefe
de Estado democrático. Creo de todas maneras que ese uso oportunista de la Convención no
favorece la jurisdicción universal para crímenes de lesa humanidad.
Algunos han planteado que la manera de evitar estos problemas es con un tribunal
penal internacional como el que se acordó el año pasado a pesar de la oposición
estadounidense.
Espero que Estados Unidos se dé cuenta finalmente de que los temores que tiene
hacia un tribunal internacional no tienen razón de ser. Ellos jugaron un papel importante
en la comisión preparatoria que allanó el camino para la formación del tribunal. Pero
tienen problemas internos para persuadir a los militares que no tienen nada que temer y a
los senadores que deben ratificar el asunto con una mayoría de dos tercios. Igualmente
creo que un tribunal penal internacional tampoco solucionaría estos casos de oportunismo
que mencionábamos antes.
¿Espera que este dictamen de los lores facilite su trabajo como relator?
Creo que los funcionarios públicos del mundo entero tomarán en cuenta este
dictamen. Mi función como relator especial es asegurar que los estados cumplan con su
responsabilidad de evitar que haya tortura. En mi caso particular, no voy a ir revoleando
una copia del fallo en mis visitas. Creo que la jurisdicción universal es siempre una
medida de última instancia.
Un manifestante en Chile.
Torturadores, sin derecho. |
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OTRO DISPARATE DE LA PAREJA DE
HIERRO
Un tirano muy derecho y muy humano
El ex
dictador Augusto Pinochet entregó a la ex premier británica Margaret Thatcher, durante
su cita de anteayer en su residencia, un set con tres pruebas documentadas de que durante
su régimen (1973-90) intentó preservar los derechos humanos. En artículo exclusivo, el
diario La Tercera de Santiago sostiene que tras los diez minutos televisados en vivo del
encuentro en la casa de Virginia Water, Pinochet le entregó a su aliada europea tres
documentos que demostrarían su compromiso con los derechos de los detenidos.
Según el matutino, en las carpetas se informa de la instrucción dada en 1973 en que se
expresa que los detenidos tras el golpe militar (11 de septiembre de 1973) debían ser
sometidos a chequeos médicos al ser capturados y luego ser puestos en libertad. Se
incluye una resolución del Ministerio de Defensa dictada en 1974 en que se dan
instrucciones de otorgar buen trato y respeto a los detenidos. Finalmente se habla de una
orden del acta constitucional número 3, de 1976, en que se señala que no procede
la aplicación de todo apremio legítimo.
En la oportunidad, según La Tercera, la baronesa Thatcher le hizo ver al anciano ex
militar la necesidad de dar a conocer los documentos para favorecer su regreso a Chile,
donde la ex gobernante británica sostuvo que hay condiciones para juzgarlo.
Según medios locales, la entrevista tuvo como objeto dar un golpe de imagen y presionar
al secretario del Interior británico, el laborista Jack Straw, a no aceptar la petición
de extradición del juez Baltasar Garzón luego del fallo de los lores que redujo al
mínimo los cargos levantados contra Pinochet.
Durante la charla, lady Thatcher reiteró la deuda de su país hacia el general en retiro
por el apoyo comunicacional y de territorio que le brindó mientras se libraba la guerra
con argentina por las Islas Malvinas en 1982. Nuevamente las palabras de agradecimiento
cayeron como un balde de agua fría sobre las actuales autoridades chilenas:
Lamentables, fue el modo en que las calificó el canciller José Miguel
Insulza.
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Straw
puede pensar que es mejor dejarlo libre
Jack Straw, ministro del Interior, en un dilema.
La presión política sobre él va a ser muy intensa." |
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Por M.J.
Saldada la inmunidad, el
problema es la extradición. El fallo de los jueces lores el pasado miércoles clarificó
el primer punto Pinochet no goza de inmunidad en tanto ex jefe de Estado pero
complicó el segundo. La ley inglesa estipula que en casos de extradición, el ministro
del Interior tiene funciones cuasijudiciales y debe autorizar o no la
iniciación del proceso judicial. El 9 de diciembre pasado Jack Straw autorizó el proceso
por los 32 cargos del gobierno español al general Pinochet. Los jueces lores dictaminaron
que 29 de los 32 cargos caen bajo el principio de la irretroactividad nadie puede
ser juzgado o extraditado por un hecho que no era delito en el momento en que
ocurrió y por lo tanto recomendaron al ministro del Interior que volviera a
analizar la autorización que había dado. El ministro del Interior indicó que así lo
haría. Por las dudas la defensa de Pinochet solicitará mañana lunes ante la Alta Corte
de Justicia permiso para pedir una revisión judicial de la autorización de diciembre.
Para aclarar este laberinto legal, Página/12 dialogó con el profesor Michael Zander,
experto en temas de extradición de la London School of Economics.
¿Estamos en el mismo punto que en diciembre pasado antes de que Jack Straw diera la
autorización para iniciar el proceso de extradición a España?
No es exactamente igual. Por el momento la autorización de extradición que dio el
9 de diciembre sigue en pie. Pero después de que los jueces lores le recomendaran a Jack
Straw que volviera a analizar el tema, el ministro del Interior no tenía políticamente
alternativas. De modo que lo que está sucediendo es que está analizando la autorización
de proceder que dio para saber si sigue siendo válida, si tiene que hacer una nueva o si
dadas las nuevas circunstancias tiene que devolver a Pinochet a Chile. Es una situación
totalmente nueva, un caso sin precedentes.
¿Qué tiene que probar para proceder con la autorización de extradición?
En este sentido está en el mismo punto que en diciembre pasado: tiene que demostrar
lo mismo. Es decir, tiene que estar conforme de que haya suficientes razones como para que
el proceso de extradición siga adelante. Tiene entre sus atribuciones la de examinar si
la extradición afectaría el interés público, en el que entran las relaciones
diplomáticas con Chile y su estabilidad o si hay razones humanitarias de por medio, en
este caso la edad o salud del general Pinochet, para no autorizar el proceso. Pero dado
que los cargos se han reducido tan drásticamente, tendrá que pensar muy cuidadosamente
si es razonable seguir adelante. Va a ser un proceso judicial muy farragoso, con
innumerables apelaciones, el costo de todo el caso para el contribuyente se disparará y
es posible que Straw piense que lo mejor es devolver a Pinochet a Chile.
Pero desde el punto de vista legal un cargo basta para la extradición. Gran
Bretaña viene pidiendo a Brasil la extradición de Ronald Briggs por un solo hecho, el
llamado robo del siglo. Algo similar pasa con Pinochet.
Si no fuera un caso especial un cargo sería suficiente. Pero es obvio que éste es
un caso especial. Y cuando en un caso de esta naturaleza se pasa de 32 cargos a 3, cambia
la situación. La presión política sobre Straw será muy intensa. El caso aterrizó
nuevamente en sus manos.
¿Cree que todo el tema de su viaje a Chile cuando era joven puede influir en lo que
vaya a pasar?
Creo que no tendrá ningún tipo de influencia. Es totalmente irrelevante. |
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