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LA OEA INVESTIGARA COMO LA CORTE SUPREMA AFECTA LA LIBERTAD DE EXPRESION
Gente molesta en acción

La OEA investigará los fallos de la Corte Suprema que restringen la libertad de expresión. La denuncia fue presentada por la Asociación PERIODISTAS al Relator Especial para la Libertad de Expresión, Santiago Cantón.

t.gif (862 bytes)  La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA decidió abrir un caso contra el Estado Argentino por violaciones reiteradas a la libertad de expresión a través de fallos de la Corte Suprema de Justicia. La denuncia, por violación a los artículos 8.1 (sobre Garantías Judiciales) y 13.1 (Libertad de Pensamiento y Expresión) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos fue entregada en nombre de la Asociación PERIODISTAS, para la Defensa del Periodismo Independiente por su vicepresidente Horacio Verbitsky al Relator Especial de la OEA para la Libertad de Expresión, Santiago Cantón. En un reportaje concedido a Andrés Oppenheimer, del diario “Miami Herald”, Cantón sostuvo que a su juicio “el principal desafío para la libertad de prensa en América Latina proviene de las leyes existentes o de las decisiones de las Cortes Supremas que limitan la libertad de expresión”. El 31 de marzo, la Comisión inició la tramitación de la denuncia, asignándole el número 12.128 y dando traslado de las actuaciones al gobierno argentino, que ahora deberá responder a los cargos.

El caso contra el Estado Argentino incluye tres decisiones de la Corte Suprema de Justicia: las condenas contra la actriz Gabriela Acher y el canal 13 de televisión y contra el director de la revista “Humor”, Tomás Sanz, y la prolongación indefinida del juicio del ministro del Interior Carlos Corach contra Verbitsky y su tramitación irregular en la Corte Suprema, donde desaparecieron sin explicación dos cuerpos del expediente. Lo que sigue es una síntesis de los casos:

Acher y Canal 13. En el programa “Hagamos el humor”, la actriz Gabriela Acher presentó un sketch humorístico sobre el maltrato a la mujer en los tribunales de Justicia. Una mujer con muchos hijos solicitaba alimentos en un juzgado donde un cartel decía “Juez Cancela”. Luego de mucho insistir, una empleada le daba una bolsa de papas fritas. El juez Omar Jesús Cancela se consideró agraviado y obtuvo una indemnización, por fallo de la Corte Suprema que consideró que el programa humorístico había afectado el derecho a la integridad moral y el honor de las personas.

Sanz. La Corte Suprema condenó al director de la revista “Humor” por una nota titulada “Informe Especial 2 años de corrupción”. Entre otraspersonas se nombraba al hermano del Presidente de la Nación y Senador Nacional Eduardo Menem quien querelló a los periodistas y al director de la revista por los delitos de calumnias e injurias. El fallo de la Corte no sólo retrocedió de la doctrina de la real malicia. También dejó sin efecto la doctrina del caso “Campillay”, de 1986, por la cual los periodistas no eran responsables por informaciones cuya fuente mencionaran.

Verbitsky. A raíz de la publicación de Robo para la Corona, en 1991, fue denunciado primero por desacato y luego por injurias a Corach. El juez de primera instancia y la Cámara Federal declararon prescripta la acción, aclarando que ello no obedecía a dilaciones de la defensa, sino al querellante y a la Justicia. En 1998, la Corte Suprema solicitó a Verbitsky que contribuyera con fotocopias a reconstruir el expediente, del que se habían perdido dos cuerpos. Ante una consulta de su defensa inquiriendo dónde y cómo se había producido el extravío, dado que había sabido que se estaba preparando una sentencia disparatada en su contra, la Corte informó que el expediente había reaparecido. Cuando Verbitsky presentó otro escrito insistiendo en saber qué había pasado con la causa, la Corte contestó que esa información tenía “carácter reservado”. La Corte anuló la sentencia de prescripción y dispuso que continuara la causa, aduciendo que con cada edición del libro volvía a cometerse el presunto agravio. Verbitsky denunció que con este perverso juego se le impide presentar la abundante prueba que posee de sus afirmaciones sobre la manipulación de la Justicia por parte de Corach y se mantiene abierta en forma permanente una causa intimidatoria.

La denuncia de PERIODISTAS a la Comisión Interamericana sostiene que desde su ampliación, “la Corte dejó de ser un contrapoder, encargado de velar por los derechos de los habitantes, para convertirse en un órgano ratificador de las decisiones del Poder Ejecutivo”. Añadió que “en los tres casos relatados encontramos interpretación de mala fe, tanto de la ley doméstica como del derecho internacional de los derechos humanos, con el claro objeto de afectar la libertad de prensa, en tanto ésta constituye uno de los pilares del control de la conducta de los funcionarios públicos. Ello evidencia que el Estado Argentino no garantiza un Poder Judicial imparcial e independiente, capaz de construir una sociedad democrática, como lo requiere el derecho internacional de los derechos humanos”. En el caso de Verbitsky la sentencia se encuentra invalidada por grave sospecha de falta de imparcialidad e independencia, y se establece la censura por medios indirectos. En los de Acher y Sanz la Corte olvidó el Pacto de San José y la nutrida jurisprudencia internacional que colocan a la libertad de expresión en una posición preferencial sobre el honor individual si se trata de funcionarios estatales, políticos e, incluso, figuras públicas.

 

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