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Vía libre para disfrazar los despidos por prejubilaciones

El decreto está a la firma de Carlos Menem. Favorece a las compañías que quieren desprenderse de trabajadores. Polémica.

Antonio Erman González, ministro de Trabajo. Impulsó esa medida.
Estarán alcanzados los empleados de más de 55 años.

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t.gif (862 bytes)  El presidente Carlos Menem firmará esta semana el decreto que habilita a las empresas a prejubilar a los trabajadores que estén a cinco años del retiro, en lugar de despedirlos lisa y llanamente. La norma ya fue rubricada por el ministro de Trabajo, Antonio Erman González, y remitida a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia. La propuesta establece que las compañías en crisis podrán acordar con sus empleados el pago de una porción del salario y los aportes previsionales hasta alcanzar la edad jubilatoria, en lugar de la indemnización que naturalmente les correspondería. Para justificar la iniciativa, Erman sostuvo ayer que a los trabajadores alcanzados por el sistema “no les resulta tan difícil conseguir un nuevo empleo”, y que, en ese caso, cobrarán dos salarios.
Las edades jubilatorias son de 60 años para las mujeres y de 65 para los hombres. Cuando una compañía obtenga la autorización de la cartera laboral a declarar el procedimiento preventivo de crisis –por causas económicas o tecnológicas–, tendrá la opción de buscar un acuerdo con los trabajadores a los que les falten cinco años para el retiro, para abonarles entre el 40 y el 60 por ciento de su salario –con un mínimo de 320 pesos– durante los años que resten para su jubilación, en lugar de la indemnización. Sobre ese haber reducido, la compañía hará los aportes a la seguridad social y pagará la cuota de la ART.
El trabajador y el sindicato que lo representa deberán dar su expreso consentimiento al convenio. A su vez, el Ministerio de Trabajo evaluará las razones esgrimidas por la compañía para pedir su adhesión al sistema de prejubilación. Estos son los argumentos centrales de Erman para presentar la iniciativa como una opción adicional para los empleados que corren riesgo de perder su puesto de trabajo. Sin embargo, no repara en dos elementos sustanciales. En primer lugar, que el empleado cobrará menos al momento de su jubilación, ya sea que aporte al sistema de reparto o a una AFJP, porque sus contribuciones de los últimos años serán inferiores. En segundo término, que el trabajador corre el riesgo de que la empresa se declare en quiebra y deje de hacer los aportes, sin que él haya alcanzado la edad jubilatoria. En ese caso, se quedará sin la indemnización y sin la jubilación.
“El tema debería ser remitido al Congreso, porque modifica y viola las leyes vigentes de contrato de trabajo y de aportes jubilatorios. Es inconstitucional que sea sancionado por decreto”, comentó a Página/12 Marcelo Bustos Fierro, asesor de la Alianza en materia laboral y abogado de la CTA. “Este es un sistema ideado para bajar los costos de las grandes empresas. Telefónica, Telecom y Startel acordaron con el sindicato telefónico –Foetra– un mecanismo similar, pero no se pudo aplicar porque la ley no lo contemplaba. Ahora el Ministerio de Trabajo quiere blanquear esa situación”, añadió. Las comisiones de Trabajo y Previsional de Diputados se reunirán hoy para analizar el tema y pedir que sea remitido al Congreso, en lugar de ser sancionado por decreto.

 

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