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POLEMICA POR EL FALLO CONTRA MENORES
Castigo cuestionado

Dos expertos consideran que el fallo que condenó a perpetuaa dos jóvenes que eran menores cuando cometieron los crímenessería inconstitucional. Qué hacer con los chicos que delinquen.

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Los condenados ayer, cuando fueron detenidos en Fuerte Apache, en enero de 1997.
El ministro Carlos Corach consideró el fallo ejemplar y ajustado a derecho.

Por Pedro Lipcovich

t.gif (862 bytes) El caso de los adolescentes condenados a reclusión perpetua encendió un debate que, según un especialista de Unicef, puede ser “la gran oportunidad” para establecer un sistema de responsabilidad penal para los menores. El ministro Corach, en su –por así decirlo– contribución al debate, manifestó que el fallo condenatorio es “ejemplarizador” y pidió a la policía “especial atención a los jóvenes que se desplazan buscando cometer delitos”. En cambio, un ex presidente del Consejo del Menor y la Familia dijo que la condena “es inconstitucional”. El asesor de Unicef dice que, en otros países de América latina, situaciones similares fueron resueltas, en breve plazo, con sistemas de responsabilidad penal juvenil que fijan la responsabilidad y los derechos de los menores de 14 a 18, tan alejadas del “paternalismo ingenuo” como de la venganza social. Carlos Corach, ministro del Interior, manifestó que el fallo judicial –que fijó condenas de hasta reclusión perpetua para tres personas a quienes se encontró responsables de homicidio cuando dos de ellos tenían 16 y 17 años– “se ajusta a derecho. Que sean menores no inhibe la necesidad de un castigo importante atento a la peligrosidad que demostraron”. Corach advirtió a la Policía Federal que ponga “especial atención a estos núcleos de jóvenes que se desplazan por la ciudad” y sostuvo que “este tipo de bandas casi de niños, algunos de diez años, se desplaza buscando oportunidades de cometer delitos y cuando encuentra una puerta abierta se mete”.En cambio Alejandro Molina, hasta hace pocos días presidente del Consejo Nacional del Menor y la Familia, dijo a este diario que “la Convención Internacional sobre Derechos del Niño (incorporada a la Constitución Argentina) prohíbe expresamente aplicar penas de reclusión perpetua a menores de 18 años, por lo cual la sentencia resulta inconstitucional”. Molina señaló que “por debajo de la reclusión perpetua hay condenas muy altas que sí serían aplicables, ya que el régimen penal de menores autoriza al juez a aplicar las sanciones que el Código Penal fija para los mayores. Lo cual responde a quienes dicen que a los menores no se los condena”.También según Emilio García Méndez, asesor de Unicef para América latina, “esta condena puede violar la Convención Internacional de los Derechos del Niño, por la cual los Estados firmantes se comprometen a no infligir penas crueles, inhumanas o degradantes”. Pero además, “la discusión de este fallo ofrece una gran oportunidad para debatir un sistema de responsabilidad penal juvenil”, y citó el ejemplo de Costa Rica: “En 1996 había allí una situación muy similar a la actual en la Argentina, con una sensación de inseguridad y un debate donde muchos pedían las penas más terribles. Pero hubo una respuesta legislativa muy rápida: se lograron mejores niveles de seguridad y cayó la vivencia de inseguridad, a la vez que bajó radicalmente la cantidad de jóvenes privados de su libertad”.Esto se consiguió mediante el sistema de responsabilidad penal juvenil, que ya rige “en la mayoría de los países de América latina –según García Méndez–, y permite superar una dicotomía: el paternalismo ingenuo de quienes dicen que los adolescentes no son responsables de los delitos que cometan, porque son pobres o porque provienen de familias destruidas; y el retribucionismo hipócrita de quienes pretenden solucionar el problema aumentando las penas”.La respuesta, según García Méndez, “en los términos que plantea la Convención Internacional de Derechos del Niño, ha sido establecer la responsabilidad por debajo de los 18 años para una franja que, según los países, va desde los 13 o los 14”. García Méndez observa que “los delitos gravísimos cometidos por menores de edad se concentran entre los 15 y los 18”. Así los jóvenes tendrían derecho a defensa en juicio –”la ley actual otorga a los jueces de menores una discrecionalidad absoluta”, observa García Méndez– y las penas para ellos no serían las mismas que para los mayores: “En un caso como el del fallo de anteayer, probablemente la privación de libertad sería por 5 a 7 años, tiempo más que suficiente para un adecuado trabajo de reeducación”. Es que bajo ese sistema “los institutos de menores no estarían abarrotados: si se aplicaran los criterios que rigen para los adultos, el 80 por ciento de los internados estarían en libertad. El sistema de responsabilidad penal juvenil haría que estuviesen detenidos los que realmente merecen estarlo”, sostiene García Méndez.“Para delitos menores, el sistema destaca las penas alternativas como la obligación de reparar el daño, la prestación de servicios a la comunidad y la libertad asistida. Si el adolescente no cumple con esas medidas, el juez las reemplaza por la privación de la libertad”, explica García Méndez.Mientras tanto, la condena a perpetua “muestra que los menores están sujetos a las penas más fuertes que incluye el derecho penal, pero muchas veces están despojados de las mínimas garantías. No hay que olvidar que la ley 22.278, que fija el régimen penal para menores de 16 a 18, proviene de la dictadura militar”, señaló el experto de Unicef.

 


 

EL TESTIMONIO DE UNA VICTIMA“
Le pegaron un tiro”

t.gif (862 bytes) “Cara de chiquitos ... no sé, algo para mí tenían, estarían asustados. Pero es una opinión subjetiva.” María Gabriela Gazzia perdió a su padre hace dos años. El 3 de octubre del ‘96 una banda integrada por menores entró a su casa de Liniers y lo mataron. La Justicia de Menores condenó el martes a tres ahora jóvenes de aquella banda a reclusión perpetua. Al crimen de Ricardo Gazzia le habían sucedido otros cuatro. María Gabriela ahora tiene 23 y la carrera de psicopedagogía terminada. Aquel día estaba en la planta alta frente a algunos apuntes de la facultad. Estudiaba. De noche, poco antes de las nueve oyó abrirse el portón del frente. Era normal, aguardaba el regreso de sus padres y su hermanito. “De pronto sentí ruidos y gritos –cuenta a este diario– y bajé para ver qué pasaba.” Tres chicos sujetaban en ese momento a su mamá. “Cuando bajó del auto, agarraron a mi hermanito –vuelve a acordarse Gabriela– y mi papá pidió que lo soltaran, lo golpearon con la culata del revólver y le pegaron un tiro.”El disparo, de acuerdo con el fallo, se hundió en el cuello de Ricardo. El papá de Gabriela era empleado de una constructora. Ese día, Julián había insistido en ir en busca de “la promoción de autitos de colección de Ferrari que hacía Shell en ese momento”, dice Gabriela. Con Susana y Julián a bordo de su Ford Galaxy, Ricardo recorrió dos estaciones hasta decidir el regreso a casa. En la entrada, sobre Leguizamón, Susana bajó del auto para abrir una reja. Pocos metros antes de enfrentar la casa, vio a tres jóvenes acercarse rápidamente. Gritó a su esposo que se fuera y corrió dentro de la casa. “Uno de ellos estaba tratando de entrar y los dejamos pasar”, dice Gabriela mientras su mamá decidía abrir porque su esposo y Julián habían quedado solos y afuera. Después del disparo que mató a Ricardo, los jóvenes “rajaron” en un Peugeot 504 blanco. Esos mismos jóvenes, tres de los cuales fueron sentenciados a cadena perpetua, dejaron sus huellas en noviembre por Villa Devoto. Ahí dispararon sobre un remisero de 23 años. Marta Mangudo fue testigo del crimen de Fernando Silva. La mujer permaneció en el barrio después del terror de aquella noche: “Espero que todas estas detenciones no sean sólo chivos expiatorios sino que las cosas empiecen a cambiar realmente”.Para María Gabriela las cosas ya están cambiadas: “Crecí de golpe”.

 

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