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Por M.G. ![]() Oliveira citó un decreto de 1971 según el que, si el jefe de Estado Mayor de una fuerza dice que algún material tiene valor histórico o valor histórico militar, ese material no debe incinerarse. Además, cuando merezcan esa calificación, los documentos pueden ser declarados públicos. La ombudsman porteña se apoyó en la necesidad de saber en sus dos aristas, la personal de los familiares y la colectiva de la comunidad en general. Y definió el derecho a la verdad como el derecho de saber y conocer qué pasó con cada una de las personas desaparecidas y a obtener toda la información referida a la metodología y la organización del terrorismo de Estado. Como instancia máxima de la Justicia Militar, el Consejo Supremo sobrepasó entre 1976 y 1983 los límites de las propias Fuerzas Armadas y decidió también la suerte de cientos de civiles sometidos a proceso por tribunales militares. La utilidad práctica, sin embargo, no se agota allí. La posibilidad de examinar, ahora, archivos de la dictadura podría arrojar pistas sobre delitos y métodos de actuación en los años de plomo. Más aún: podrían obtenerse datos claves aun cuando las causas de la justicia militar sirvan solo como archivo. Un ejemplo lo acaba de dar el poeta Juan Gelman. En su carta a Martín Balza acusando al general de división Eduardo Cabanillas como responsable mediato del robo de su nieto, en 1976, Gelman citó un expediente de la justicia militar de 1977. La causa no aludía al robo de bebés ni Cabanillas era el acusado figuraba solo como testigo, pero la sola mención del entonces capitán en la cadena de mandos de la represión podría servir hoy para investigar la identidad de una criatura nacida en cautiverio. En su fallo de ayer, los jueces Eduardo Luraschi, Martín Irurzun, Horacio Vigliani, Luisa Riva Aramayo y Horacio Cattani inscriben el pedido de Oliveira en su propia doctrina. El derecho a la verdad, dicen, es un deber estatal impuesto por la Convención Americana de Derechos Humanos. Recuerdan que ese derecho no significa otra cosa que la obligación por parte del Estado de proporcionar todos los mecanismos que estén a su disposición para determinar el destino final de los desaparecidos entre 1976 y 1983. Para cumplir con su función, la Justicia debería ayudar a establecer fehacientemente el destino final de las víctimas, descubrir la realidad de lo sucedido y de esta manera dar una respuesta a los familiares y a la sociedad. Para la Cámara, es evidente que el pedido formulado (por Oliveira) tiene estrecha relación con aquellas diligencias que el tribunal viene realizando. El fallo no solo impide incendiar o destruir la documentación. También ordena librar oficios a los jefes de los Estados Mayores del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea para que informe al tribunal sobre la cantidad total de actuaciones entre 1976 y 1983, el tipo de actuaciones, las constancias y la forma en que todo fue archivado. En su escrito, Alicia Oliveira, patrocinada por Elda Volonté, explicó detalladamente la utilidad de contar con la información del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. La labor del tribunal contribuye a la realización de una investigación oficial seria y profunda de los crímenes cometidos que, a diferencia del valioso legado de la Conadep, no se sustenta únicamente sobre la información aportada por las víctimas sinosobre la información recogida por las oficinas estatales a través de los mecanismos tradicionales para la averiguación de delitos, dice el texto. La presentación sostiene que las actuaciones del Consejo Supremo son fuentes valiosas de información sobre la metodología del terrorismo de Estado, porque abarcan los testimonios de los partícipes. Agrega que en 1987, cuando el gobierno promulgó la Ley de Obediencia Debida, quedó información importante que nunca procesada. Da como ejemplo la mera lectura de los legajos de los oficiales. En esos casos, dice, una revisión técnica descubre información que devela relaciones y circunstancias que contribuyen positivamente a la reconstrucción del pasado. Todo eso, explica, porque la virtud central de la burocracia es el registro sistemático de la información y su conservación a través del tiempo. De paso, la especificación precisa de tareas y la atribución de esferas de competencia bien delimitadas permite establecer claramente las responsabilidades. Para Oliveira ex jueza, abogada de derechos humanos e integrante del Centro de Estudios Legales y Sociales, el objetivo es preservar la documentación de hechos históricos que conforman el patrimonio cultural de la sociedad.
El ex subjefe de Orletti pidio una comision de honor
al Ejercito
Por Videla, Massera y Bussi
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