Por Victoria Ginzberg
La Cámara de Casación
confirmó la condena de tres años en suspenso contra el ex comisario Miguel Osvaldo
Etchecolatz y lo eximió de asistir a un curso de derechos humanos. El represor había
apelado la pena que el juez Fernando Larraín le impuso por injuriar y calumniar al
diputado Alfredo Bravo en su libro La Otra Campana del Nunca Más y en el programa
Hora Clave. Aunque por diferentes motivos, Bravo y Etchecoltaz habían
coincidido en pedir la anulación del curso. Para el diputado es erróneo considerar que
instruirse en materia de derechos humanos sea un castigo.
El ex comisario había solicitado la anulación del proceso en el que fue condenado con el
argumento de que no se había realizado una audiencia de conciliación antes del juicio
oral. Según los abogados del represor -Sebastián Mafrán y Pedro Bianchi, de esa
manera Etchecolatz había perdido la oportunidad de retractarse. Juan María Ramos
Padilla, representante de Bravo, retrucó que, a lo largo del proceso, el ex comisario no
mostró disposición para arrepentirse y que, de todas maneras, podría haberlo hecho en
cualquier momento antes de que se conociera la sentencia del juez. En este punto, los
jueces de la Sala I de la Cámara de Casación Penal, Juan Rodríguez Basavilbaso, Alfredo
Bisordi y Pedro David, coincidieron con lo señalado por Ramos Padilla.
Etchecolatz también se quejó de las reglas de conducta que le impuso el magistrado como
penas accesorias, esto es, la realización del curso que dicta el Movimiento Ecuménico
por los Derechos Humanos (MEDH) y la obligación de someterse a un tratamiento
psiquiátrico. Ambos pedidos fueron avalados por Bravo, ya que el diputado dijo que lo que
necesita el represor es un tratamiento carcelario. El MEDH también se había
pronunciado en contra de darle clases a Etchecolatz. Los jueces admitieron que el represor
no asista al curso pero mantuvieron el tratamiento psicológico, previa realización de
una entrevista que acredite su necesidad.
Usted actuó en contra del país, mandando a inocentes a agarrar
ametralladoras, le había dicho entre otras cosas el represor al
diputado en el programa de Mariano Grondona del 28 de agosto de 1997. Allí como en su
libro, el ex comisario se dedicó a alabar a la última dictadura militar y a justificar
sus propias acciones en tanto representantes de un fin superior, el de salvar a la patria.
Por ese motivo al represor, que acaba de cumplir 70 años, le espera otro juicio oral por
apología del delito. En esa causa ya fue procesado. Además, existe otra
denuncia en su contra por amenazas, que se inició cuando Etchecolatz
amedrentó con un revólver a unos jóvenes que lo reconocieron en una plaza y lo
insultaron. Como el represor tiene una sentencia de tres años en suspenso, una pena
desfavorable de al menos un día en cualquiera de los otros procesos le significaría la
vuelta a la cárcel, de la que salió al ser beneficiado por las leyes de Obediencia
Debida y Punto Final.
ITALIA DECIDE HOY SI JUZGA A MILITARES
ARGENTINOS
Otra para Suárez Mason y Riveros
Por Laura Términe desde Roma
El juez de indagaciones
preliminares del Tribunal de Roma, Claudio DAngelo, decidirá hoy si existen pruebas
suficientes para enjuiciar a los generales Guillermo Suárez Mason y Santiago Riveros,
acusados de la muerte de siete ciudadanos italianos y la desaparición de un bebé,
delitos cometidos durante la última dictadura militar en la Argentina.
Durante la audiencia realizada ayer en los tribunales italianos, el fiscal Francisco
Caporale pidió el envío a juicio de los dos generales argentinos, del ex titular de
Prefectura Juan Carlos Gerardi, y de cuatro de sus subordinados, Luis José Porchetto,
Alejandro Puertas, Oscar Héctor Maldonado y Roberto Rossin, acusados del asesinato de
Mario Marras y de la desaparición del sindicalista Martín Mastino, hechos ocurridos en
una isla del Tigre, jurisdicción que estaba bajo el comando de Riveros, por entonces jefe
de la cuarta zona militar.
Además, la fiscalía responsabilizó a Suárez Mason por las muertes de Laura Carloto,
Pedro Mazzocchi, Norberto Morresi, Luis Alberto Fabri y Daniel Ciuffo, y la desaparición
del hijo de Carloto, nacido en el centro de detención clandestino La Cacha.
Por un pedido de Caporale, el juez aceptó que se incluyan en la causa los testimonios de
Ana María di Salvo, sobreviviente del campo de detención El Vesubio, y de Osvaldo
Ferrero, el tío de Ciuffo que reconoció los restos de su sobrino durante su exhumación.
Ambas declaraciones aportan pruebas sobre las detenciones de Ciuffo y Fabri en El Vesubio.
Tanto este centro clandestino como el de La Cacha estaban situados en el área de tareas
del I Cuerpo de Ejército, que comandaba Suárez Mason. Suárez Mason sabía todo lo
que sucedía; después de Videla, Massera y Agosti venía Mason en el esquema de
poder, dijo Caporale al juez después de una larga exposición sobre los métodos de
la dictadura argentina.
A su tiempo, Giovanni Pietro De Figueiredo, abogado del gobierno de Italia parte
civil en el proceso, justificó su solicitud de juicio oral y público a los siete
imputados argumentando que el Estado italiano tiene el deber de proteger la vida, la
integridad física y la libertad de los ciudadanos italianos en el exterior.
La última intervención estuvo a cargo del abogado de los familiares de desaparecidos,
Giancarlo Manica, que descargó su artillería contra el argumento que sostiene que el
tema es cosa juzgada en la Argentina y descalificó las leyes de obediencia debida, punto
final y los indultos, un punto que hoy la defensa de los generales de la dictadura pondrá
en la mesa antes de que el juez DAngelo haga pública su decisión.
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