|
Por Martín Granovsky El derecho a saber la verdad sobre la masacre de la dictadura acaba de ganar otra batalla. La Organización de los Estados Americanos aceptó discutir el reclamo de la madre de una víctima, que la Corte Suprema había dado por caso cerrado. Ahora, la Comisión de Derechos Humanos de la OEA llamará a Carmen Lapacó, quien desea saber qué sucedió con su hija Alejandra, y al Estado argentino, para que juntos busquen una salida. La solución puede superar el plano individual y el caso Lapacó puede convertirse en la oportunidad de que el derecho a la verdad encuentre aquí canales definitivos. El secretario ejecutivo de la CIDH, el argentino Jorge Taiana, ex embajador e hijo del médico de Juan Perón, le dijo a Lapacó que su caso sería admitido por el organismo. El texto de Taiana, al que tuvo acceso exclusivo Página/12, dice que la CIDH se pone a disposición de las partes con el fin de alcanzar una solución amistosa fundada en el respeto de los derechos consagrados en la Convención Americana. La admisión no significa que haya ganado el Estado o que haya ganado Lapacó. Supone, solamente, que la CIDH cree que el caso puede ser analizado. Ahora, la comisión podría establecer que tiene razón el Estado, y por lo tanto Lapacó debe darse por satisfecha, o que tiene razón Lapacó, y entonces perdió el gobierno argentino. Abogados de derechos humanos dijeron a este diario que la frase de Taiana supone la búsqueda de un papel más activo. La solución amistosa podría dar lugar a una recomendación para casos iguales al de Lapacó, dijo una abogada que prefirió reservar su nombre. El Congreso argentino ya se planteó cómo dotar de instrumentos al derecho a la verdad. Una forma podría ser la creación de una comisión bicameral permanente. Otra, un organismo independiente con aporte del Estado. Una tercera la que quiere el Gobierno un ente articulado con la secretaría de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. En una presentación ante la Cámara de Diputados los organismos de derechos humanos sugirieron este criterio: que oficiales de las Fuerzas Armadas puedan ser citados a declarar bajo juramento de decir verdad frente a un Registro sobre Desaparición Forzada de Personas. Si mienten pueden ser procesados por falso testimonio. Si dicen la verdad su testimonio no podrá ser utilizado penalmente. Una recomendación de la CIDH, ya en el 2000, se sumaría a ese debate con una autoridad moral incuestionable: fue la comisión la que hace veinte años fisuró el poder de la dictadura cuando investigó en la propia Argentina las denuncias por violaciones a los derechos humanos. La historia del caso comenzó cuando el 16 de marzo de 1977 una patota militar de doce hombres armados secuestró a Alejandra Lapacó, Marcelo Butti Arana, Alejandro Aguiar y a Carmen Lapacó y los llevó al campo de concentración conocido como Club Atlético. Carmen fue liberada días después. Su hija quedó desaparecida. Aunque la Conadep investigó la represión en el Club Atlético, no determinó la suerte de Alejandra. Esa es la tarea que se impuso su madre, y en 1995 pidió a la Cámara Federal porteña que reclamase al Ejército cualquier información valiosa. Alegó el derecho de los familiares a conocer el destino final de sus seres queridos y el derecho de la sociedad a conocer con detalle la metodología utilizada por la dictadura militar para exterminar a decenas de miles de argentinos; en definitiva, el derecho a la verdad, cita la comunicación de Taiana. La secuencia siguió así: u La Cámara aceptó el pedido de Carmen. u El Ejército respondió que no tenía nada. u Lapacó pidió a la Cámara que buscara información en otros órganos del Estado. u La Cámara dijo que las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y los decretos de indulto le impedían investigar más. u Lapacó apeló a la Corte. El procurador Nicolás Becerra aceptó el derecho a la verdad y dijo que seguir investigando no implica juzgar a una persona dos veces. Pero la Corte no estuvo de acuerdo. La realización de las medidas requeridas implicaría la reapertura del proceso y el consecuente ejercicio de actividad jurisdiccional contra quienes han sido sobreseídos definitivamente por las conductas que dieron lugar a la formación de la presente causa, dijo. u Carmen concluyó que la Corte le cerraba todos los caminos en la Argentina y se presentó a la OEA. El Estado se defendió ante la CIDH sosteniendo que no negaba el derecho a la verdad sino que se oponía a la búsqueda de nuevas pruebas dentro de una causa penal ya terminada. Pidió a la OEA que no admitiera tratar el caso. Sin embargo, la OEA contrarió el pedido: opinó que admitiría el reclamo de Lapacó y discutiría si en su caso la Argentina violó el derecho a una tutela judicial efectiva y a contar con garantías judiciales. Y fue más allá. Tras constatar que el Gobierno dejaba abiertas otras vías al margen de la penal por ejemplo la administrativa, dentro aparato estatal afirmó que no señala de manera clara cuál es el recurso que la señora Lapacó debe utilizar, y su idoneidad. Eso y sugerir que la CIDH guiará al Estado argentino en la búsqueda de claridad es lo mismo. Otro camino ha quedado abierto.
TODOS LE DAN IMPORTANCIA A LA
CAUSA TESTIGO Por M.G. |