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Administradores versus consorcistas: la guerra

Un proyecto legislativo auspiciado por los administradores de edificios encendió la alarma: si se aprueba, será obligatorio contratarlos. Crónica de la eterna guerra de los consorcios.

Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista, advierte contra el proyecto.
“Darle tanto poder al administrador equivale a poner un reyezuelo en cada edificio”, dice.

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Por Pedro Lipcovich

t.gif (862 bytes) Nosotros lo elegimos, pero él no cesa de perjudicarnos, no se quiere ir, no lo podemos echar y el lugar donde vivimos se está cayendo a pedazos: esta fórmula, que más de un yugoslavo aplicaría a su presidente Slobodan Milosevic, coincide con el juicio de diversos consorcistas argentinos sobre el administrador de su edificio. El tema está al rojo vivo desde que, en la Legislatura porteña, se discute un proyecto de ley auspiciado por los administradores, que crearía un Colegio profesional y obligaría a los edificios de más de diez departamentos a contratar un administrador colegiado. La Liga del Consorcista se opone y pide cambios en la Ley de Propiedad Horizontal para que sea más fácil controlar y remover a los administradores, a los que llaman “reyezuelos”. Un representante de los administradores reconoció ante este diario que las expensas bajarían un 30 por ciento si se eliminara la “corrupción”, de la cual, sostuvo, ellos mismos son víctimas. Convendrá apurarse a resolver el entuerto, no sea que se entere la OTAN y, para defender a los consorcistas, decida bombardear Buenos Aires.
Un proyecto de ley presentado por el diputado Roberto Clienti en la Legislatura de Buenos Aires propone que los consorcios de propietarios “que superaren las diez unidades funcionales” sólo puedan ser administrados por administradores profesionales, que deberán “presentar el título habilitante” y cuya matrícula sería controlada por el “Colegio Público de Administradores de Propiedad Horizontal que por esta ley se crea”. El presidente de la Fundación Reunión de Administradores, Jorge Hernández, explicó a este diario que “el proyecto de Clienti fue consensuado por todas las entidades de administradores de propiedad horizontal”. Los aspirantes a administrar un edificio deberían cursar una carrera de dos años de duración. Las denuncias contra el administrador deberían presentarse al Tribunal de Disciplina del Colegio.
Según Hernández, “para administrar un consorcio hay que ser profesional matriculado, así como para recetar remedios hay que ser médico”.
Para la Liga del Consorcista, el remedio es otro: “Nos parece una barbaridad que el control de la matrícula lo tenga una corporación formada por ellos mismos. ¿Por qué un consorcio no puede contratar a quien quiera, aunque no figure en su lista?”, pregunta Osvaldo Loisi, presidente de la Liga, para quien “darle tanto poder al administrador, cuando es tan difícil removerlo, equivale a poner un reyezuelo en cada edificio”.
Loisi también se opone a la cláusula que exigiría a los actuales administradores hacer un curso para seguir ejerciendo: “Por supuesto, el curso lo van a dictar ellos mismos: es un negociado que perjudicaría a administradores buenos y con experiencia, que también los hay”.
Pero “lo peor es que quieren quitarles a los propietarios la facultad de autoadministrarse: supongamos que, para ahorrar, el conjunto de vecinos designa a uno de ellos para que administre, llamando a un contador que haga los papeles”, ejemplifica Loisi, y observa que “el propietario, aunque no tenga cultura universitaria, tiene bolsillo, sabe conseguir buenos presupuestos y mejores condiciones de pago. En cambio, muchos administradores profesionales prefieren que se gaste más porque, cuanto más gasto, más cometa”, se despacha Loisi.
Hernández admite que en los edificios suele haber “corrupción” y que “otorgando transparencia a la gestión del administrador –lo cual se obtendría mediante la colegiación– el costo de las expensas comunes bajaría hasta un 30 por ciento”; pero sostiene que los administradores son víctimas de la situación: “Es común que, cuando un administrador manda a hacer un trabajo, el consorcista, para firmar la conformidad, imponga que se agregue un trabajo particular adicional dentro de su unidad; el administrador no puede oponerse porque, si se enfrenta, lo remueven”. ParaHernández, “remover al administrador es muy fácil: se juntan varios consorcistas, van piso por piso haciendo firmar una nota y lo echan”.
Según Loisi, en cambio, echar al administrador suele ser muy difícil: “Según la Ley 13.512, de Propiedad Horizontal, cada consorcio está regido por un reglamento que fue redactado a su gusto por el propietario original y que puede requerir hasta un 60 por ciento de los votos para remover al administrador. El propietario deberá tocar los timbres de sus vecinos, a muchos de los cuales ni siquiera conoce, y para los departamentos alquilados deberá investigar la identidad y paradero del propietario”.
Es que “el inquilino, en nuestro régimen legal, es un paria. No tiene derechos, sólo obligaciones”, observa Loisi, y pide que ellos “puedan intervenir y votar cuando se discuta en asamblea la actuación del administrador”. Para esto, como para que el administrador no tenga ya la representación legal del consorcio y pueda ser removido “por mayoría simple de los propietarios”, la Liga pide que se modifique la Ley 13.512.
También critican que el administrador tenga “la facultad omnímoda de tomar y despedir al personal: en la práctica contratan a amigos y hacen figurar horas extras innecesarias por las cuales reciben comisión; y cuando se pelean con el amigo lo echan, y el juicio lo paga el consorcio”, denuncia Loisi, para quien “las expensas suelen ser enormemente caras, de un 40 a un 60 por ciento del precio de un alquiler, y esa desmesura deriva de un sistema legal que impide el control del manejo del dinero por quienes las pagan”. La Liga estima que, entre inquilinos y propietarios, quienes pagan expensas son “más del 65 por ciento de los habitantes de la ciudad”.

 

Los más odiados del mundo

“El administrador de mi edificio no da asamblea ni rinde cuentas desde hace cuatro años –cuenta Miriam García, que vive en Rivadavia 2588–. Para autoconvocarnos, el reglamento exige el 75 por ciento de los votos, pero hay muchos departamentos vacíos, no sabemos quiénes son sus dueños, otros están alquilados, los inquilinos no cuentan y el dueño no aparece. Con un grupo de vecinos decidimos dejar de pagar las expensas para que el edificio se le hiciera ingobernable. Entonces el administrador me hizo juicio a mí, en nombre del consorcio. En el juicio yo dije que iba a pagar, que sólo lo hacía para que hubiera una asamblea pero, como es un juicio ejecutivo, no se discute la causa, así que, por una deuda de 800 pesos, terminé pagando 3000, con intereses y costas. Mientras tanto, de los 14.000 pesos de fondo de reserva que había en el edificio, ahora estamos en rojo.”
Luis Dandán relata que “yo había comprado mi departamento hacía varios meses, con el certificado de libre deuda emitido por el administrador; cambiamos de administrador y al poco tiempo nos enteramos de que el anterior se había quedado con veinte mil pesos porque no había hecho los aportes patronales por el sueldo del encargado. Ahora el libre deuda no me sirve para nada y tengo que pagar”.
Celia Moisés, que vive en Olazábal 1650, dice que “el administrador no contrató la póliza de seguro por la que nos cobró; pedimos asamblea pero no nos contesta y, como somos tantos, 158 copropietarios, no podemos reunir los dos tercios que hacen falta. Hay muchos ancianos que no van a las asambleas y son las principales víctimas, porque no se dan cuenta y él les cobra de más”.

 

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