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EL PRESIDENTE CARLOS MENEM RECHAZO LA DEMANDA DE TRANSPORTISTAS
Impuesto docente, sin concesiones

No habrá excepciones al pago del gravamen para financiar el aumento docente, señaló Menem. La DGI ya inició las inspecciones.

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t.gif (862 bytes)  El Gobierno no hará concesiones a los sectores transportistas (camioneros, colectiveros y taxistas) que reclaman ser exceptuados del pago del impuesto para financiar el aumento a docentes. En declaraciones formuladas ayer desde Chilecito, La Rioja, el presidente de la Nación, Carlos Menem, defendió el gravamen, contra el cual se multiplicaron en las últimas semanas las manifestaciones callejeras.
Menem subrayó que el impuesto que deben pagar los propietarios de automóviles, motos, motocicletas, embarcaciones y aviones destinado a la creación del Fondo de Incentivo Docente es “una contribución del gobierno nacional a las provincias”, a las que señaló como directas responsables del pago de las remuneraciones a los maestros.
En la última semana, las calles de la ciudad de Buenos Aires fueron virtualmente tomadas por quienes utilizan los medios de transporte como su capital de trabajo (fleteros, colectivos, camioneros y taxistas). El gravamen que deben pagar sobre el valor de las unidades motorizó las protestas de quienes advierten que el gravamen les llega justamente en un momento de crisis del sector. El gobierno nacional busca dar cumplimiento al compromiso de mejorar las remuneraciones de los maestros sin utilizar fondos de su propio presupuesto. La garantía de un monto mínimo para el Fondo de Incentivo Docente, resuelta por el Congreso, fue vetada por el Ejecutivo. De modo tal que la suma que se distribuirá como incremento a los docentes será la que surja exclusivamente de la recaudación del impuesto.
La Dirección General Impositiva comenzó ayer un operativo de verificación del pago de impuesto en el barrio de Palermo. “No vamos a levantar infracciones, sino que haremos verificaciones e informaremos a los automovilistas que requieran datos sobre el valor de sus vehículos”, informó uno de los encargados del operativo. La verificación alcanzará a vehículos particulares, camiones, taxis y colectivos.
En la última semana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió un recordatorio en el que se explican algunos de los aspectos del gravamen que podría plantear dudas a los contribuyentes. Entre los interrogantes que se responden en el comunicado, están los siguientes:
u ¿Qué pasa cuando el auto no figura en la tabla de valores difundida por la AFIP?
Se deberá pagar por la cotización del seguro. Si la unidad no estuviese asegurada, hay cuatro opciones de valuación: 1) valor dado por la patente; 2) constancia emitida por una compañía de seguros; 3) constancia emitida por una agencia de venta de automóviles, y 4) valor de mercado consignado en medios de prensa notorios.
u¿Dónde debe pegarse la oblea?
En el interior del parabrisas, en el ángulo inferior izquierdo. Aquellos vehículos que no posean parabrisas, deberán llevar la oblea con la documentación del automotor que lo habilita para transitar por todo el territorio nacional.
uEn caso de extravío o rotura de la oblea, ¿qué se debe hacer?
Se deberá realizar la denuncia policial. Dicha denuncia formará parte de la documentación del vehículo. La oblea no será repuesta.
u¿Qué vehículos están excluidos?
-Los automotores (incluidos triciclos y cuatriciclos) cuyo valor no supere los 4000 pesos.
-Las motocicletas y motos cuya cilindrada no supere los 200 cm3.
-Los bienes afectados exclusivamente al transporte internacional de pasajeros y/o carga.
-Los automotores pertenecientes a diplomáticos, agentes consulares y demás representantes oficiales de países extranjeros acreditados en el país.
-Bienes que se encuentren exentos de todo impuesto nacional vigente o a crearse, cuyo alcance se refiera a su dominio, posesión o tenencia, exclusivamente.
-Los bienes gravados siniestrados con destrucción total, hurtados o robados, en tanto no hayan sido recuperados a la fecha dispuesta para el pago del gravamen.
Los vehículos cuyo valor se encuentre entre 4000 y 20.000 pesos, pagan un impuesto anual del 1 por ciento de dicho valor. Los que superen los 20.000 pesos, están gravados a una tasa del 1,5 por ciento. Los vehículos afectados al transporte de carga o pasajeros, valuados en más de 4000 pesos, pagan el 1 por ciento cualquiera sea su valor.

 

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