La Justicia
sobreseyó definitivamente al periodista de Página/12 Horacio Verbitsky en una querella
por injurias que le inició hace siete años el ministro del Interior, Carlos Corach, por
orden del presidente Carlos Menem. La Cámara Federal rechazó ayer un planteo de Corach
para que se declare nula una resolución de otra sala de la misma Cámara que dispuso la
prescripción de la acción penal contra Verbitsky.
En el fallo que firmaron los camaristas Luisa Riva Aramayo y Horacio Vigliani, el Tribunal
dispuso rechazar el planteo de nulidad y declarar extinguida por
prescripción la acción penal respecto de Horacio Verbitsky y sobreseerlo definitivamente
en la presente causa, sin imposición de costas. En la resolución, además, los
camaristas consideraron que la materia discutida originariamente pasa a un segundo
plano, teniendo en cuenta además que su tratamiento comprometería la vigencia del
principio de la economía procesal e implicaría una prolongación innecesaria del
proceso.
La causa fue consecuencia de la salida de Robo para la Corona, el primer libro que
denunció las irregularidades en las privatizaciones del menemismo, en noviembre del
91. Por aquella época, en una reunión de gabinete, Menem les ordenó a todos sus
funcionarios que querellaran a Verbitsky por calumnias e injurias. La orden fue aceptada
por el sector celeste que en aquella época habitaba en la Rosada: José Luis
Manzano, Eduardo Bauzá, Héctor Stupenengo, Luis Prol y Corach, que por entonces era el
subsecretario general de la Presidencia.
Concretamente, Corach desde siempre el principal operador del Gobierno en la
Justicia se sintió ofendido porque el periodista escribió que caminaba con
una soga por los pasillos de Tribunales. La causa tuvo varias vueltas, porque
luego Corach quiso agregarle también la figura del desacato, que fue rechazada, y todo
volvió a comenzar. En el medio también hubo cambios de jueces y de fiscales.
Finalmente, la sala II de la Cámara Federal declararon prescripta la acción.
Disconforme, Corach presentó en junio del 96 un recurso extraordinario ante la
Corte Suprema que en agosto del 98 revocó la prescripción de la sala
II y le ordenó dictar una nueva resolución a la sala I. Según su curiosa
argumentación, la Corte entendió que con cada reedición de Robo para la Corona el
libro vendió más de 200 mil ejemplares el supuesto delito volvía a cometerse.
Como respuesta, la defensa del periodista invocó una nueva causal de prescripción de la
acción y recordó que el expediente había estado en poder de la Corte más de dos
años antes de que el Tribunal dictara sentencia. En noviembre pasado, y dado que la
jurisprudencia que había obtenido en primera y segunda instancia había sido favorable,
Verbitsky llevó el caso ante la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).
Luego de este periplo recorrido durante más de siete años, la causa quedó concluida con
el sobreseimiento definitivo del periodista. Ayer, los camaristas desecharon el argumento
de Corach sobre que el tiempo en que la causa estuvo sin trámite no debía tenerse en
cuenta para la prescripción. De conformidad con la jurisprudencia de este Tribunal
se ha entendido que no pueden descontarse del tiempo pertinente los períodos en que el
trámite estuvo suspendido dado que tales situaciones no están previstas como causales de
suspensión de prescripción, dijeron los camaristas.
LA CORTE FALLO CONTRA LA UNIVERSIDAD DE
CORDOBA
Marche una reforma a la fuerza
Por Javier Lorca
Es
otra intromisión del Gobierno en la autonomía universitaria, disparó el rector de
la Universidad de Córdoba (UNC), Hugo Juri, en diálogo con Página/12. El blanco de sus
palabras fue el fallo dividido de la Corte Suprema de Justicia, que se
conoció ayer y donde ordena a la casa de altos estudios modificar su estatuto. La Corte
consideró que la gratuidad de las universidades nacionales no es absoluta y
le ordenó a la UNC agregar una palabrita en su carta normativa, justo donde se indica que
los estudios son completamente gratuitos: equidad, la llave que abriría la
puerta al arancelamiento de la enseñanza. Pero la comunidad de la UNC, donde estudian 90
mil alumnos, ya avisó que se opondrá a la virtual reforma.
El dictamen de la Corte Suprema, según el texto divulgado por el diario cordobés
Comercio y Justicia, dice que deben incluirse en los estatutos universitarios los
términos gratuidad y equidad para que no se destruyan recíprocamente. De hecho, la
Constitución señala que la educación pública debe garantizar ambos principios.
La universidad quiere que haya equidad, como también quiere muchas otras cosas.
Pero no por eso vamos a ponerlo en el estatuto. No vamos a violar la Constitución
simplemente porque algo no figura en el estatuto, razonó Juri y anticipó que los
abogados de la UNC estudian qué pasos seguir. Se estima que habrá novedades el martes,
cuando se reúna el Consejo Superior de la UNC.
El polémico fallo fue votado afirmativamente por cinco jueces y cuatro disintieron.
Fueron los cinco que suelen votar siguiendo los intereses del Gobierno,
detalló el rector radical. Y Pablo Javkin, de la FUA, comentó a este diario: Es
otra muestra de que un sector de la Corte sigue al oficialismo sin atender principios
constitucionales, como la autonomía universitaria. Ambos se referían a Julio
Nazareno, Antonio Boggiano, Eduardo Moliné OConnor, Adolfo Vázquez y Guillermo
López. El pronunciamiento judicial... incurre en una inadmisible intromisión en el
ámbito de la casa de altos estudios, fue, en cambio, el fundamento del voto de
Augusto Belluscio, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Gustavo Bossert.
El conflicto es la prosecución del desatado por la Ley de Educación Superior, en 1995.
Esta exige que las universidades adecuen a su propia letra los estatutos. Muchas
instituciones, entre ellas la UBA, entraron en una batalla legal que aún perdura para
esquivar la reforma. Otras, entre ellas la UNC, modificaron sus estatutos. No fue
por error que se excluyó la palabra equidad. Fue una decisión consensuada, dijo
Matías del Pino, de la Federación Universitaria de Córdoba (FUC). Ante la omisión, y
tal como en otros casos, el Ministerio de Educación planteó una demanda en la Cámara
Federal local, que falló como ahora la Corte. Lo paradójico del caso es que el primer
fallo del máximo tribunal con respecto a la equidad y su rémora, el arancel, se produce
en la causa de la UNC, donde los alumnos ya pagan una contribución voluntaria, que puede
alcanzar los 60 pesos anuales.
La FUC no avalará ningún cambio en el estatuto, desafió Del Pino, en el
primer aviso de que no será fácil imponer la decisión judicial. Para reformar, la UNC
debería convocar una asamblea universitaria y esto llevaría tiempo. Previsiblemente, la
conducción de la UNC especulará con la inminente despedida del Gobierno. Además, si la
UNC desobedece, la única manera de impulsar los cambios sería a través de una
intervención de la universidad por parte del Congreso o el Ejecutivo. Los universitarios
conjeturan que el Gobierno no asumirá el riesgo en las postrimerías de su mandato.
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