Por Adriana Meyer El presidente de la Nación
Carlos Menem será denunciado por encubrimiento, incumplimiento de los deberes de
funcionario público y violación de tratados internacionales por haber estampado su firma
en un decreto que le negó asistencia jurídica al juez español Baltasar Garzón. Este
magistrado lleva adelante un proceso en el que están imputados militares argentinos,
chilenos y uruguayos por genocidio y terrorismo de Estado. Los diputados aliancistas Jorge
Rivas y Alfredo Bravo presentarán mañana la denuncia que alcanzará también a los otros
dos firmantes del decreto, los ministros de Justicia y Relaciones Exteriores Raúl
Granillo Ocampo y Guido Di Tella.
El propósito del decreto es procurar la impunidad de los autores de los crímenes
que se investigan en España, afirmaron Rivas y Bravo. Y recordaron que el
presidente de la Nación, en declaraciones vertidas el 27 de febrero de 1998 en la base de
Puerto Belgrano, calificó los requerimientos de la justicia española como un `acoso
judicial a las Fuerzas Armadas y afirmó que había dado instrucciones para que se
enfrenten con firmeza y se desbaraten las decisiones del juez Garzón. Según los
diputados, esto se encuadraría en el delito de encubrimiento.
Menem fue público sólo en sus declaraciones, pero no tanto en sus actos concretos. Para
cuando dijo lo que hoy citan sus acusadores, ya había firmado el decreto 111/98,
publicado sin alharaca en el Boletín Oficial el 9 de febrero de 1998. En sus
considerandos la norma argumenta que acceder al pedido (de asistencia) implicaría
violentar los intereses esenciales de la Nación Argentina, que en forma solidaria y en
ejercicio de su poder soberano estructuró una solución legislativa y judicial que
permitió la pacificación interna y que está dispuesta a conservar. Y esgrime que
en la causa que impulsa Garzón se investigan hechos ocurridos en territorio
nacional que, en la mayoría de los casos fueron investigados, condenados los
responsables. Según la posición del Ministerio de Relaciones Exteriores mencionada
en el decreto, dar curso a las rogatorias iría en desmedro de la soberanía de
nuestro país en virtud de que al corresponder la jurisdicción a la República Argentina,
sus Tribunales tomaron y tienen la intervención pertinente, además de conculcar el
principio `non bis in idem (no ser juzgado dos veces por lo mismo) de raigambre
constitucional y aceptación universal.
Los legisladores opositores sostuvieron que el decreto presidencial es inconstitucional e
ilegal porque viola expresamente los acuerdos establecidos en 1986 entre la
Argentina y España por medio del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia
Penal, ratificado por ley 23.708, e infringe las disposiciones del artículo 31 de la
Constitución nacional (que establece que los tratados con potencias extranjeras son
la Ley Suprema de la Nación), tal como surge de la denuncia a la que Página/12 tuvo
acceso. Rivas y Bravo señalan que el juicio que se desarrolla desde 1996 en España
significa para mucha gente la posibilidad de obtener la justicia que se les negó en
su propio país por la sanción de las leyes de Punto Final, Obediencia Debida y los
indultos.
El Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal impone a las partes la
obligación de prestarse colaboración mutua y establece que la asistencia jurídica sólo
puede ser rehusada cuando la solicitud se refiere a delitos políticos o si se relaciona
con delitos estrictamente militares. El tratado excluye de la categoría de los delitos
políticos los actos de terrorismo, los crímenes de guerra y los que se cometan contra la
paz y la seguridad de la humanidad. Es decir, que los delitos de terrorismo y genocidio
que se les imputan en España a los inductores y ejecutores del plan criminal de
represión de la dictadura están excluidos de los casos en que el gobierno argentino
podría negar su colaboración.
En lo concreto, el gobierno argentino no envió al juez Garzón los documentos oficiales
con información sobre la desaparición de ciudadanos españoles y se negó a tramitar los
pedidos de embargo a todos losmilitares imputados. Si bien el magistrado recibió gran
cantidad de material de manos de los organismos de derechos humanos y de los
sobrevivientes que visitaron en masa su juzgado, hay ciertos papeles oficiales que sólo
el Poder Ejecutivo podía haberle aportado.
Los autores de la denuncia rechazaron el argumento de cosa juzgada del decreto
porque consideraron que los procesados en el juicio a las Juntas no fueron juzgados por
genocidio y terrorismo, dado que esas figuras no estaban ni están contempladas en nuestro
Código Penal ni en el Código de Justicia Militar. Los antecedentes de este decreto deben
buscarse, según los acusadores, en las declaraciones de Menem cuando dijo que Garzón es
una vedette. La causa en cuestión se inició dos años antes de la emisión
del decreto y en ese período tampoco hubo colaboración alguna con el proceso español.
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