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Por Martín Granovsky Decididamente, Edesur no tiene a los santos de su lado. El juez Francisco de Asís Soto despreció ayer por "superflua" toda la prueba ofrecida por la empresa en un juicio sumarísimo pedido por la ombudsman porteña Alicia Oliveira. Con los datos ya pasados en limpio, Soto debe fallar dentro de un mes. Si condena a Edesur, los usuarios fastidiados por el último corte de luz podrían desencadenar una cascada de juicios civiles por daños y perjuicios. La resolución del juez dice textualmente: "Desestímase por superflua la prueba confesional, testimonial, informativa, inspección ocular y periciales ofrecidas". Francisco de Asís respondió de ese modo a un pedido de Oliveira. Para la ombudsman, Edesur había ofrecido al juez "excesiva prueba" con "un fin meramente dilatorio". Además, si el magistrado hubiera accedido al reclamo de la empresa eléctrica las pericias habrían resultado carísimas para el Estado. Oliveira explicó a Página/12 que eligió la variante del juicio sumarísimo, por la que Soto resolvió ayer mismo su evaluación de las pruebas, porque era "lo más parecido a una acción de clase". La defensora del pueblo no hablaba, sin embargo, desde Carlos Marx sino parapetada en la experiencia del Derecho sajón. --La acción de clase se interpone cuando un problema afecta a un grupo de personas, en este caso los usuarios --dijo Oliveira--. Así como en la reconstrucción del pasado apelamos al derecho a la verdad, que también viene del Derecho anglosajón, en temas de consumo no podemos quedarnos con una visión napoleónica de la verdad jurídica. El escrito que presentó la Defensoría con el patrocinio del doctor Eduardo Monti dice que la presentación de Edesur parece no demostrar el paso del tiempo. Tal vez hubiera tenido vigencia el siglo pasado, o en el mejor de los casos hace por lo menos 30 años, pero ahora... El juicio sumarísimo llevará a la sentencia en un mes o a lo sumo un mes y medio. De otro modo, el trámite normal de los juicios civiles podría extender ese plazo a meses o años. Edesur ya pagó a los consumidores una compensación por los cortes, que le fijó el Ente Nacional Regulador de Energía (ENRE). Por eso no quiere pagar más. --Los usuarios ya se enriquecieron sin causa --dijo el abogado de la empresa eléctrica. Enriquecerse sin causa no es necesariamente un delito. Sucede cuando un contrato favorece de más a alguien que no buscaba tanto. Entre la documentación que aportó Edesur a Soto figura el testimonio de una usuaria --estudiante-- que confesó su asombro porque ganaría más con la indemnización que en su futura carrera. El problema, ahora, supera al monto de las compensaciones que Edesur ya pagó. Lo que discuten los usuarios en la Justicia es si la responsabilidad civil de la empresa está probada. Algunos consumidores iniciaron individualmente demandas a diferentes jueces, y deben esperar la contestación con paciencia. Otros no empezaron ningún juicio. Para todos, el próximo fallo de Soto cambiaría la situación: * Si el juez falla en contra de la ombudsman, dirá que Edesur no es civilmente responsable de los cortes de luz. O sea, no debe pagar más de lo que ya pagó. * Si el juez falla a favor de la Defensoría del Pueblo, significará que Edesur es civilmente responsable por el apagón. O sea, debe pagar. En el segundo caso, cada perjudicado podrá presentarse a la Justicia esgrimiendo el fallo de Francisco de Asís con el camino facilitado. Ni siquiera deberá discutir si Edesur estuvo mal o bien. Estará claro que la empresa tiene la culpa. Entonces los consumidores solo deberán demostrar que esa culpa los perjudicó, y cuánto los perjudicó. --Con nuestra presentación queremos facilitar el acceso de los ciudadanos a la Justicia --dijo Oliveira. Edesur también es previsora. Sus abogados Orlando Constantino Guala y Alvaro Eduardo Estibariz anunciaron que, si pierden, recurrirán a la Corte. Su argumento es que si la ombudsman tiene éxito eso podría provocar "perjuicios a la ecuación económico financiera de Edesur SA, violándose en consecuencia el derecho de propiedad" fijado en el artículo 17 de la Constitución. También invocará el artículo 14, que permite ejercer industria lícita, y se remitirá al derecho al debido proceso. El razonamiento de la compañía es que la defensora porteña no es quién para arrogarse la representación de los usuarios, que la acción de clase no existe y que las presentaciones deben ser individuales. Hay que ver cuál es la opinión de Francisco de Asís.
LA COMPAÑIA ELECTRICA QUIERE
EVITAR LOS PLEITOS
Si dentro de un mes o un mes y medio el juez Francisco de Asís Soto la declara civilmente responsable, a Edesur no le habrá servido de nada su maniobra posterior al apagón de aparecer pagando "voluntariamente" más de lo que le había fijado como multa el Ente Nacional de Regulación Eléctrica. Y aparecerá en escena el fantasma que más teme: los juicios por lucro cesante. Los afectados por los once días a oscuras, el apagón más largo de la historia argentina, recibieron sumas distintas de acuerdo al uso de electricidad. Correspondió más a los comerciantes y menos a los consumidores particulares. Las estimaciones indicaron que el corte perjudicó a diez barrios de Buenos Aires donde viven unos 150 mil usuarios. Si cada consumidor representa a otros tres de su familia, la falta de luz habría hecho insoportable, en medio de los 30 grados del verano, la vida de 600 mil porteños. El corte fue el primer gran test de la relación entre los prestadores de servicios públicos privatizados con los usuarios, y sirvió para medir el funcionamiento de los organismos de control. Pasado el primer escalón, el test mide en este momento la respuesta de la Justicia ante la catarata de reclamos por el apagón. Una pista sobre el futuro puede extraerse de la intervención de Rubén Manusovich, presidente de la Federación de Cámaras y Centros Comerciales, en una audiencia convocada en marzo por el ENRE. Manusovich exigió una "compensación standard por estrago" de 10 mil pesos para profesionales o kioskos, 15 mil por edificio de propiedad horizontal y 30 mil por comercio minorista.
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