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LA CAMARA RECHAZO LOS RECURSOS DE VIDELA Y DE MASSERA
“Es un vuelco en la jurisprudencia”

El Tribunal decidió que las apropiaciones de bebés cometidas por los dictadores no prescribieron ni fueron sentenciadas en el juicio a las Juntas. Es un precedente para todas las causas por delitos aberrantes.

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Pese a las chicanas de sus abogados los dos ex dictadores represores seguirán presos.
La decisión de la Cámara confirma una primicia publicada en la tapa de Página/12 el 20 de julio.

Por Adriana Meyer

t.gif (862 bytes) La Cámara Federal porteña rechazó ayer todos los argumentos de los ex jefes militares acusados en la causa que investiga la apropiación sistemática de menores durante la dictadura. Los camaristas Luisa Riva Aramayo y Horacio Vigliani consideraron que ese delito no está prescripto ni fue juzgado durante el juicio a las Juntas como pretendieron Emilio Massera y Jorge Videla. Además, ratificaron la competencia del juez federal Adolfo Bagnasco en el caso aunque anularon los procesamientos que el magistrado había dictado en enero. Ayer había cierta excitación en el segundo piso de los tribunales federales de Retiro por la aparición de una “resolución histórica”, tal como la calificaron quienes la elaboraron.
Más allá de esta euforia, el fallo –que adelantó Página/12 el 20 de julio– consolida los procesos abiertos por delitos aberrantes cometidos por los represores, que creían haber encontrado impunidad perpetua en los indultos y en las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
La Cámara no se pronunció sobre la prisión preventiva que Bagnasco le había dictado a los imputados Jorge Videla, Emilio Massera, Jorge “Tigre” Acosta, Cristino Nicolaides, Reynaldo Bignone, Rubén Franco, Héctor Febres y Antonio Vañek. Es decir que –por ahora– no recuperarán su libertad, aunque es previsible que una de las consecuencias de esta medida serán los pedidos de excarcelación que presentarán los abogados de los represores. Pero la respuesta de Bagnasco será volver a citarlos a declaración indagatoria como le ordenaron sus superiores, tal como aseguró a Página/12 un funcionario clave de la investigación. “La nulidad del procesamiento no implica la liberación de los detenidos”, explicó. De todos modos, a excepción de Febres y Acosta, todos gozan del beneficio del arresto domiciliario.
“Es un vuelco en la jurisprudencia penal argentina porque consagró los principios fundamentales de la causa. Ahora es cuestión de emprolijar algún aspecto. La Cámara podría haber dicho que las conclusiones del juez eran insostenibles pero el pronunciamiento resultó neutro con respecto a la prueba. Y el rechazo de los planteos de los militares involucrados empeora la situación del resto de los imputados como Carlos Suárez Mason o Leopoldo Galtieri. Se les van cerrando los caminos”, opinó Alberto Pedroncini, uno de los abogados de la querella.
El planteo sobre la prescripción del delito de sustracción de menores es el que implicaba más riesgo para la continuidad de estos procesos porque hubiera truncado todas las que tienen el mismo objetivo que la de Bagnasco. Los camaristas entendieron que es un delito permanente y un crimen contra la humanidad, tal como lo establece la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que fue incorporada a la Constitución nacional en 1994. El argumento sobre la “cosa juzgada” había tenido su sustento en la sentencia del juicio a las Juntas que absolvió a los ex comandantes. Riva Aramayo y Vigliani consideraron que se trata de “nuevos hechos” que nunca fueron juzgados.
La competencia de la justicia militar a través de la intervención del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (Consufa), pretendida por Videla y Acosta, fue rechazada en base a la misma Convención, que prohíbe la intervención de tribunales militares para juzgar “hechos constitutivos del delito de desaparición forzada de personas”. “No se advierte violación alguna a la garantía del juez natural”, dice la resolución a la que Página/12 tuvo acceso, en alusión a uno de los argumentos de la defensa de Videla y del fiscal Pablo Quiroga. En relación al caso específico de Videla, fue confirmado lo actuado por el juez Roberto Marquevich, pero ese expediente quedó en manos de Bagnasco, tal como ya lo había decidido la Cámara Federal de San Martín.
La competencia de Bagnasco también fue ratificada por el rechazo del planteo de Massera, quien intentó que el expediente pasara a manos de la jueza federal María Servini de Cubría, que investiga desde hace variosaños casos de apropiaciones. “Todo queda en su lugar, Servini sigue con sus casos y Bagnasco continúa con la investigación de la práctica sistemática”, indicó la fuente. Y el otro respaldo que recibió el magistrado fue el rechazo de la Cámara de todas las recusaciones contra Bagnasco y de todos los planteos de nulidad que habían presentado los representantes de los militares.
Aunque por un lado sostuvo la continuidad de la causa, la Cámara Federal determinó la nulidad de los procesamientos que había dictado Bagnasco y le ordenó que vuelva a indagarlos “por hechos concretos”. “No fueron interrogados por los 194 casos de apropiaciones por las que los procesó, las preguntas fueron genéricas”, explicó a este diario un funcionario del tribunal. “La ampliación de las indagatorias se hará puntualizando los hechos que se les imputa a cada uno, lo cual es una cuestión formal”, fue el comentario recogido en el juzgado de Bagnasco. Los camaristas no se expidieron sobre la práctica sistemática de apropiación de los hijos de los desaparecidos ni sobre la garantía de impunidad que dio la última Junta Militar a los delitos cometidos.
La resolución de la Cámara frenó el impulso que venía teniendo el proceso iniciado en diciembre de 1996 por seis Abuelas de Plaza de Mayo, a las que luego se sumaron el escritor Juan Gelman y la madre uruguaya Sara Méndez, porque el denominado “capítulo ESMA” de la investigación (referido a la maternidad clandestina que funcionó en ese centro de detención) ya estaba en condiciones de ser elevado a juicio oral. Ahora los imputados volverán a desfilar por los tribunales, seguramente cuando Argentina tenga nuevo gobierno. Aquel proyecto de Riva Aramayo de armar una suerte de juicio a las Juntas II que concentraría todos los procesos en marcha para evitar la excesiva exposición pública que estaban teniendo los ex jefes militares ha quedado en las antípodas de la reciente decisión.

 

Riva, feliz

“La jueza menemista puso orden en la causa de los militares”, es la frase que Luisa Martha Riva Aramayo hubiera querido ver en las tapas de los diarios de hoy, según confió a este diario su más estrecho colaborador. “Es un buen fallo para coronar este período”, dicen que dijo ayer, exultante de alegría, mientras corregía las últimas comas a la voluminosa resolución. Quienes la conocen, afirman que las decisiones de la jueza en esta causa fueron tomadas hace tiempo y aseguran que “quería lucirse ella sola”. Es por eso que limó las asperezas que la distanciaron de su compañero de sala, Horacio Vigliani, y prefirió sentarse a negociar con él cada aspecto del fallo para evitar a toda costa tener que integrarse con alguno de sus compañeros de la sala II, Horacio Cattani, Eduardo Luraschi y Martín Irurzun. Aunque es sabido, y ahora reconocido, que llegaron a ocupar su despacho del segundo piso de Comodoro Py de la mano de Carlos Menem, hasta sus adversarios reconocen que “son de carrera”.

 

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