Hoy
se cumplen veinticinco años de la sanción de la Ley de Contrato de Trabajo. Hace un
cuarto de siglo le pusieron el número 20.744 y su principal autor fue el Dr. Norberto
Centeno, abogado laboralista marplatense vinculado a los sindicatos. Fue un militante
social. Estuvo preso por el Plan Conintes y fue asesinado por la dictadura militar. Tal vez este aniversario de una ley popular, que como decía su derogado art.
19 creaba desigualdades en favor del trabajador para compensar la desigualdad que tiene
frente al empleador, pase inadvertido. Salvo un acto esta noche en la Facultad de Derecho,
en el que haremos un homenaje a Centeno, no hemos visto otro recordatorio.
Creo que vale la pena rememorar la amplia difusión popular
que tuvo esta ley entre los trabajadores. Era como la materialización del concepto
cultura del trabajo. Suelo decir que en esos momentos los trabajadores nos
ponían en aprietos a los laboralistas: había quienes conocían la ley mejor que
nosotros. No quiero que esta nota sea un remedo de las coplas de Jorge Manrique por
aquello de que ... todo tiempo que ha pasado fue mejor..., pero sería bueno
avivar el alma dormida y advertir la deuda que la sociedad tiene con los asalariados. Y ya
no hablo del modelo económico neoliberal, hablo de la sociedad civil. Me explico. Cuando
Martínez de Hoz mediante, en abril de 1976, se sanciona la regla estatal 21.297 que
derogaba 27 artículos de la LCT y modificaba 109, pensábamos que era el fin del derecho
del trabajo. ¡¡¡Cómo nos equivocamos!!!
En 1983, en vísperas de las elecciones de octubre de aquel
año, proponíamos la sanción de una ley, una sola, que derogara toda la legislación
laboral de facto y que, sin perjuicio de su perfectibilidad futura, pusiera en vigencia la
sancionada anteriormente durante la democracia. Así figuró en la plataforma electoral
del Partido Justicialista de aquel entonces. (¡¡Te acordás hermano qué tiempos
aquellos!!). El estado de derecho demoró hasta 1988 para devolver normas relativas al
movimiento obrero en su conjunto, que habían sido conculcadas por la dictadura (derecho
de huelga, ley sindical, convenios colectivos de trabajo, etc.), pero con los derechos
individuales de los trabajadores: ¡¡¡minga!!! Después vino Mingo y antes Bunge y Born.
En la última década, entre decretos que satisfacían la
necesidad y urgencia de los sectores ávidos por acumular y leyes dictadas por
desobediencia indebida de la Constitución nacional, se intentó ponerle punto final al
resto de los derechos de los trabajadores (contratos basura, pago con vales, eliminación
y/o rebaja de las indemnizaciones por despido, etc.) mientras, se indultaba a los
empleadores deudores (pago en negro, supresión y/o disminución de aportes y
contribuciones, moratorias, subsidios, etc.) Si uno analiza texto a texto la ley de 1974,
con la regla de 1976 comparándolas con la legislación sancionada en la última década,
esta última es la peor de todas.
Pero no solamente se continuaron derogando derechos que
tienen incidencia económica para rebajar el costo laboral. Hicieron algo que es mucho
más perverso: de la mano de la pérdida del poder adquisitivo del salario, de la
precarización del contrato de trabajo y del disciplinamiento que da el desempleo, para
lograr un mayor sometimiento delos asalariados, permitieron la supervivencia de normas que
lesionan la dignidad humana de los trabajadores. ¡Qué triste es hermano! Qué
bronca que da.
* Presidente de la Comisión de Derecho del Trabajo de la Asociación de
Abogados de Buenos Aires. |