|
Por Pedro Lipcovich Homicidio simple con dolo eventual: así dice, desde ayer, la carátula del expediente del proceso a Sebastián Cabello, quien el 30 de agosto, corriendo una picada a 137 kilómetros por hora, atropelló y mató a una mujer y su hijita. Con esta decisión, la Cámara de Apelaciones envió la causa a un juez de instrucción en lo criminal; después irá a juicio oral, y la pena que podría corresponder va de 8 a 25 años de cárcel. La Cámara mantuvo la excarcelación dispuesta por el juez anterior, pero este criterio podría ser modificado por el nuevo juez. Sin embargo, el presidente de Familiares y Víctimas de Accidentes de Tránsito (Favat) -organismo que pidió el cambio de carátula recordó que, en casos similares, los tribunales orales volvieron a caratular homicidio culposo, excarcelable: insistió en legislar la culpa grave, que tiene ya media sanción en el Congreso, y en pedir la emergencia nacional del tránsito. El desarrollo de una competición automovilística, a altísima velocidad, por un centro urbano, conlleva la alta probabilidad de lesión a bienes jurídicos, sin que parezca posible concebir que ello haya escapado a la representación del autor, dice el fallo producido por la Sala 5ª de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, con las firmas de Guillermo Navarro, Mariano González Palazzo y Mario Filozof, haciendo lugar a un pedido del fiscal Marcelo Martínez Burgos y de Favat. El dolo eventual se aplica a quien no podía ignorar el riesgo de matar a alguien pero no le importó; es el caso de quien festeja fin de año con tiros al aire. El homicidio culposo, en cambio, obedece a negligencia, imprudencia o impericia. Los jueces agregan que el dolo eventual también podría sostenerse en la actitud emocional del autor, en este caso su indiferencia ante el posible menoscabo del bien jurídico: después del accidente, Cabello habría mostrado gran desazón por la abolladura del vehículo mientras la madre y pequeña hija morían entre las llamas. Al cambiar así la carátula, resulta incompetente el juez en lo correccional Luis Schelgel quien había sostenido la figura del homicidio culposo, ya que la causa debe pasar a un juez de instrucción en lo criminal, quien, completado el sumario, la elevará a juicio oral. La Cámara mantuvo la excarcelación de Cabello, de 19 años, ya que negársela sería anticiparle indebidamente parte de una pena que sólo puede ser impuesta luego de un juicio y a través de una sentencia definitiva. También se mantiene su inhabilitación para conducir automotores. El accidente se produjo a las 2.30 del 30 de agosto en la avenida Cantilo, cerca de la cancha de River: Cabello, acompañado por Daniel Pereira, a bordo de su Honda especialmente preparado, corría una picada con otro auto, y arrolló el Renault conducido por Celia González Karman, quien llevaba a su hijita Vanina Rosales, de tres años. Gregorio Dalbón, presidente de Familiares y Víctimas de Accidentes de Tránsito (Favat), dijo a este diario que está por verse qué hará el juez de instrucción con respecto a la libertad de Cabello: no creemos que ningún juez deje libre a una persona juzgada por doble homicidio simple. Además, señaló Dalbón, hay antecedentes en los que, después, el tribunal oral decidió cambiar la figura a homicidio culposo. Es difícil delimitar el dolo eventual, que está en el borde del homicidio culposo pero tiene una pena mucho mayor, y por eso Favat propuso al Congreso la figura de la `culpa grave, vigente en muchos países desarrollados para el conductor negligente o imprudente que en forma temeraria, con desprecio por la vida ajena, cause la muerte o lesiones; la pena va de 6 meses a 5 años. Dalbón lamentó que ese proyecto de ley, que ya tuvo media sanción de Diputados y fue modificado en Senadores, esté ahora cajoneado en la Cámara baja. Además, Favat ha solicitado que el Gobierno decrete la emergencia nacional del tránsito en la Argentina, donde no hay ni prevención nicontrol ni sanciones. El problema no se soluciona sólo encarcelando a los que matan mientras el tránsito sigue siendo una constante contravención.
|