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Con cinco años de atraso, se sancionó ayer la Ley de Etica Pública. La norma, que obliga a funcionarios de los tres poderes del Estado a presentar declaraciones patrimoniales y observar una serie de prohibiciones e incompatibilidades vinculadas al ejercicio de su cargo, fue impuesta por la reforma constitucional de 1994. El texto definitivo establece que en el Boletín Oficial sólo se publicará la lista de los funcionarios que presenten la declaración, y no el contenido, al que se podrá acceder solicitándolo en la Comisión de Ética, que debe ser creada. Los diputados mantuvieron el artículo que permite investigar a los testaferros y que los senadores habían querido eliminar. La ley aprobada establece que las personas que desempeñen cargos, electivos o no, de planta transitoria o permanente, en todos sus niveles y jerarquías, deberán presentar su declaración jurada integral dentro de los treinta días hábiles desde la asunción de sus cargos y mantenerla actualizada hasta dejar el cargo. Ese documento deberá contener una nómina detallada de todos los bienes del declarante, de su cónyuge, del matrimonio, los del conviviente y los de sus hijos menores, en el país o en el extranjero. El presidente y el vice de la Nación, los diputados y senadores nacionales, los magistrados del Poder Judicial, el defensor del pueblo, los miembros del gabinete, los funcionarios de los organismos de control y del Consejo de la Magistratura, los embajadores y cónsules, el personal en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Federal con jerarquía no menor de coronel o equivalente, los rectores, decanos y secretarios de universidades nacionales, son algunas de las personas que quedan incluidas en la ley. La norma sancionada precisa que las declaraciones patrimoniales serán publicadas en el Boletín Oficial y podrán ser consultadas por cualquier persona o medio de comunicación que concurra a la Comisión Nacional de Etica Publica organismo donde estarán depositadas, previa exhibición de su documentación e indicación del motivo de la petición. En la práctica, la norma se aplicará para los miembros del próximo gobierno, ya que los funcionarios actuales no deberán rendir cuentas de sus bienes desde el momento en que asumieron. Además se establece que los funcionarios no podrán recibir regalos ni donaciones, y en caso de que se les hagan obsequios de cortesía o de costumbre diplomática éstos deberán ser incorporados al patrimonio del Estado. El ejercicio de la función pública fue declarado incompatible con la dirección, administración o cualquier tipo de actividad directamente vinculada a proveedores del Estado o concesiones. En cuanto a penalidades, se dispone que será reprimido con prisión de dos a seis años el funcionario que no pueda justificar razonablemente el aumento de su patrimonio. A quienes cometan actos de cohecho y corrupción les tocarán penas de entre uno y doce años. En ambos casos se prevé la inhabilitación perpetua para ejercer la función pública La ley de ética, que fue impuesta por la reforma constitucional de 1994, recién fue sancionado por los diputados en agosto de 1997. Los senadores demoraron casi un año en tratar el proyecto e introducir varias modificaciones que fueron cuestionadas. La más controvertida era la que quitaba la mención al testaferro, cosa que hubiera trabado aún más las investigaciones judiciales sobre enriquecimiento ilícito. El Congreso tardó otros trece meses para sancionar la ley y mantener la penalización del testaferro. A fines de enero de este año, el gobierno creó el Código de Etica de la Función Pública y puso al frente de ésta al ex decano de la Facultad de Medicina de la UBA Luis Ferreira. Ese código alcanza sólo a los funcionarios que dependen del Poder Ejecutivo y, de hecho, sus funciones quedarán subsumidas en la nueva Comisión que deberá crearse y trabajar como órgano independiente. El candidato a vicepresidente de la Alianza,Carlos Chacho Alvarez, ya anunció que si la coalición llega al gobierno, cerrará el órgano presidido por Ferreira. Según prevé la ley, la nueva Comisión estará integrada por once miembros de reconocidos antecedentes y prestigio público, y permanecerán cuatro años en su cargo. La Corte Suprema, el Poder Ejecutivo y el procurador general de la Nación designarán un integrante cada uno. Los ocho restantes saldrán de una resolución del Congreso. Si esta ley se hubiera sancionado hace diez años, María Julia estaría presa, aseguró la diputada radical Elisa Carrió.
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