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La mano dura ahora también corre para los accidentes de tránsito

Una nueva ley que sancionó ayer la Cámara de Diputados eleva de tres a cinco años la pena máxima por homicidio culposo. Con el cambio, un conductor que mata en la calle por negligencia o imprudencia puede quedar preso, por lo menos, hasta el juicio oral.

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Los familiares de las víctimas de accidentes de tránsito marcharon ayer frente a Tribunales.
Protestaban por el manejo del caso Cabello, que disparó finalmente la sanción de la nueva ley.


t.gif (862 bytes)  Los reclamos por la mano dura con los responsables de accidentes de tránsito encontraron eco en el Congreso: la Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto, demorado más de dos años, que eleva de tres a cinco años de prisión las penas máximas por homicidio culposo en los casos en que se compruebe que hubo negligencia o imprudencia. La reforma impide que los casos de accidentes de tránsito con víctimas fatales, como el ocurrido recientemente en la avenida Cantilo, puedan ser considerados delitos excarcelables. La norma, que había sido modificada parcialmente por el Senado, fue ratificada en su texto original, y más duro, por la Cámara baja. En este caso, por ser Diputados el lugar donde surgió la iniciativa –la primera sanción data del 23 de abril de 1997–, la ratificación del texto de origen “hace que el mismo quede firme y se convierta en ley”, explicó a Página/12 la diputada del Frepaso Diana Conti. También fueron elevadas las penas por lesiones culposas, incendio, descarrilamiento o naufragio y contaminación de agua potable, alimentos o medicamentos.
El tratamiento del proyecto en el Senado estuvo demorado hasta el 1º de setiembre pasado, cuando se le dio aprobación al compás del impacto que produjo en la sociedad el accidente ocurrido a fines de agosto en la avenida Cantilo, cuando el automóvil conducido por el joven Sebastián Cabello, quien corría una picada, atropelló un Renault 6 y mató a sus dos ocupantes, Celia Carman y su hija Vanina, de tres años.
El punto primero de la ley, que modifica el artículo 84 del Código Penal, dice que será reprimido “con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso por cinco a diez años, el que por imprudencia, negligencia, impericia”, inobservancia de los reglamentos o de los deberes causare la muerte de una persona.
La segunda parte de ese punto primero había sido eliminada en el Senado, pero fue ratificada por Diputados. En suma, quedó aprobado el agravante que eleva a dos años el mínimo de la pena prevista en el artículo 1º en aquellos casos en los que “fueren más de una las víctimas fatales o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de un vehículo automotor”. Al joven Cabello le corresponderían las dos agravantes, aunque en su caso no podrá ser aplicada la nueva ley, dado que el hecho ocurrió antes de la sanción.
En el Senado, las discrepancias dividieron a la bancada peronista. Jorge Yoma votó en contra del proyecto argumentando que con la modificación “quien actúa con dolo o intencionalidad tiene una pena menor que quien comete un delito sin intención”. El peronista Angel Pardo, en cambio, optó por el sí a la reforma señalando que “la prevención no dio resultados” en el país y, en consecuencia, “el aumento de las penas es el único medio que tiene la sociedad para intentar disminuir las muertes por accidente”.
La sanción de la ley fue reclamada por la entidad Familiares de Víctimas de Accidentes de Tránsito (Favat), que ayer realizó una marcha de silencio frente al Palacio de Justicia y un posterior “escrache” a los miembros de la Sala Quinta de la Cámara del Crimen por la actuación que le cupo en relación con la causa en la que está involucrado Cabello.
También se aprobaron las siguientes modificaciones:
ron2.gif (93 bytes)  Se elevan de dos a tres años las penas por lesiones culposas (artículo 94 del Código Penal.
ron2.gif (93 bytes)  Se mantiene de un mes a un año la pena para el que provoque “un incendio u otros estragos”, pero en el caso en que se provocara la muerte de una persona, la sanción se elevará de cuatro a cinco años (artículo 189 del Código Penal).
ron2.gif (93 bytes)  Se eleva de dos a tres años el máximo de la pena para quien provoque “un descarrilamiento, naufragio u otros accidentes”. Si hubiera alguna víctima fatal la pena sube de cuatro a cinco años (artículo 196 del Código).
ron2.gif (93 bytes)  En los casos de contaminación de aguas potables, alimentos o medicinas, se eleva de dos a cinco años la pena máxima por provocar la enfermedad o muerte de una persona (artículo 203 del Código Penal).

 


 

SIETE MUERTOS POR UN CHOQUE FRONTAL EN LA RUTA 51
Madrugada negra en Chacabuco

t.gif (862 bytes) Siete muertos, entre los que se encuentra una beba de 5 meses, y cincuenta heridos es el saldo que dejó un choque frontal entre un micro de larga distancia con 58 pasajeros en su interior y un camión con acoplado cargado con escoria, ocurrido ayer a la madrugada en la ruta provincial 51 en el partido de Chacabuco, provincia de Buenos Aires.
El accidente ocurrió a las 4.30 de ayer, cuando chocaron frontalmente el interno 93 de la empresa “La Estrella”, que se dirigía por la ruta 51 en dirección a Mar del Plata proveniente de Tucumán y Santiago del Estero, y un camión Mercedes Benz con acoplado que había partido horas antes de la localidad de Chivilcoy y se dirigía hacia San Nicolás. Ambos vehículos terminaron volcados. El camión transportaba escoria industrial, un producto residual de las fundiciones en los altos hornos. Tras el impacto, en la parte posterior del camión se produjo un principio de incendio que pudo ser controlado rápidamente, según relató el comisario Eduardo Pedersoli, de la DDI de Chacabuco.
Tras el impacto fallecieron en el lugar el chofer del micro, Héctor Hipólito Juárez, dos pasajeros y el conductor del vehículo de carga, Omar Verón, oriundo de San Nicolás. El chofer acompañante, Ramón Alberto Bourrunville, resultó herido y fue internado en el hospital de Rawson. Otras dos personas del pasaje que habían sido trasladadas con heridas al hospital de Carmen de Areco fallecieron horas después. La policía no pudo determinar aún sus identidades porque no se encontraron documentos entre sus ropas.
Los heridos –todos pasajeros del micro– fueron trasladados en ambulancias a los hospitales de Chacabuco, Carmen de Areco, Rawson, Chivilcoy y Pergamino. Mientras, los pasajeros con lesiones leves y fuera de peligro aguardaban la llegada de un micro de la empresa que los trasladaría a sus provincias de origen.
Según informó Pedersoli, en las cercanías de la localidad de Castilla, la 51 “es una ruta golpeada”, que presenta baches y carece de marcas y señales viales. Aunque hasta el momento se desconocen las causas de la tragedia, se descartó la presencia de neblina o humo por la quema de pastizales en la ruta, ya que la visibilidad era clara.
La misma fuente informó que distintos peritos que llegaron de localidades aledañas están investigando los posibles causas del trágico accidente. Para el transcurso de la jornada de hoy se espera la declaración del chofer acompañante, herido en el choque. En la causa intervienen los fiscales de Junín, Carlos Colimedoglia y Roberto Rodríguez.
El interno 93, que nunca llegó a destino, había salido el martes a las 13.15 de Tucumán con destino a la ciudad de Mar del Plata, a la que debía arribar a las 11.50 de ayer, informó una fuente de la empresa.

 


 

A UN AÑO DE LA MUERTE EN EL LAGO DE PALERMO
Los policías, investigados de nuevo

Por Carlos Rodríguez

t.gif (862 bytes) “Fue en este lugar en el que dejaste de soñar.” Los familiares de Maximiliano Rodríguez, el chico de 20 años que murió ahogado en el Lago Regatas, en los bosques de Palermo, lo recordaron ayer al cumplirse un año del suceso. Por medio de un cartel, lleno de nombres y corazones dibujados, los amigos expresaron su dolor, mientras la madre de “Maxi”, Nélida Escalante, y su abogado, Jorge Console, confirmaron que fue reabierta la causa por “privación ilegítima” de la libertad que involucra a personal de la comisaría 51ª. Console dijo a Página/12 que tiene la certeza que “Maxi se tiró al agua y murió por escapar de la policía”, que antes había detenido –por averiguación de antecedentes– a otros ocho jóvenes que acompañaban a Rodríguez. Aunque la autopsia dijo que la muerte fue por “asfixia por sumersión”, hay en curso cuatro causas paralelas cuya definición está en veremos.
“Lo que me dice el corazón es que pida que me devuelvan a Maxi.” Nélida Escalante sólo quiere lo imposible. A su lado, Console trata de resumir el estado de la situación. En la causa por la muerte, a cargo del juez de instrucción Alberto Baños, está resuelto ya que el chico “no se hallaba intoxicado por ingesta de drogas o alcohol”. El abogado hace la aclaración porque “lo primero que hizo la policía fue sospechar de la víctima”.
La segunda causa, a cargo de la jueza penal Silvia Ramond, investiga la presunta privación ilegítima de la libertad que sufrieron los jóvenes que acompañaban a Rodríguez la tarde del martes 29 de setiembre de 1998. Todos afirmaron que se los detuvo por una supuesta averiguación de antecedentes, en dos tandas de cuatro, con policías de la comisaría 51ª. “Mientras se los llevaban, Maxi estaba en el lago, ahogándose y la policía no hizo nada para tratar de salvarlo”, afirmó Console. En su momento, como prueba de las detenciones, se había solicitado a la jueza Ramond que allanara la comisaría. “Los chicos habían dejado marcas, en los dos calabozos en los que estuvieron, lo que les permitiría corroborar sus dichos.”
En primera instancia, la jueza Ramond, que investiga la supuesta privación ilegal de la libertad, sobreseyó al comisario Robles, pero la medida fue dejada sin efecto por la Sala Uno de la Cámara de Apelaciones de la Capital Federal, integrada por Guillermo Rivarola, Edgardo Donna y Manuel Gorostiaga. Los jueces dijeron que el sobreseimiento “luce prematuro” y ordenaron a la jueza que proceda a tomarle declaración a todos los policías que intervinieron, incluido Robles.
Por último, la familia inició una causa para pedir un resarcimiento económico. El reclamo apunta al Gobierno porteño, por ser un paseo público; a la empresa Aguas Argentinas, responsable del mantenimiento del lago –el cuerpo quedó atrapado “por las algas que fueron sembradas por el hombre”, y a la Policía Federal.

 

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