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BECERRA CUESTIONO A LA CAMARA DE CASACION PENAL
"Fue un razonamiento forzado"

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El procurador general de la Nación dijo que la sentencia que liberó a los skinheads agresores de Claudio Salgueiro "se apoyó, fundamentalmente, en un examen fragmentario".


Por Irina Hauser
t.gif (862 bytes)  La Cámara de Casación Penal que perdonó a los tres skinheads que golpearon a Claudio Salgueiro gritándole frases antisemitas vulneró el principio constitucional de no discriminación y persecución por cuestiones de raza, religión o ideas políticas. Así lo consideró en un dictamen el procurador general de la Nación, Nicolás Becerra, quien cuestionó a los camaristas Alfredo Bisordi, Juan Carlos Rodríguez Basavilbaso y Liliana Catucci por haber usado en su fallo un "razonamiento forzado" que ignora "la ideología" que profesan los skins. De esta manera le sugirió a la Corte Suprema que hiciera lugar al recurso de queja presentado por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).

"Judío de mierda, te voy a matar, judío apestoso", recordó Salgueiro los insultos de sus agresores cuando declaró ante la Justicia. "Muerte a los stones, muerte a los rockeros, muerte a los judíos (...) Heil Hitler", vociferaban. La contundencia de las palabras no convenció a los jueces de casación. Terminaron liberando a los imputados Andrés Paszkowski, Luciano Griguol y Orlando Raúl Romero Da Silva anulando el fallo de un tribunal oral que los había condenado a tres años de prisión efectiva por lesiones agravadas por actitudes discriminatorias.

A entender de Bisordi, Rodríguez Basavilbaso y Catucci, no quedaba claro si los skinheads habían agredido a Salgueiro, "porque era judío, stone, roquero, boliviano, peruano, paraguayo..." y que hubieran actuado del mismo modo "cualquiera que hubiese sido la raza o religión de aquel a quien se proponían atacar".

Al respecto, Becerra fue lapidario: "Sólo una interpretación absurda de los dichos de la víctima puede conducir a la descalificación que propone la Cámara de Casación", planteó. "La sentencia casatoria se apoyó, fundamentalmente, en un examen fragmentario y forzado", añadió. El dictamen no es vinculante, pero deberá ser analizado por la Corte Suprema para emitir su propia resolución.

En su texto el procurador dice que el fallo de casación reviste "gravedad institucional", "involucra y afecta a toda la comunidad", y señala que "una institución del Estado no puede fundamentar sus sentencias con afirmaciones tales como que 'Heil Hitler' sean simplemente un grito de guerra y no actos discriminatorios" porque viola la Constitución.

"No debe perderse de vista --añade-- que todavía es fresco el recuerdo de los atentados a la Embajada de Israel y contra la sede de la AMIA y la situación mundial registra un rebrote de ideologías racistas y xenófobas".

En nombre de la APDH, Simón Lázara interpretó el dictamen como "un positivo replanteo para que se aplique la Ley Antidiscriminatoria". El titular de la DAIA, Rogelio Cichowolsky, celebró que los términos de Becerra "coincidan con los que planteamos nosotros".

Al margen, ambas organizaciones no gubernamentales esperan con gran expectativa que este martes la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura trate el pedido de destitución que formularon contra los tres camaristas cuestionados.

 

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