Por Martín Granovsky En una decisión
internacional sin precedentes por su alcance masivo, el juez español Baltasar Garzón
pidió la captura internacional de 97 represores argentinos, que suman 98 con el marino
arrepentido Adolfo Scilingo. Para la Argentina, el pedido de arresto supone un seguro
reclamo de extradición, que probablemente llegará después del 10 de diciembre. La
Alianza no criticó a Garzón, como Carlos Menem, y prometió respetar absolutamente
la Constitución. Sin embargo, dejó en el tintero su formulación original:
Dejaremos que actúe la Justicia. El pedido del juez español, que confirma
una primicia publicada el jueves pasado por Página/12, pide a Interpol la captura de los
principales responsables o sospechosos argentinos de violaciones a los derechos humanos
durante la dictadura, entre ellos los miembros de las primeras juntas y el diputado
nacional electo Antonio Domingo Bussi, señor de la vida y de la muerte en Tucumán. Es la
primera vez que Garzón no excluye al territorio argentino cuando dicta una resolución
judicial. El documento de ayer, en cambio, incluye sin duda a la Argentina en el punto
decimotercero. La medida de prisión, ineludible para poder librar las
correspondientes órdenes de detención internacional a efectos de extradición, se
extiende a todos los casos, salvo al ya mencionado del Sr. Scilingo, dice Garzón. Y
aclara: Asimismo, las referidas órdenes de detención han de ser expedidas sin
restricción especial o territorial alguna. O sea, incluyendo a la Argentina. Como
para que no queden dudas: Es decir, que Interpol deberá darle curso a todos y cada
uno de los países que forman parte de la misma. Y por ende, una vez averiguado el
paradero de cualesquiera de los procesados, debe ser ejecutada por la autoridad policial y
judicial que corresponda, incluido, por supuesto, el país de la nacionalidad de los
procesados, dado el carácter extraterritorial de los presuntos delitos que se imputan y
los convenios multilaterales y bilaterales en vigor, por encima de otros criterios ajenos
al estrictamente jurídico que aquí se mantiene. El pedido de Garzón cita el
tratado de asistencia jurídica mutua entre la Argentina y España, recordó a este
diario Carlos Slepoy, querellante en el juicio español. En el artículo 3 del
tratado, de marzo de 1987, que entró en vigor en 1990, se dice que son objeto de
extradición los delitos que figuren en una convención internacional que los dos países
hayan firmado, incluidos entonces los delitos de genocidio y tortura, explicó.
Anticipándose al futuro, Slepoy aclaró que la Justicia, cuando reciba un pedido de
captura, no debe juzgar si los hechos ocurrieron o no. Debe analizar si los delitos que se
imputan también lo son en el país de que se trata. El texto fue rechazado por el
gobierno de Menem, quien ya había ordenado por decreto en 1998 no colaborar con Garzón,
lo cual le valió un pedido de procesamiento por obstrucción de justicia de parte de los
diputados Jorge Rivas y Alfredo Bravo, socialistas de la Alianza. El gobierno electo
eligió dilatar la definición y solo fijó una posición en defensa de la legalidad. u Al
salir del Senado, donde había ido de visita, Fernando de la Rúa dijo que el pedido de
Garzón en realidad no incluía la solicitud de capturas en territorio argentino. No
es operativo en el país, según me dicen los técnicos, trató de apoyarse el
Presidente electo. u Su vocero, Darío Lopérfido, dijo que el futuro gobierno resolverá
cualquier pedido de extradición cuando se produzca. u El principal asesor jurídico de De
la Rúa, Ricardo Gil Lavedra, afirmó a Página/12 que vamos a respetar
absolutamente la Constitución, la ley argentina y los tratados internacionales, y no nos
vamos a apartar un ápice de la legalidad. En declaraciones formuladas al salir de
un encuentro con De la Rúa Gil Lavedra dijo sobre el pedido que enprincipio, no es
extraditable. Otro punto en contra, de acuerdo a la óptica de Gil Lavedra, es el
hecho que la mayoría de los militares ya hayan sido juzgados en el país aunque luego las
leyes de Obediencia Debida y Punto Final los hayan eximido de las consecuencias. Ese punto
separa este pedido de Garzón de la situación del ex dictador chileno Augusto Pinochet.
Hay una diferencia muy clara: jamás hubiera existido un pedido de extradición si
Chile hubiera juzgado a Pinochet. Así Chile podría haber defendido su propio
ordenamiento, precisó.Para dejar solo esas definiciones, que no cierran el camino
de enviar un eventual pedido de extradición a la Justicia pero tampoco lo prometen, De la
Rúa y sus asesores se basaron en razonamientos políticos y en la información de que
disponían. El razonamiento respondió a una pregunta: ¿para qué ser contundente ahora
si el hecho no se produjo y De la Rúa aún no gobierna? Este diario preguntó por qué no
serlo, pero no obtuvo una respuesta convincente de ninguno de los consultados, todos ellos
figuras de primer nivel que pidieron reserva de identidad. No hay decisión de
apartarse de la posición original, pero no hay por qué apurarse, dijo uno de
ellos. Al final de la reunión de la Internacional Socialista, De la Rúa prometió que
dejaría actuar a la Justicia en un caso de extradición. Después repitió el criterio
cuando cuestionó la negativa del gobierno argentino a extraditar a Lino César Oviedo a
Paraguay. La segunda parte de la decisión se debió a que las agencias internacionales,
durante el día, no habían citado textualmente el párrafo que figura al principio de
esta nota, sobre la no exclusión de la Argentina. Cuando De la Rúa fue al Senado solo
conocía los cables, cuando salió ya las novedades se habían producido y después le
pareció demasiado tarde para otra cosa que no fuese una formulación general. La
posición deliberadamente genérica de la cúpula de la Alianza contrastó con la de uno
de los candidatos a ministro de Defensa, Antonio Berhongaray. Estoy en contra de las
extradiciones, dijo al noticiero de Azul. Solo me pronunciaría a favor cuando
nos permitan a nosotros juzgar a los militares norteamericanos por su actuación en
Vietnam. El senador no aclaró si presentará una denuncia ante un juez.
Siete diputados frepasistas hacen punta Siete diputados del Frepaso presentaron ayer un proyecto de resolución en el
que piden que el Poder Ejecutivo dé curso a la orden de captura internacional a fin
de extraditar a todos los ciudadanos argentinos procesados por terrorismo y
genocidio en España. El socialista Jorge Rivas autor del proyecto,
Alfredo Bravo, Héctor Polino, Jorge Giles, Marcela Bordenave, Rubén Giustiniani y
Gustavo Galland pidieron que el Ejecutivo se limite a honrar la Constitución
nacional y los tratados internacionales suscriptos por nuestro país. Algunos de
estos legisladores ya habían solicitado la derogación del decreto mediante el cual el
presidente Carlos Menem le negó asistencia jurídica al juez Baltasar
Garzón. En esa oportunidad argumentaron que el decreto implicaba la violación a lo
establecido en el tratado de extradición y asistencia judicial firmado entre la Argentina
y España. En el mismo sentido, los organismos de derechos humanos exigieron ayer la
derogación de ese decreto. El proyecto de los frepasistas está dirigido al actual
Ejecutivo. Sin embargo, como se prevé que la solicitud de extradición de Garzón llegue
a la Argentina después del 10 de diciembre, las palabras de los diputados podrían
aplicarse también al futuro gobierno: Resultaría particularmente grave
aseguraron que el Poder Ejecutivo insistiera en deshonrar los tratados
suscriptos por nuestro país con España y en sostener la impunidad de los criminales de
la última dictadura. |
No harán nada Hebe de Bonafini (Asociación de Madres de Plaza de Mayo) Nos parece
bárbaro lo que hizo Garzón, pero somos realistas. Menem ya dijo que no y De la Rúa no
ha hablado de derechos humanos durante la campaña. No creo que ahora lo vaya a hacer.
Además, la familia de la mujer de De la Rúa es de militares y sus compromisos le van a
impedir realizar la extradición. Ellos dieron la Obediencia Debida y Punto Final. Ahora
se van a ver en un brete. Lo que vamos a hacer las Madres es poner todas las baterías
para la marcha de fin de año. Allí vamos a exigir que se cumplan los pactos firmados y
los convenios internacionales. La presión popular es lo más importante. En la Argentina
ya no hay esperanza de condenar a los genocidas porque todo es una farsa, hay muchos
cómplices. Por eso las Madres vamos a generar plazas llenas en todas partes del
mundo. |
Satisfacción Adriana Calvo (Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos)La noticia me
provocó alegría y satisfacción, por todo lo que trabajamos para esto. Calculo que De la
Rúa tendrá que anular el decreto que dictó Menem y que impide colaborar con Garzón. De
la Rúa dijo que con el juicio a Pinochet estaba contento; con esto debería estarlo mucho
más. Así que esperamos que acceda al pedido de Garzón. Otra cosa que podría hacer es
anular las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y juzgar a los militares acá. La
tercera cosa, es decir, negarse o empezar a dar vueltas demostraría que son hipócritas.
Este fallo además es un potenciador impresionante. Es un reaseguro de los juicios que se
están haciendo acá. Y es una oportunidad para que los jueces argentinos empiecen a
ponerse los pantalones y se den cuenta de que pueden pasar por arriba las leyes de
impunidad porque ellos podrían declarar su inconstitucionalidad. |
Un incentivo Mabel Gutiérrez (Familiares de Detenidos Desaparecidos) Todas las
convenciones internacionales dicen que los crímenes de lesa humanidad están sujetos a
extradición. Si la Alianza hace lo que debe hacer, y espero que De la Rúa sea respetuoso
de las leyes, no tiene porqué intervenir. El decreto de Menem es una barbaridad. Sin ser
abogada, me animo a afirmar que no se puede legislar para un juicio determinado. No sé si
cabe derogarlo o anularlo. Hay que hacer lo necesario para respetar los tratados y
acuerdos entre países. Esperamos que se haga, confiar es mucho decir. El juicio de
España es un incentivo para que los militares sean juzgados aquí, que es lo que
corresponde. Sólo cuando acá se dictaron las leyes de Obediencia Debida y Punto Final se
impulsaron los procesos en el exterior. |
Una maravilla Laura Conte (Centro de Estudios Legales y Sociales)La noticia es una
maravilla. Espero que se mantenga la vigencia del derecho universal, que esto convoque a
toda la ciudadanía y que el gobierno acepte su responsabilidad para posibilitar la
Justicia. El decreto de Menem habría que derogarlo. Las nuevas autoridades lo deberían
pedir. La ciudadanía está alerta, porque esto es una demanda no sólo de los organismos
de derechos humanos sino de todo el pueblo. Existe un consenso acerca de que la impunidad
de hoy tiene que ver con la impunidad frente al terrorismo de Estado, que es la impunidad
fundante. Antes se hablaba del riesgo de la democracia. Hoy el único riesgo es perder la
dignidad. Si la Alianza no toma esta demanda, no responde a las expectativas sociales
sobre la impunidad. Esperemos que internamente sirvapara que las causas de la verdad sean
causas por justicia, como en el caso de Miguel Etchecolatz en La Plata. Esperemos que esto
concientice a los jueces, que no acepten soportar más delitos de lesa humanidad sin
condena. |
Es importante Simón Lazara (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos)La medida
es positiva porque apunta al corazón mismo de la impunidad. También es importante que en
la Argentina continúen las causas en curso que hacen que algunos de los represores
procesados por Garzón estén en prisión, como debería haber sido siempre. Ahora
esperemos que actúe la Justicia. El decreto que firmó Menem es inválido: lo era cuando
se dictó y sigue siéndolo ahora. El convenio de cooperación con España no puede ser
modificado por un decreto. Así que ni siquiera habría que derogarlo, bastaría con que
lo tiren a la basura. Por otro lado, repito que ninguno de los represores procesados por
Garzón tiene influencia en la política interna. Las condiciones políticas y jurídicas
han variado y el tema de la impunidad debe tener un tratamiento diferente del que tuvo en
el pasado. |
Una lista que mete miedo
La lista de procesados por el Juez Baltasar Garzón es la siguiente:
* Jorge Rafael Videla
* Emilio Eduardo Massera
* Omar Rubens Graffigna
* Armando Lambruschini Dellavalle
* Leopoldo Fortunato Galtieri
* Jorge Isaac Anaya
* Basilio Lami Dozo
* Cristino Nicolaides
* Carlos Guillermo Suárez Mason
* Jorge Olivera Rovere
* Antonio Domingo Bussi
* Ramón Genaro Díaz Bessone
* Luciano Adolfo Jáuregui
* Juan Carlos Trimarco
* Luciano Benjamín Menéndez
* José Antonio Vaquero
* Jorge Eduardo Acosta Aubone
* Jorge Raúl Vildoza Ostini
* Carlos Eduardo Daviou
* Luis María Mendía
* Jorge Enrique Perren
* Carlos José Pazo
* Jorge Raúl González
* Gonzalo Torres de Tolosa
* Rubén Oscar Franco
* José Antonio Suppisich
* José María Arriola
* Olegario Menéndez Salvio
* Alfredo Ignacio Astiz
* Antonio Pernías
* Juan Carlos Rolón
* Jorge García Velazco
* Pablo Eduardo García Velazco
* Francis Williams Whamond
* Ricardo Corbeta
* Raúl Enrique Scheller
* Alejandro Spinelli
* Miguel Angel Benazzi Berisso
* Hugo Damario
* Adolfo Miguel Donda Tigel
* Fernando Enrique Peyón
* Francisco Lucio Rioja
* Alberto González Menotti
* Jorge Carlos Radice
* Néstor Omar Savio
* Wis Navarro
* Aníbal Mazzola
* Víctor Cardo
* Orlando González
* Carlos Octavio Capdevilla
* Jorge Luis Magnacco
* Guillermo Antonio Minicucci
* Juan Carlos Coronel
* Néstor Enrique Werber Olmos-Cortina
* Roberto Oscar González
* Carlos Pérez
* Juan Carlos Linares
* Pedro Salvia
* Roberto Naya
* Héctor Antonio Febres
* Roberto Rubén Carnot
* Gonzalo Sánchez
* Juan Antonio Azic
* Adolfo Francisco Scilingo
* Antonio Avila
* José Rubén Lofiego
* Alberto Vitantonio
* Agustín Feced
* Angel Jesús Farías
* Víctor Hermes Brusa
* Eduardo Alberto Ramos
* Mario José Fasino
* Juan Calixto Perizzoti
* María Eva Aevis
* Juan Orlando Rolón
* Héctor Romeo Colombini
* Luis Santiago Martella
* Fernando Humberto Santiago
* Jorge Antonio Maradona
* Raúl Fernández Cutielo
* Antonio Llanos
* Alberto Luis Cattáneo
* Eugenio Antonio Barrozo o Barroso
* Robinson Luis Vera
* Mario Albino Zimmerman
* Antonio Arrechea
* Teniente Coronel Cafarena
* Benito Palomo
* Segundo Comandante de Gerdarmería La Fuente
* Risso Avellaneda
* Roberto Heriberto Albornoz
* Augusto Neme
* José Roberto Abba
* Héctor Mario Schwab
* Luis Fabián Rodríguez Quiroga
* Félix Arturo González Naya
* Américo Gómez |
El pedido
esconstitucional
Alberto Zuppi, especialista en
derechointernacional, explicó que la extraterritorialidadfue incorporada a la
Constitución en 1994.
Alberto Zuppi participó en la
extradición de Erich Priebke.Ahora, varios tratados internacionales tienen rango
constitucional. |
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Por V. G.
Alberto
Zuppi es experto en derecho internacional. Como abogado de Memoria Activa presentó la
acusación contra el Estado argentino por denegación de justicia por el atentado a la
AMIA. Como representante del Estado italiano participó del proceso de extradición del
nazi Erich Priebke. Aquí explica por qué los represores argentinos pueden ser juzgados
en España. ¿Qué sustento tiene el argumento sobre la territorialidad (que los
militares argentinos deben ser juzgados por jueces argentinos) enarbolado por el Gobierno?
Cuando se habla del caso Pinochet o del juicio de Garzón se dice que nuestro país
asume la teoría de la territorialidad. Además de las cuestiones del derecho
internacional que hacen aplicable la extraterritorialidad, hay un punto que se deja de
costado y es rotundo. Y es que en 1994 Argentina modificó la Constitución y dispuso que
una serie de tratados internacionales tuvieran rango constitucional. La convención contra
la tortura y tratos crueles y denigrantes suscripta por Argentina dice: aut dedere aut
iudicare (o entregar o juzgar). Eso es lo que firmó el país que reclama la
territorialidad. Argentina reconoció la extraterritorialidad con rango constitucional. Y
eso no admite otras lecturas.
¿El hecho de que los delitos fueran cometidos antes de la suscripción de los
tratados puede ser contraproducente?
En el caso de Pinochet lo consideraron así. Eso funciona de este modo en Inglaterra
y Estados Unidos, que necesitan traducir los principios del derecho internacional en su
derecho interno. Pero no hace falta que haya una convención para que exista un delito. El
derecho a la vida no está previsto en la Constitución y eso no significa que ese derecho
no esté protegido. En el caso Priebke la Corte Suprema de Argentina reconoció que los
crímenes contra la humanidad no prescriben y eso no está escrito en ningún lado.
¿Cómo funciona el tratado de extradición entre Argentina y España?
El tratado que regula la relación con España es de 1987. Pero con independencia
del tratado, la ley argentina le da intervención al Poder Ejecutivo tanto de entrada como
de salida. De cualquier manera Argentina demostró en el caso Oviedo que no se preocupa
mucho por los tratados. Creo que si esta Cancillería tiene que resolver sobre los pedidos
de Garzón los va a rechazar basándose en la Obediencia Debida y Punto Final. Pero la
convención contra la tortura excluye la Obediencia Debida y eso hace que esa ley sea nula
porque, cuando se dictó, la Convención estaba vigente. En ese caso Argentina violó la
Convención. Por eso, cualquier tribunal con facilidad podría decir que la ley es nula o
que tiene falencias graves.
¿Usted preferiría que los represores fueran juzgados en Argentina?
Por supuesto. Pero me es difícil pensar en una Justicia lo suficientemente
independiente para hacerlo.
PIDIO SER BORRADO DE LOS ARCHIVOS DE LA
CONADEP
Deniegan el pedido de un represor
Por Adriana Meyer
La
Justicia volvió a denegar a un represor un pedido para que su nombre fuera borrado de los
registros de la Conadep (Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas) porque
consideró que, si bien las leyes de Punto Final y Obediencia Debida imposibilitan su
juzgamiento, no pueden calificarse de falsos los datos que le imputan
violaciones a los derechos humanos. El comandante principal de Gendarmería Carlos
Omar Farías pidió también ser eliminado del sitio de Internet www.desaparecidos.org,
donde aparece como jefe del grupo de tareas de un centro clandestino de detención, dentro
de un listado de represores. Farías había presentado un recurso de hábeas data porque
consideró que su inclusión en esos registros lesiona gravemente su
aspiración de mantener su honorabilidad sin mácula, a fin de asegurar a sus hijos
la respetabilidad del apellido que llevan. La ley de hábeas data permite a los
ciudadanos conocer la procedencia de la información que existe sobre sí mismos en
archivos públicos o privados, y contempla la supresión o rectificación de esos datos en
caso de ser falsos o discriminatorios. Según la resolución del juez en lo contencioso
administrativo Martín Silva Garretón a la que Página/12 tuvo acceso, el
demandante no acreditó que la investigación efectuada por la Conadep hubiera
arrojado respecto de su persona una información falsa. El magistrado consideró que
no existe agravio moral alguno que deba repararse mediante la supresión de ese
dato, que fue consignado por un organismo que reflejó la decisión de la
sociedad toda de superar una etapa traumática de la vida nacional sobre la base de la
pacificación y reconciliación de todos sus miembros. Este diario pudo saber que
Carlos Omar Farías aparece mencionado en dos legajos de la Conadep que describen que se
desplazaba por el centro clandestino La Perla de Córdoba y que tuvo allí un alto grado
de participación. El gendarme también se quejó porque la inclusión de su nombre en
esas listas lo condena a una previsible conclusión prematura,
pero el magistrado entendió que eso es una mera conjetura porque solicitó
informes a diversos organismos oficiales sobre sus antecedentes y sólo la Secretaría de
Derechos Humanos consignó datos negativos para su tarea. Además, el juez rechazó la
petición de eliminarlo de la página de Internet por cuanto la red informática carece de
control centralizado o administrativo y la información se puede cargar en cualquier
parte del mundo.Esta es la segunda vez que la Justicia rechaza un planteo similar a
un represor. En febrero, el torturador del centro clandestino El Vesubio pretendió que
sus antecedentes fueran borrados de los legajos de la Conadep, pero la jueza en lo
contencioso administrativo Liliana Heiland rechazó su recurso de hábeas data. Y en junio
de 1997 el ex general Carlos Guillermo Suárez Mason pidió lo mismo invocando ese
derecho, pero ante la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación. Alicia Pierini
estaba a cargo del organismo en aquel momento y denegó la solicitud.
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