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MORENO OCAMPO DICE QUE SE PUEDE CUMPLIR CON EL FALLO DE GARZON
Con soberanía para juzgar en casa

El ex fiscal adjunto del juicio a las juntas considera que, más allá del debate en torno de la extradición de los represores, una alternativa cierta es procesarlos en la Argentina por delitos de lesa humanidad. De hecho, se abre un nuevo capítulo de la Justicia internacional sobre derechos humanos.

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Por Lila Pastoriza
t.gif (862 bytes)  "Es una falacia contraponer el pedido de Baltasar Garzón a la cuestión de la soberanía. La mejor forma de defenderla es juzgar el genocidio y los crímenes contra la humanidad en nuestro territorio. Si así se actuara, la extradición no procedería", afirmó a Página/12 el ex fiscal adjunto del juicio a las juntas militares, Luis Moreno Ocampo, y así salió al cruce del ardor anticolonialista expresado estos días, entre otros, por el presidente Carlos Menem y notorios represores.

"Garzón aplica leyes internacionalmente vigentes después de la Segunda Guerra Mundial. Jurídicamente tiene razón (de ahí el fallo de la Justicia británica sobre Pinochet). Los delitos por los que él pide las capturas han sido incorporados a nuestro orden jurídico a través de las convenciones internacionales y no se puede invocar la territorialidad. Hay que iniciar los juicios por genocidio", insiste quien fuera fiscal en el juicio a las juntas militares. En aquel proceso se imputó a los represores por delitos comunes como homicidios, pero no por crímenes de lesa humanidad.

En su opinión, si así se actuara, podría ocurrir que algunos de los 98 imputados por Garzón --los que han sido juzgados aquí-- alegaran el argumento de que ya existe "cosa juzgada" mientras que "otros, nunca procesados ni condenados, carecen de ese recurso y deberán ser perseguidos por las leyes internacionales". Para Moreno Ocampo el tema es político y no jurídico: "no hay extradición si Argentina o Chile juzgan. Yo creo que Chile no podía hacerlo. Y que aquí se puede pero no se quiere juzgarlos".

Las declaraciones del ex fiscal, a la vez, pueden tener un efecto tranquilizador sobre quienes, como el ex presidente Raúl Alfonsín, han expresado su preocupación ante la posibilidad --"incomprensible", dijeron-- de que los imputados sean llevados a los tribunales de otro país. Más allá de las diferencias entre los 98 casos requeridos, si la Justicia argentina cumple sus compromisos internacionales, no parece haber ningún riesgo de que esto ocurra.

La abogada María José Guembe, del Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) considera que "al pedido de Garzón se lo puede rechazar de plano o hacer lo que corresponde que es dar curso a la Justicia para que analice si se dan los requisitos de la extradición fijados por el tratado con España, de 1990, y nuestra legislación". Argentina --es bueno tenerlo claro antes de espantarse ante el "colonialismo ibérico" o "que otros juzguen a nuestros presos"-- puede negarse a extraditar a sus ciudadanos. La condición es casi obvia: que sean sometidos a los jueces autóctonos "no para que éstos investiguen si los imputados han cometido el hecho que se les atribuye sino simplemente para decidir si deben ser juzgados por los delitos que se les imputa".

Para los analistas, el "efecto Garzón" no es más que una expresión temprana del nuevo capítulo, aún impreciso y conflictivo, que se abre respecto de la jurisdicción internacional de los derechos humanos. Así lo transmitió a Página/12 José Manuel Vivanco, director ejecutivo de Human Wrights Watch: "Creo que el ideal es abordar y analizar el tema en forma consistente con los tratados internacionales. Se trata de una materia muy compleja y novedosa. No existen precedentes. Y, en este caso, estoy convencido de que hay que interpretar las obligaciones jurídicas de Argentina con miras a reducir los niveles de impunidad".

 

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