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Un ex alumno del Liceo Militar que dos años atrás, cuando tenía 16 años, asesinó de un balazo a un custodio de la disco New York City, fue condenado a nueve años de prisión por homicidio simple y doble homicidio en grado de tentativa. La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral de Menores Nº 1. La víctima tenía 25 años, hacía una semana que trabajaba como patovica en el boliche del barrio de Colegiales y una semana después iba a casarse. El adolescente le disparó en represalia porque el custodio, junto con otro guardia, lo había sacado poco antes por la fuerza, luego de que protagonizara una pelea en el interior del local.El fallo fue leído en la noche del miércoles y recayó sobre Ariel De N., quien actualmente tiene 18 años y estaba detenido en un instituto correccional de menores. El fiscal Ricardo Farga había pedido para el adolescente una pena de 14 años de cárcel, pero en cambio no acusó a otro joven, Nazareno Eloy Romero, que condujo la camioneta en la que Ariel regresó a la disco en la madrugada del 2 de diciembre de 1997. Al no existir acusación fiscal, Romero, de 21 años, fue absuelto y recuperó la libertad, tras permanecer dos años en el penal de Caseros. Tenía 18 en el momento del hecho.Durante las audiencias, que se realizaron a puertas cerradas por haber un menor involucrado, Ariel de N. reconoció haber vuelto aquella noche a New York City, pero no pudo recordar qué fue lo que pasó. El muchacho adujo que estaba borracho. Sus palabras fueron corroboradas por Romero. Pero Romero aseguró que desconocía que su amigo portaba un arma, y menos aún, qué había ocurrido previamente dentro del boliche. La tragedia, que tuvo amplia repercusión en ese momento y generó una polémica sobre la seguridad en las discos, se desencadenó pasadas las 5 de la mañana, cuando el custodio Carlos Daniel Pizzio y otro guardia tuvieron que intervenir para separar al adolescente y otro chico que se estaban peleando, durante la fiesta de egresados organizada por alumnas del colegio religioso Patrocinio San José, del barrio porteño de Belgrano. Ariel se retiró del lugar luego de forcejear con los patovicas. Minutos después, retornó a bordo de una camioneta de color rojo conducida por Romero. Armado con una pistola 9 milímetros, Ariel se bajó del vehículo y encaró resueltamente al custodio Pizzio, contra quien efectuó tres disparos. Dos de ellos destruyeron los vidrios de la puerta de entrada al local bailable y el tercero hirió al guardia a la altura del abdomen. Pizzio fue trasladado al Hospital Pirovano, pero falleció minutos antes de las 9 a consecuencia de las heridas provocadas por los balazos. El Tribunal, integrado por Eduardo Albano, Marcelo Arias y Jorge Velazco, condenó a Ariel por homicidio simple en perjuicio de Pizzio y tentativa de homicidio reiterada (en dos hechos) respecto de los patovicas que acompañaban a la víctima en la puerta de la disco. Para estos delitos, el Código Penal contempla penas de entre 8 y 25 años de cárcel. Al determinar el castigo de 9 años de prisión, los camaristas tuvieron en cuenta la falta de antecedentes del joven, y su buena conducta en el instituto en el que está alojado, donde continúa sus estudios secundarios. Luego de disparar contra el custodio, Ariel volvió a subirse a la camioneta roja y escapó del lugar a toda velocidad. Estuvo prófugo durante 6 horas y luego fue localizado por la policía en la casa de sus abuelos, en el barrio porteño de Saavedra. La pistola fue encontrada en la terraza de una vivienda vecina. Cuando fue baleado, Pizzio tenía apenas una semana de antigüedad en New York City. Una semana después tenía planeado casarse con su novia Luján. Previamente había sido custodio del grupo bailantero Volcán. Su función era mediar entre los cantantes y sus fans. Roberto Fontana, representante de Volcán, lo recordó en aquel momento como un tipo muy respetuoso, que nunca pegaba y se hacía entender hablando. Entre sus proyectos figuraba montar un gimnasio. Regularmente enviaba dinero a su familia, que vivía en la localidad entrerriana de Chajarí, adonde fueron enterrados sus restos.
SANCIONES POR NO PASAR ALIMENTOS La Legislatura porteña aprobó ayer la ley que estipula sanciones contra los padres separados que no cumplan con las cuotas alimentarias para sus hijos. La norma creó también un Registro de Deudores Alimentarios Morosos para quienes adeuden tres cuotas consecutivas o cinco alternadas. La flamante ley establece que quienes no paguen lo que corresponda para mantener a sus hijos no podrán, entre otras cosas, abrir cuentas corrientes, sacar el registro de conductor, acceder a tarjetas de crédito, ser designados como funcionarios jerárquicos en ninguno de los poderes y organismos de la ciudad, además de lo cual estarán inhibidos de gestionar y transferir habilitaciones, hasta tanto regularicen su situación.La normativa, que fue aprobada por unanimidad y entrará en vigencia en los próximos diez días, establece en relación con el nuevo Registro que la inscripción en él se hará por orden judicial, ya sea de oficio o a pedido de parte. El moroso será dado de baja en el Registro, por resolución judicial, una vez que se haya cancelado la deuda. Según quedó establecido, a partir de la entrada en vigencia de la ley, todos los organismos oficiales de la ciudad tendrán vedada cualquier transacción u operación económica con quienes se encuentren incluidos como deudores en el temido listado. Para concretar transferencias de habilitaciones de negocios e industrias será requisito indispensable la presentación de un libre deuda que otorgará el Registro.No es tolerable que las personas ejerzan graciosamente sus actividades comerciales desligándose de las obligaciones alimentarias, expresó al respecto el vicepresidente segundo del bloque de la Alianza, el socialista Raúl Puy, quien agregó: No está en nuestro espíritu poner trabas al ejercicio del comercio, pero no es posible permanecer indiferentes ante esta problemática. El Registro es la respuesta legislativa a la cuestión.
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