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Por Adriana Meyer Los dictadores latinoamericanos no sólo serán perseguidos por los juicios iniciados en el exterior. Hace pocos días el juez Adolfo Bagnasco recibió una denuncia para investigar la desaparición forzada de personas como delito permanente cometida durante la Operación Cóndor. Augusto Pinochet, Jorge Videla, Alfredo Stroessner y otros catorce jefes de la represión intercontinental fueron acusados como autores mediatos y en el futuro podrían ser incriminados también sus subordinados. La iniciativa es de los abogados Alberto Pedroncini, defensor de instituciones de derechos humanos, David Baigún, profesor consulto titular de la Facultad de Derecho de la UBA, Albor Ungaro, ex camarista, y Carlos Zamorano, copresidente de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y ex preso político. En esta entrevista con Página/12 describen el reto que emprendieron. --¿Por qué decidieron impulsar este megajuicio en Argentina? Pedroncini: --El motivo coyuntural fue la consolidación de jurisprudencia de avanzada muy reciente: el fallo de la Corte Suprema en el caso Tarnopolsky, que reconoció el carácter de delito permanente a la desaparición forzada, y que por lo tanto estableció que no había empezado a correr la prescripción respecto de víctimas de ese delito que no han aparecido. Y el fallo de la Cámara Federal de la Capital en la causa por sustracción de menores, que sostuvo la aplicabilidad de la Convención Interamericana de Desaparición Forzada de Personas, que asegura el tema de la territorialidad, la obligación de extraditar, la imprescriptibilidad, todo bajo el concepto de crimen de lesa humanidad. Ungaro: --El siglo empezó con el surgimiento del derecho laboral. Este que viene se inicia como el de los derechos humanos, que han dejado de ser, pese a lo que dice Mariano Grondona, derecho natural si no que es derecho positivo vigente. --¿Por qué hacerlo en Argentina y no en alguno de los países que participaron de la Operación Cóndor? Zamorano: --Argentina era el refugio de una enorme cantidad de perseguidos en los países limítrofes. Y era un desafío para la DINA chilena resolver la situación que había acá. Baigún: --Las pruebas existentes en la Argentina son mucho más contundentes. P.: --Ahora se nos hizo evidente que presentar la evidencia contra Pinochet, Contreras o Stroessner, que cometieron delitos en territorio argentino, permite atacar ese gran mito que se está levantando desde ángulos chauvinistas sobre la territorialidad de la ley penal. Vamos a demostrar que Pinochet y los demás fueron los dirigentes de un plan terrorista internacional cuyo escenario principal fue la Argentina. Los fundamentos de la defensa de Pinochet en base a la territorialidad de la ley penal caen cultural e ideológicamente ante la evidencia de que cometió delitos no sólo en territorio chileno. U.: --La Operación Cóndor fue un tratado clandestino para el terror (se enfervoriza). ¡Los que ahora se quejan del abuso de las fronteras o invocan la soberanía jurídica no tuvieron empacho en avanzar sobre cualquiera de los países para entrar y salir llevándose prisioneros! --¿Influyó en su iniciativa la reciente resolución del juez español Baltasar Garzón, que pidió la captura de varios represores argentinos? P.: --La querella estaba firmada y se iba a presentar el mismo día en que se conoció el fallo de Garzón. Ese proceso iba en una dirección concurrente al nuestro. Y para plantear el Plan Cóndor como una responsabilidad de los dictadores latinoamericanos en común necesitábamos tener bases sólidas y esas bases están en la nueva jurisprudencia que mencionábamos recién. Al plantear una cuestión así no se puede sufrir una derrota con tal de ser pioneros. --¿Este nuevo juicio puede ser usado como argumento por quienes se oponen a las extradiciones pedidas por Garzón? Es decir, los juzgamos acá para que no los juzguen allá... P.: --Este proceso no comprende los delitos de genocidio, terrorismo, tortura y homicidio, con lo cual nos autolimitamos para no superponernos con esos procesos que se dan no sólo en España. B.: --Son movimientos concurrentes y complementarios. Los militares pueden ser remitidos al exterior y juzgados allá sin perjuicio de estas tramitaciones. No hay interferencias. Y de ninguna manera se hizo para neutralizar esos pedidos de extradición. Z.: --De todas maneras, quisiéramos que fueran juzgados aquí porque los demás países intervienen cuando acá hay impunidad. --¿Es un desafío para la Justicia argentina? U.: --Por supuesto, porque todavía la presión del Estado represor sigue vigente en el Poder Judicial. Nadie le quiere poner el cascabel al gato pero confiamos en que se lo pongan. --¿Los imputados podrían ir presos? B.: --Sí, claro que sí, por privación ilegal de la libertad. P.: --A la Justicia chilena se le plantea un gran dilema. Si alguna vez Argentina llega a pedir extradiciones no puede invocar el argumento de la territorialidad porque nuestro país estaría ejerciendo la jurisdicción que surge de un tratado interamericano del cual ambas naciones son firmantes y que obliga a aceptar el enjuiciamiento del país en que se cometieron los delitos o del cual son nacionales las víctimas. --¿Cuál fue la participación concreta de los Estados Unidos en ese plan? Z.: --Tengo la convicción de que la CIA subordinó a la DINA chilena. --¿Podrían llegar a imputar a personajes como Henry Kissinger? Z.: --Puede ser una posibilidad remota desde el punto de vista fáctico pero jurídicamente es sólida.
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