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OPINION
Qué puede hacer el Congreso
Por Simón Lázara (*)

La Cámara de Diputados tiene ante sí el histórico desafío de resolver las múltiples impugnaciones presentadas contra Antonio Domingo Bussi. De hecho, sin temor a errar, no existe precedente parlamentario de alguien que haya sido acusado de un cóctel tan peligroso institucionalmente: crímenes masivos, torturas, disposición de menores, enriquecimiento ilícito, evasión impositiva, mentiras múltiples, administración irregular son algunas de las imputaciones que obran en su contra.Hay quienes sostienen que la impugnación debió haber sido a su candidatura, puesto que ése era el momento correcto. Esto no es cierto. Cada Cámara es juez de los títulos de sus miembros y esto hace que el momento de la incoporación sea el adecuado para considerar la ideoneidad y habilidad para ejercer la representación del portador del título. Por otra parte, la decisión del Congreso es una facultad explícita y exclusiva de la Constitución, por lo cual no es judiciable y puede ajustarse a las circunstancias. Es la interpretación que el Congreso hace de la Constitución y de las condiciones para integrarlo.Existe un debate abierto en torno a la mejor resolución a adoptar. Una proposición es la de “incorporar a Bussi y enviar todo el tema a que lo considere la Comisión de Asuntos Constitucionales”. Esta es una solución tan errónea como peligrosa. Primero, porque procura diferir el tratamiento del asunto. Segundo, porque así se rechazan las impugnaciones y Bussi se incorpora de pleno derecho a la Cámara, que después debería “corregirlo”, según la Constitución. Acá de lo que se trata es de que no se incorpore al Cuerpo. Otra proposición, formulada ésta por el Presidente Menem, dice que “debemos respetar el voto popular y esperar las decisiones de la Justicia”. En primer lugar, la APDH ya explicó que no se discute la representatividad, sino la idoneidad para ejercerla, de manera que el voto popular se respeta, ya que para algo se eligen los legisladores suplentes, que sustituyen a los titulares. En segundo lugar, de esta manera la Cámara de Diputados renunciaría a su función constitucional irreemplazable de ser juez de los títulos y conducta de sus miembros, transfiriendo esa responsabilidad a la Justicia que, si bien puede y debe actuar, en este caso debería hacerlo después de la decisión de la Cámara.Y esto sin tomar en cuenta que el menemismo protegió a Bussi en las causas judiciales: el presidente de la Cámara de Diputados, Pierri, no contestó a cuatro oficios del juez Maturana en causa por falsedad ideológica, que así está paralizada. Y la Administración Federal de Ingresos Públicos no respondió a los pedidos judiciales en las causas por enriquecimiento ilícito y evasión impositiva, demorándolas a sabiendas.La solución está en aplicar la Constitución y el reglamento de la Cámara, que a todos los efectos es ley para el cuerpo. La Comisión de Peticiones Poderes y Reglamento debe considerar las impugnaciones, escuchar a los impugnantes, otorgar el debido derecho de defensa, completar las informaciones necesarias y emitir un despacho. Este tiene que ser considerado por el plenario de la Cámara y aprobado o rechazado. Este es el camino legal y transparente. La decisión de la Cámara de Diputados debe adoptarse sobre la base de criterios de moral republicana y ética democrática, sostenida en la Constitución y en la ley. Y, la verdad, según la Constitución, su letra y espíritu, Bussi no puede ser diputado de la Nación.Diputado nacional y vicepresidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos.

 

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