Por Cecilia Sosa Casi un año después de que
la UBA decidiera dar de baja a sus docentes mayores de 65 años, la Justicia Nacional de
Primera Instancia declaró inconstitucional la resolución, así como el artículo 51 del
estatuto universitario, por considerarlos discriminatorios. La decisión fue tomada por el
juez Ernesto Marinelli en la causa iniciada por un profesor de la Facultad de Ciencias
Sociales, el sociólogo Juan Carlos Marín. Es una gran conquista festejó
Marín, en diálogo con Página/12. El artículo es discriminatorio porque toma la
edad como único criterio para imponer la exclusión. Al declarar la
inconstitucionalidad del artículo, no puede volver a ser aplicado en ningún caso. Sería
contrario a la Constitución, que es la norma de las normas opinó el abogado de
Marín, Manuel Gaggero. La UBA va a tener que convocar a una asamblea universitaria
para modificar o derogar el artículo, siguió. El fallo de Marinelli, del Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1, sólo declara la
inconstitucionalidad y la nulidad de la norma respecto del profesor Marín.
Con todo, sus argumentos cuestionan los fundamentos del artículo 51 del estatuto (que
estipula el tope de 65 años para ejercer la docencia) y reinstala un debate que
convulsionó a la comunidad educativa a fines del año pasado e inicios del actual, tras
que Página/12 revelara el conflicto. A lo largo de 24 carillas, Marinelli rebate la
constitucionalidad del artículo y, por ende, la de la resolución 1377/98 del Consejo
Superior, que estipuló la baja de todos los docentes mayores a partir de marzo pasado. El
eje de su exposición (para más detalles, ver aparte) es que la exclusión sólo opera
en razón de la edad, en cuya virtud se realiza una inferencia relativa a la aptitud
e idoneidad de los docentes universitarios de manera que aquellas condiciones quedan
excluidas a partir de los 65 años, que resulta ostensiblemente contrastante con la
perspectiva que ofrece la propia realidad, dice. Y agrega que, luego de más de 30
años, la norma (cuya versión vigente data de 1966) ha devenido irrazonable.
Consultados por este diario, funcionarios de la UBA aseguraron que aún no llegó la
notificación oficial, por lo que se abstuvieron de opinar. Cabe suponer que el debate que
se viene girará en torno a la autonomía universitaria. Si la UBA decidiera apelar, la
causa pasará a la Cámara Federal de Apelaciones y, si el fallo es ratificado, deberá
expedirse la Corte Suprema. Sería aberrante que apelara se indignó
Marín. Es un artículo discriminatorio porque excluye por razones biológicas. La
edad no es ni indicadora de sabiduría, ni de estupidez. Pero contra ella nada se puede
hacer. No puedo detener el tiempo, dijo. En caso de no apelar, la salida sería la
convocatoria de una Asamblea Universitaria (integrada por el Consejo Superior, el rector,
los decanos y todos los consejeros directivos) para modificar el estatuto. En febrero
pasado, el rector y los decanos defendieron públicamente el artículo 51 y se opusieron a
convocar a una asamblea. No va contra la autonomía dijo Gaggero.
Ningún estatuto autónomo de ninguna entidad o corporación puede estar en contra de la
Constitución, que es la base de nuestro orden. La controversia por la
jubilación compulsiva nació a fines del 98, cuando el Consejo Superior
resolvió que todos los docentes mayores de 65 debían ser dados de baja, y que sólo
podrían seguir enseñando si eran nombrados profesores eméritos o consultos, o si la
facultad decidía recontratarlos. Pero, en todos los casos, trabajarían ad honorem o con
los salarios mínimos. Tras una ardua polémica, un verano signado por denuncias de
discriminación, recursos de amparo y proyectos de derogación, el Consejo Superior
decidió, en su primera sesión del 99, poner reversa y autorizar a las facultades a
recontratar a sus docentes por los sueldos que consideraran adecuados. Ese fue el caso de
Marín, que pudo seguir al frente del taller de investigación sobre Cambio Social que
dicta hace 12años. Pero, pese a ello, Marín no abandonó la lucha. Consideré que
la injusticia continuaba. El artículo 51 era ignominioso y había que cambiarlo. Era un
problema moral, dijo el profesor, ahora avalado por la Justicia.
Los argumentos del juez Aquí, algunos fragmentos del interesante fallo del juez Ernesto Marinelli:
La validez de los regímenes de `jubilaciones
compulsivas (...) dependerá de la razonabilidad que exhiban las normas limitativas
del derecho a trabajar (...) Cuando la norma se presente irrazonable, deberá preferirse
el derecho a trabajar que intente defender la persona afectada por la medida segregativa,
pues dicha situación dará cuenta de la existencia de discriminación por razón de la
edad; y ello sin perjuicio del derecho que siempre le asistirá de retirarse de la
actividad y acogerse voluntariamente al régimen jubilatorio.
El
carácter discriminatorio de la norma no cambia por la circunstancia de que se aplique a
todos los docentes que se encuentren en la mismas condiciones, pues lo único que esto
significa es que cuando lleguen a la edad límite (...) todos ellos serán sujetos de
idéntica discriminación.
Las
personas afectadas cuentan a su favor (...) con la clara protección de la garantía
constitucional proscriptiva de cualquier forma de discriminación, por manera que si la
reglamentación resulta dudosa u opinable, entonces la norma infraconstitucional debe ser
invalidada.
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RENUNCIO CHERVATIN EN ECONOMICAS
Jaque mate al decano
Por Javier Lorca
Fue jaque
mate. Como adelantó Página/12 el martes, Juan Carlos Chervatín presentó su renuncia al
decanato de Ciencias Económicas (UBA), debido al enfrentamiento que sostiene con la
mayoría del consejo directivo. Mientras, las oficinas de la facultad siguen tomadas por
el centro de estudiantes, que no afloja en sus reclamos. Destronada, la facultad debe
elegir un nuevo decano en los 15 días posteriores a la próxima sesión del consejo.
Durante el interregno, debería asumir el vicedecano Carlos Degrossi, integrante del
bloque que impulsó la remoción de Chervatín. Pero ahí se centra la nueva disputa. El
principal reclamo del centro estudiantil al que supedita el levantamiento de la
toma es justamente que también renuncie Degrossi. Si quiere asumir como
decano, no va a tener oficinas dónde trabajar, advirtió Emiliano Yacobitti (Franja
Morada), titular del centro. El lunes debería sesionar el consejo directivo, pero los
militantes ya avisaron que lo van a impedir. Entre tanto, los dos sectores de la Alianza
enfrentados siguen cruzando denuncias. Los estudiantes de la Franja nosiglista y de la
agrupación Manuel Belgrano (MNR-Frepaso) que apoyan a Chervatín aseguran que
el vicedecano y su bloque son responsables de la existencia de ñoquis y
sobresueldos en la facultad. La otra parte retruca que, si hay
irregularidades, el culpable es el decano saliente, por haber firmado las resoluciones
cuestionadas.La novela de Económicas promete más capítulos: pese a que el bloque que
apoya a Degrossi tiene mayoría en el consejo, también tiene oposición segura, además
de la estudiantil. A un consejero por los alumnos fiel a Chervatín, se sumaría el propio
ex decano, que volvería a ocupar su banca en el claustro docente.
OPINION
Y se hizo justicia
Por Inés Izaguirre * |
Con
la jubilación obligatoria de los docentes, la UBA transmutaba en deber una conquista de
los trabajadores: el derecho a jubilarse. El deterioro económico padecido por la
universidad durante el gobierno menemista produjo la indefensión de la comunidad
educativa frente a la flexibilización y el ajuste. Si el deterioro no fue mayor es porque
aún pervive la fuerza moral de la Reforma de 1918, que construyó la universidad
pública, gratuita y autónoma. Tras la decisión vergonzante del Consejo Superior (tomada
a fin de año, con las facultades vacías), se escondía otro ajuste: se prescindía de la
acumulación intelectual y científica de muchos profesores. El argumento: la
necesidad de que los más jóvenes ocuparan los espacios dejados por los más
viejos. Mientras crecía la matrícula y disminuía el presupuesto, se eliminaban
dedicaciones exclusivas, concursos docentes y becas; los sueldos están congelados y se
pagan aumentos en negro (incentivos) a unos pocos; se impusieron criterios
burocráticos para categorizar a los docentes, y se arancelaron los posgrados. ¿Podemos
creer que las dificultades de los jóvenes derivan de los espacios que ocupan los más
viejos? Además, la medida escondía una lucha política de distinto signo en cada
facultad. En Exactas, por ejemplo, muchos viejos docentes de hoy son los que ganaron los
concursos de la dictadura (por los que el decano Klimovsky renunció, ante la negativa a
anularlos del rector Delich). En otras carreras, como Sociología y Psicología, las
cátedras habían sido ocupadas por las fuerzas armadas y sus esbirros. En Sociología se
libró una dura lucha, a cargo de los docentes que volvían y sobre todo de los alumnos,
por recuperar la carrera. A diferencia de Exactas, no quedó nadie del período anterior.
Los profesores fueron ocupando las cátedras de las que habían sido despojados. Son
otros viejos. Juan Carlos Marín está entre ésos. En Sociología, se logró
que la amenaza jubilatoria se transformara en nuevos nombramientos. Lo que probó que
todos estaban en condiciones de seguir. Marín decidió, además, librar la batalla
judicial, ya que la edad jamás fue un criterio de selección académica. Hoy, la Justicia
le da la razón. En un fallo riguroso, se demuelen los argumentos del sentido común
neoliberal. Y se muestra cómo la jubilación compulsiva es el emergente de una sociedad
injusta, que condena personas a la indigencia. Prueba jurídicamente lo que ya sabíamos
éticamente: la jubilación es un derecho, no una obligación. Que es el empleador quien
debe probar la supuesta incapacidad del trabajador. Más aún, que no sólo son
inconstitucionales las jubilaciones compulsivas de los docentes, sino todo retiro obligado
en función de la edad. El artículo 51 es inconstitucional, y su cambio exige el llamado
a la Asamblea Universitaria.* Profesora de la Facultad de Ciencias Sociales (UBA),
investigadora del CONICET. |
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