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PROYECTO DE REFORMA AL CODIGO PENAL
Hora de mano "estricta"

En diez días, el Gobierno enviará al Congreso un proyecto que endurece las penas para casos de corrupción y limita la excarcelación en delitos como la tentativa de robo a mano armada.

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Por Eduardo Videla
t.gif (862 bytes)  El Gobierno nacional enviará al Congreso en diez días un proyecto de reforma al Código Penal que endurece las penas para algunos delitos cometidos por funcionarios públicos, como el cohecho y tráfico de influencias, abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con su cargo. La iniciativa también propone elevar el castigo para delitos con amplia repercusión pública, como la tentativa de robo a mano armada, que dejaría de ser excarcelable o de ejecución condicional. Y acota la escala penal para todas las figuras delictivas, para limitar la tendencia de los jueces a aplicar las penas más bajas de esa escala.

El proyecto fue presentado ayer por el ministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra, al presidente Fernando de la Rúa. Fue elaborado durante los últimos dos meses por una comisión de juristas integrada por Andrés D'Alessio, decano de la Facultad de Derecho de la UBA; José Buteler, docente en la Universidad de Córdoba y ex abogado de la familia Morales en el caso María Soledad; Edgardo Donna, miembro de la Cámara del Crimen porteña; y Eduardo Aguirre Obarrio, integrante de la Academia Nacional de Derecho.

Después de la presentación, Gil Lavedra explicó que las modificaciones "tienden a una aplicación más estricta de la ley y a una mejor utilización de las herramientas existentes". Antes de ser enviado al Congreso, el proyecto será puesto a consideración de los gobernadores de todas las provincias, en el marco del Consejo de Seguridad Interior, que --tal como adelantó Página/12-- será convocado por el Gobierno en los próximos días. En la introducción al proyecto, los juristas hacen una advertencia: "Hay que descartar la común creencia de que los aumentos de penas disminuyen la criminalidad. Un factor de mucho más peso es la esperanza de impunidad (por parte de los delincuentes). Los aumentos de penas pueden producir una sensación de alivio en la sociedad. Pero durará poco, porque pronto se verá que los delitos no disminuyen. La penas --concluyen-- han de ser las adecuadas y no severas ni leves".

Buteler explicó a Página/12 que el proyecto "otorga mayor racionalidad" a la ley penal, "mayor confiabilidad en la Justicia por parte de la población". Para ese fin, los juristas apuntaron a "limitar la discrecionalidad de los jueces a la hora de aplicar una pena, cuando existe una escala penal muy amplia". "Esto lleva a que los jueces opten por la franja menor de penas y sin expresar motivación", argumentó Buteler.

Por ejemplo, para el delito de robo a mano armada, el Código prevé una pena de 5 a 15 años de prisión. En su mayoría, los jueces optan por la franja mínima. El proyecto propone dividir en tercios esa escala y aplicar la del medio para los casos donde no haya atenuantes ni agravantes. Así, para el delito mencionado, la pena a aplicar se acota: de 8 a 12 años.

Si hay agravantes (utilización de menores, odio racial o religioso, participación de tres personas o más), a la escala media se le agregará la escala más grave. Por el contrario, si hay atenuantes (haber actuado bajo la influencia de padecimientos graves, por miseria o miedo, en respuesta a una provocación u ofensa, o si el imputado se entrega a la Justicia o repara el daño provocado), a la escala media se le agregará el tercio más leve.

El mismo criterio aplicaron los juristas para aumentar las penas a los delitos en grado de tentativa. Se trata de una respuesta a una de las situaciones que más conmueven a la sociedad: el robo a mano armada. Por lo general, cuando el delincuente es apresado, el robo se frustra, por lo que no se puede aplicar la figura de robo sino la tentativa. El Código actual --en una confusa redacción-- reduce la pena a la mitad: 2 años y medio a 7 y medio. La mínima permite la excarcelación y, en el caso de una condena, la ejecución condicional.

El proyecto, en cambio, prevé para la tentativa dos tercios de la pena que corresponde al delito consumado. Para el caso mencionado, irá de 40 meses a 10 años y no podrá ser excarcelable ni de cumplimiento condicional.

 

Las principales reformas propuestas

Artículo
1. COHECHO

Ahora:
Prisión de 6 meses a 2 años o reclusión de 2 a 6 años, e inhabilitación de 3 a 10 años para el funcionario que reciba dinero o dádivas en concepto de coima.

Proyecto:
Reclusión o prisión de 1 a 6 años e inhabilitación perpetua no sólo si recibe una coima sino si la solicita. Si produce daño al Estado, la pena será de 2 a 8 años.

Artículo
2. DEFRAUDACION Y ESTAFA

Ahora:
Prisión de 2 a 6 años para el que cometa fraude a la administración pública o acto fraudulento que ponga en riesgo la seguridad de la gente.

Proyecto:
La misma pena, pero si el culpable es un funcionario público, el castigo será de 2 a 8 años de prisión e inhabilitación perpetua.

Artículo:
3. ABUSO DE AUTORIDAD

Ahora
Prisión de un mes a 2 años a los funcionarios que dicten resoluciones contrarias a la ley, o no aplique las normas que le competen.

Proyecto
La misma pena, pero si produce un grave daño al patrimonio del Estado, sufrirá prisión de 2 a 8 años. Y, si su cargo es electivo, será de 3 a 9 años.

Artículo
4. TENTATIVA

Ahora:
Se disminuye a la mitad la pena que corresponde al delito si hubiera sido consumado. En el caso de tentativa de robo con arma, permite la excarcelación del procesado.

Proyecto:
Se eleva a dos tercios del mínimo y a dos tercios del máximo. Como el robo a mano armada tiene una pena de 5 a 15 años, la tentativa no sería excarcelable.

Artículo
5. ESCALA PENAL

Ahora:
Los jueces aplican discrecionalmente las penas de acuerdo con la escala, y tienden a acercarse a las mínimas. Ejemplo: Homicidio, de 8 a 25 años.

Proyecto:
La escala se divide en tres tercios. Si no hay atenuantes ni agravantes, el juez debe aplicar el tercio medio. Ejemplo: Homicidio, de 13 a 19 años. Con agravantes, aplicará el tercio superior, y con atenuantes, el inferior. 

Artículo
6. CONDENAS CONDICIONALES

Ahora:
En los casos de primera condena, si la pena no excede los 3 años, el juez puede disponer que se deje en suspenso.

Proyecto:
Igual que ahora, siempre que el delito no contemple una pena máxima superior a los 6 años de prisión. Ejemplo: tentativa de robo con armas.

7. MULTA

Ahora:
Si el delito fue cometido con fines de lucro, puede agregarse una multa a la pena de prisión.

Proyecto:
Para cualquier delito (incluso robo u homicidio), puede imponerse una multa en favor de la víctima o sus herederos.

 

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