OPINION
Consenso por la libertad
Por Horacio Verbitsky |
El proyecto de ley de los
senadores Jorge Yoma y José Genoud de despenalización de los delitos de calumnias e
injurias a funcionarios públicos o en temas de interés público expresa un consenso
suprapartidario que debería mantenerse en las distintas etapas de su tratamiento
parlamentario. Surge como consecuencia de una iniciativa de la Asociación Periodistas
para la Defensa del Periodismo Independiente, ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos de la OEA, asumida por los gobiernos de Carlos Menem y Fernando de la Rúa.El
Estado nacional aceptó la solución amistosa de la controversia durante el gobierno
anterior. Y el ministro de Justicia Ricardo Gil Lavedra anunció el ayer en el Senado que
el actual habilitará el tratamiento del proyecto durante el período de sesiones
extraordinarias del Congreso. Su texto, acordado con la asistencia del relator especial de
la CIDH para la Libertad de expresión, Santiago Cantón, incorpora a la legislación
argentina la norma de la real malicia, que la Corte Suprema de Justicia de los Estados
Unidos estableció hace 35 años en el famoso caso New York Times vs.
Sullivan. Según ella, los funcionarios sólo podrán iniciar juicios civiles, es
decir que no impliquen penas privativas de la libertad para los ciudadanos que los
critiquen. Y en esos juicios corresponderá al funcionario probar que la información era
falsa y que quien le emitió lo sabía y lo hizo de mala fe. Para quienes temen que esto
deje a los funcionarios públicos indefensos, vale la pena recordar el voto minoritario de
la Corte norteamericana en aquel caso famoso. Los jueces Black, Goldberg y Douglas
opinaron que la impunidad no debería ser sólo penal. La Constitución confiere a
los ciudadanos y a la prensa un privilegio absoluto e incondicional de criticar la
conducta oficial, pese al daño que puedan provocar excesos y abusos, escribieron.
Esto no deja al funcionario sin defensa. La contraargumentación y la educación son
las armas disponibles en estos casos, no los límites a la libertad de expresión.
Lo mismo vale para la Argentina, que incorporó en el artículo 32 de su Constitución la
Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos que consagra esa libertad. De
este modo, dos sucesivos gobiernos de distinto color político han intervenido en la
elaboración de una ley que ha concitado el apoyo de la Asociación de Editores, ADEPA, y
de la Sociedad Interamericana de Prensa, SIP. Hace cinco años, en cumplimiento de otra
solución amistosa acordada ante la CIDH, las dos cámaras del Congreso derogaron por
unanimidad el delito de desacato, con lo cual se inició un proceso regional que ya se ha
extendido a Paraguay, Costa Rica y Guatemala. También en este caso debería arribarse al
resultado sin voces discordantes. La Argentina se colocará de ese modo a la vanguardia en
Latinoamérica, en línea con los países del mundo que mayor respeto profesan por la
libertad de expresión, y dará un ejemplo de cómo es posible destrabar una situación
conflictiva ampliando márgenes de libertad que mejoren la calidad de vida democrática. |
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