Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira


Un atajo para revisar el Punto
Final y la Obediencia Debida

La Cámara Federal pidió precisiones sobre una denuncia contra Astiz que podría abrir el camino para el juzgamiento de represores.

El ex marino Alfredo Astiz, en una de sus visitas a Tribunales.
“Las leyes del olvido fueron sacadas a punta de pistola”, dijo Barcesat.

na08fo01.jpg (13314 bytes)

t.gif (862 bytes)  La Justicia abrió un nuevo debate acerca de la validez de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. La Sala II de la Cámara Federal solicitó a Federico Gómez Miranda –hijo del desaparecido Conrado Gómez– que fundamente por escrito la impugnación de las normas que realizó oralmente el mes pasado a través del abogado Eduardo Barcesat en una causa en la que está involucrado el ex marino Alfredo Astiz. El patrocinante de Gómez Miranda argumentó que las leyes son inconstitucionales y nulas por ser contrarias a los pactos internacionales sobre derechos humanos y por haber sido sancionadas “a punta de pistola”.
Conrado Gómez fue detenido el 10 de enero de 1977 en Buenos Aires, en un procedimiento que se extendió desde las 10 de la mañana hasta las 4 de la tarde. Gómez era abogado y miembro de una sociedad cuyas tierras y bienes fueron robadas por el dictador Emilio Eduardo Massera y su familia. Después de su secuestro, Gómez fue visto en el centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
La causa en la que fue planteada la inconstitucionalidad y la nulidad de las leyes de perdón fue iniciada a raíz de las declaraciones formuladas por el ex marino Alfredo Astiz en enero de 1998 a la revista trespuntos. Allí, Astiz aseguró que era “el hombre mejor preparado para matar políticos o periodistas” y que “todos los días vienen camaradas a pedirme que encabece una sublevación”. Estas expresiones le valieron más de una decena de denuncias por apología del delito y amenazas, además de provocar que le dieran de baja en la Armada. Gómez Miranda también lo acusó por la desaparición de su padre y pidió que el proceso sea caratulado como “genocidio”.
La impugnación de las llamadas leyes de impunidad –que en 1986 y 1987 posibilitaron la libertad de cientos de represores– fue presentada ante el juez federal Gustavo Literas, quien tuvo a su cargo el caso en primera instancia. El magistrado desestimó la solicitud hecha por Gómez Miranda y su abogado, quienes apelaron a la Cámara. El mes pasado, Barcesat hizo una presentación oral por el mismo tema ante la Sala II de la Cámara Federal porteña. Ahora, el tribunal –integrado por Eduardo Luraschi, Horacio Cattani y Martín Irurzun– solicitó que los argumentos sean expuestos por escrito ya que, antes de dar su veredicto, un fiscal debe opinar.
En la fundamentación acerca de la inconstitucionalidad y nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final Barcesat argumentará que “el nacimiento de una ley de la nación no puede ser la consumación de un delito” y que estas normas fueron “obtenidas a punta de pistola para consumar una rebelión”. El abogado también recordará, como lo hizo en su informe oral ante los camaristas, que las leyes fueron descalificadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Comisión de Seguimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) por ser contrarias a los convenios internacionales sobre derechos humanos. La querella, además, solicitará que Astiz sea juzgado por genocidio en aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, suscripto por la Argentina en 1956. Si este planteo es aceptado, podrían sumarse como imputados a este proceso los demás responsables de violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura. La apertura de un juicio por genocidio en el país haría peligrar el juicio que lleva el juez Baltasar Garzón en España.
El debate sobre la validez de las llamadas leyes de impunidad se reabrió a principios de 1998 cuando seis diputados del Frepaso presentaron un proyecto para que las normas sean anuladas por el Congreso. Finalmente, las leyes fueron derogadas, lo que no modificó la situación de quienes habían sido beneficiados por ellas. Pero un tribunal puede declarar su inconstitucionalidad y los represores podrían ser juzgados.

 


 

ALFONSIN ESTUVO CON DE LA RUA EN LA ROSADA
“El pedido de Garzón es un dislate”

t.gif (862 bytes) ”Es un dislate”, dijo ayer el ex presidente Raúl Alfonsín, fiel a su posición refractaria sobre el proceso contra represores argentinos que investiga en España el juez Baltasar Garzón. “Las leyes argentinas están por encima de la aplicación de una legislación extranjera”, remarcó. Así manifestaba su rechazo, tal como lo viene haciendo el Gobierno, al pedido de captura contra 48 militares y ex militares, policías y un civil que libró la justicia española. Esa solicitud es analizada por el juez Gustavo Literas, quien salió a aclarar que no sufre presiones políticas “de ningún tipo”.
“Dije en su momento que buscar un procesamiento en España de gente que está procesada acá es un dislate”, insistió el actual jefe de la UCR después de reunirse con el presidente Fernando de la Rúa. “El pedido de Garzón difícilmente pueda prosperar”, volvió a manifestar el ministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra, sintetizando la posición del Gobierno. “Se está pidiendo la aplicación de la jurisdicción española a hechos ocurridos en la Argentina, que han sido juzgados o están siendo juzgados por la ley argentina”, sostuvo. Y remató: “Nuestra primera misión es defender la Constitución argentina y las leyes argentinas”.
La orden de captura con fines de extradición contra 48 represores surge de un auto de procesamiento firmado por Garzón el 2 de noviembre. Al recibirla a comienzos de esta semana, el ministro del Interior, Federico Storani, la giró a Literas, el juez de turno en los tribunales federales.
En principio, el magistrado evaluó que la solicitud del juez de la Audiencia Nacional de España estaba incompleta según los requisitos que estipula el tratado de asistencia judicial entre la Argentina y España. “No hablé ni de rechazo ni de cuestionamiento”, aclaró Literas en referencia a interpretaciones que había hecho públicamente hasta el propio De la Rúa. El gobierno argentino “puede tener tranquilamente su opinión sobre el tema”, acotó el magistrado. Una vez que obtenga los datos faltantes (delitos que se le imputan a cada represor, datos personales, paradero, sellos, entre otros), resolverá la “viabilidad del arresto preventivo”.
Garzón, quien logró la detención del dictador chileno Augusto Pinochet, tiene un mes de plazo para contestarle a Literas con nueva información sobre los procesados, entre quienes figuran Jorge Rafael Videla y Leopoldo Galtieri, Emilio Massera, Domingo Bussi, Carlos Suárez Mason, Alfredo Astiz, Antonio Pernías y Luciano Benjamín Menéndez.
Nora Cortiñas, presidenta de Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora, protestó: “El Gobierno tiene que reaccionar y no es posible que para un hecho de esta magnitud que acá se ha cometido, ese crimen de lesa humanidad, se esté dando vueltas para aceptar este juicio, que es para nosotros tan importante”.
El diputado socialista Jorge Rivas, que el año pasado junto con Alfredo Bravo denunció a Carlos Menem por haber firmado un decreto que negaba colaboración a Garzón, planteó: “Es correcto, desde el punto de vista formal, que se expida la Justicia. Pero es incorrecto que el Gobierno adelante opiniones sobre cómo debería expedirse el Poder Judicial”. Según Rivas, “se dan los requisitos para que la extradición proceda no sólo por el tratado de extradición sino por el tratado bilateral”. “El tema no es tan sencillo. Por ejemplo, hablan de que debe prevalecer la ley argentina y, sin embargo, la Corte en dos casos ha hecho prevalecer el derecho internacional.”

 

PRINCIPAL