Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira


¿ESTA BIEN USAR CAMARAS OCULTAS?
De este lado del zoom ya comienza una gran polémica

Una comisaria fue condenada por pedir coimas. La prueba fue una filmación de televisión abierta, realizada con cámara oculta. En esta columna que busca abrir el debate, Rafael Bielsa ofrece pistas y plantea preguntas.

No: �En ningún caso deben usarse las cámaras ocultas para ganar un premio, para obtener la historia más barata o porque otros lo han hecho�.


Por Rafael A. Bielsa *

t.gif (862 bytes) �¿Está la platita?�, preguntó Rodolfo Galeliano, el secretario de Planeamiento de Moreno. �La platita� eran 12.000 dólares que el funcionario pedigüeñaba para habilitar una bailanta, a la que la intendencia demoraba en otorgar el permiso para funcionar. La investigación periodística filmó el funcionamiento de una estructura de chantajistas del Gran Buenos Aires, y a partir de dichos elementos la Justicia de Mercedes la desmontó, recordándose el episodio como uno de los �ejemplos� (valga la paradoja) de incumplimiento de los deberes de funcionario público. El pasatiempo fue visto por casi 1.350.000 personas y marcó el rating más alto para el uso de la cámara oculta como herramienta de investigación periodística. El segundo caso en fama y rating terminó el último martes, cuando el Tribunal Oral número dos de San Martín condenó a la comisaria Graciela Iglesias por un intento de extorsión. Las cámaras de Canal 13 la habían filmado cuando pedía coimas en Tres de Febrero.
El uso periodístico de la cámara oculta plantea íntegramente interrogantes. Al igual que al agente encubierto, al agente provocador y a la interceptación de conversaciones telefónicas, le cabe la pregunta acerca de si debe o no tolerarse la existencia de alguna forma de engaño para alcanzar la verdad y, si la respuesta es sí, ¿cuánto?
Pero existen importantes distinciones que hay que subrayar desde ya. De lo que estamos hablando es del uso de cámaras ocultas para que el periodismo de investigación cuente historias influyentes, y no del valor que puedan tener los videos así obtenidos para juzgar y condenar en tribunales a los responsables de alegados delitos. Tampoco estamos hablando de si debe admitirse o no como prueba en un juicio, por ejemplo, la escucha telefónica que Guillermo Laura hizo de una conversación con el ingeniero Paul Leclerq, donde éste le habría dicho que le pidieron una coima para resultar beneficiado en la privatización de ENTel, aunque el diálogo haya sido grabado y transcrito en acta notarial y en presencia de un escribano.
Bob Steele, director del Programa de Etica del Instituto Poynter para Estudios sobre Medios, suele comenzar sus workshops preguntándoles a los asistentes: �Y bien mis éticos muchachos, ya que estamos en el negocio de perseguir la verdad, ¿qué piensan de las cámaras ocultas?�. En un encuentro esponsorizado por la Escuela de Periodismo de Columbia, se acordó que algún grado de tergiversación es inevitable en el proceso de acceso a una información importante, y hasta los más recalcitrantes se rinden ante el supuesto de que se tratara de prevenir un holocausto nuclear. También se recordó que nunca quedó claro el modo en que el New York Times accedió a los famosos �Papeles del Pentágono�, que demostraban cómo se había forjado un colosal engaño en el proceso de toma de decisiones sobre la política norteamericana en Vietnam, y que si el periodista Daniel Ellsberg hubiese dudado la historia de su país no habría rotado hacia el lado de la verdad.
Lo cierto es que en Estados Unidos, los tribunales han ido modificando su posición desde una permisividad casi absoluta respecto del empleo de las cámaras ocultas, hasta una creciente restricción.
El programa �Prime Time Live�, de la cadena ABC, fue objeto de varias demandas, de las que salió con suerte diversa. Recientemente, llegó para ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos, el más sonado de ellos, Food Lion contra ABC.
Food Lion es una cadena de supermercados, en la que se introdujeron dos reporteras de �Prime Time Live� y filmaron cómo se remarcaba la carne para que pareciera más reciente, cómo se envasaba queso mordido por alimañas y cómo se mejoraba el aspecto de pollos para favorecer el consumo. Los hechos eran ciertos, pero la cadena de alimentos alegó que las periodistas habían cometido fraude al falsificar sus currículos para ser contratadas y grabar en secreto. El superior Tribunal de Carolina del Norte dio la razónal supermercado, y ahora se espera que la Corte Suprema liquide definitivamente el conflicto.
La prensa norteamericana ha establecido cánones muy estrictos para el empleo de cámaras ocultas; hay que responder a las preguntas siguientes: ¿es el único modo de contar una historia importante sobre un tema significativo? (Por ejemplo, no son �historias importantes� las piezas gotcha, algo comparable con lo que nosotros solemos denominar �cámara sorpresa�). ¿La cámara oculta es el último resorte? ¿Es mayor el principio al que se sirve que la inconsistencia de buscar la verdad a través de un ardid? ¿No se involucra a terceros en la acusación implícita? ¿Es suficientemente experto el periodista a cargo de la investigación? ¿Se ha discutido suficientemente con los gerentes de noticias y con consejeros legales? En ningún caso deben usarse las cámaras ocultas para ganar un premio, para obtener la historia más barata, porque otros lo han hecho o porque el tenor moral de los sujetos involucrados en la historia no es digno de respeto.
En la República Argentina existe una cantidad importante de proyectos que penalizan la difusión de imágenes o sonidos de terceros obtenidos sin su consentimiento. Los hay que implican censura previa, los que se atormentan por la difusión de �secretos políticos� (?), los que mezclan la interceptación de comunicaciones con el uso de la cámara oculta, o las actividades periodísticas con las judiciales. Desde mi punto de vista, sólo merecen consideración y debate aquellos que distinguen la intromisión en el ámbito de la intimidad del ejercicio de la libertad de expresión.
En el dominio del derecho, cuando hay un conflicto de bienes o una colisión de derechos fundamentales, como por ejemplo la protección de la reputación de las personas, por un lado, y la defensa de un interés público actual, por el otro, la ley hace una ponderación y resuelve. Así, no es ilógico en Estados Unidos, donde la prensa goza de una considerable protección y las libertades civiles vienen acrecentándola, que prensa y tribunales busquen equilibrios, una desde cánones de conducta y los otros desde la determinación de límites máximos.
Allí, los intereses en conflicto que deben resolver los jueces son más bien del tipo de derecho fundamental a la protección del honor personal versus derecho a la libertad de expresión e información por medio de la prensa.
Por el contrario, en la Argentina, los intereses enfrentados son la necesidad y el derecho por parte del público de ser informado acerca de qué hacen o dejan de hacer sus gobernantes versus la honra y la reputación de quienes gobiernan. Y por añadidura, la prensa no tiene la necesaria protección, como lo demuestra el hecho de que a partir de abril del �98, la Corte Suprema argentina concretó ocho pronunciamientos consecutivos que condicionan la libertad de expresión e información, y de que en 7 de los 8 fallos aludidos, los actores eran funcionarios del gobierno que se sentían desdichados por lo que a su respecto se había opinado o comunicado.
Por todo lo expuesto, es posible afirmar que en Argentina la prensa es el sector amenazado y el Estado, el amenazador, y dado que las doctrinas jurídico-políticas no están para cotizar igual a los valores en juego, mejor es archivar los proyectos de ley aludidos, que no faltan materias que requieran parecidos o mayores desvelos de nuestros legisladores.

* Jurista. Titular de la Sigen.

 

PRINCIPAL