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La Corte anuló un fallo-mordaza
contra el periodista Aliverti

Era una sentencia de una Cámara Civil que lo condenaba a pagar una indemnización por haber leído por radio un artículo publicado en otro medio. La Corte dejó sin efecto el fallo y ordenó que otro tribunal decida en definitiva.

Precedente: �Una sentencia favorable será un antecedente importante, especialmente para los de radio y televisión que solemos citar mucho a otros medios�, dijo Aliverti.

Eduardo Aliverti venía apelando un fallo similar al que condenó a Bernardo Neustadt.
Su �culpa� era haber leído una nota de una revista que ya no existe en un programa que ya no existe.


Por Irina Hauser 

t.gif (862 bytes) Por segunda vez la Corte Suprema anuló un fallo contra Eduardo Aliverti, quien había sido condenado por la Cámara Civil a indemnizar a Juan José Ramos, un ex funcionario del gobierno de Raúl Alfonsín, por haber leído en radio un artículo en el que se lo acusaba de haber pedido coimas. Aunque el alto tribunal no se pronunció sobre el fondo de la cuestión, dejó el terreno preparado para que la próxima resolución, que tendrá que dictar la Sala I de la Cámara Civil, sea favorable al periodista. 
Leer retazos de artículos de diarios y revistas es un acto rutinario para muchos periodistas de radio. Es parte del ejercicio de la libertad de expresión. Como parte de esa actividad natural, Aliverti leyó en el programa �Anticipos II� que conducía por Radio Belgrano en 1987, parte de un artículo publicado en la revista El Porteño en el que se responsabilizaba a Ramos, que fue coordinador de prensa del Ministerio de Bienestar Social, de haber pedido una �comisión� para pautar publicidad en una emisora mendocina. 
El ex funcionario radical entendió que el conductor de radio lo había agraviado tanto como la publicación. Por eso inició juicio contra ambos aunque, curiosamente, la revista y su director, Jorge Lanata, fueron absueltos. El expediente por daños y perjuicios contra Aliverti lleva 13 años de periplo por Tribunales y ya pasó dos veces por la Corte. 
La primera acordada de los ministros, firmada en diciembre de 1996, revocaba la decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, que había declarado al periodista culpable y lo obligaba a pagar 20 mil pesos al demandante. Según el tribunal supremo los camaristas habían procedido con arbitrariedad al evaluar que la culpabilidad de Aliverti estaba probada en base al testimonio de Ramos, quien lo había acusado de carecer de pruebas de la existencia de las supuestas coimas. La Corte admitía así la aplicación de la doctrina judicial norteamericana de la �real malicia� �de la que se desprende que un periodista que reprodujo dichos de otro no puede ser acusado si obró de buena fe, aunque se haya equivocado� pero criticaba el modo en que se la había utilizado. 
La Sala III de la Cámara Civil era la encargada de dictar sentencia otra vez. Lo hizo: en un escandaloso fallo dijo que mantenía la condena dictada por sus colegas de la Sala II y estableció que Aliverti le debía pagar 50 mil dólares a Ramos. Sin embargo, en la nueva resolución firmada el martes, la Corte Suprema advierte que �la Sala III juzgó injustificadamente que esta Corte había confirmado la condena al demandado�. �Resulta evidente �dice el fallo firmado el martes� que, al descalificar la valoración de la prueba de confesión en la que la Sala II había fundado el juicio de reproche a García (que es el verdadero apellido de Aliverti), la condena había quedado sin fundamento�. Además acusa al tribunal de haberse embarcado en �una serie de digresiones� insustanciales relacionadas con la declaración de Ramos. 
La acordada fue firmada a favor por Carlos Fayt, Augusto Belluscio, Antonio Boggiano, Enrique Petracchi y Gustavo Bossert. Adolfo Vázquez, en cambio, rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Aliverti. Y en virtud de su histórica oposición a la aplicación de la �real malicia�, no firmaron ni el presidente del tribunal, Julio Nazareno, ni el vice, Eduardo Moliné O�Connor ni Guillermo López. 
Ahora le toca emitir un nuevo fallo a la Sala I de la Cámara Civil, que deberá revisar todas las pruebas. Eso sí, lo hará con el antecedente a cuestas de las durísimas observaciones dirigidas por la Corte a los camaristas que los precedieron. 
�Siento que empieza a culminar un extenso calvario, y en caso de terminar con una sentencia favorable, será un antecedente importantísimo para todos los periodistas, especialmente a los de radio y televisión que solemos citar mucho a otros medios�, comentó Aliverti a este diario. Señaló que se trata de un caso similar al de Bernardo Neustadt, quien fue recientemente condenado por la misma sala que ahora deberá juzgar a Aliverti, a indemnizar a la jueza Elisa Matilde Díaz de Vivar, quien se sintió perjudicada por opiniones emitidas por una invitada al programa �Tiempo Nuevo�. 
�A pesar de que la Corte todavía no resuelve sobre el fondo del asunto da directivas precisas que, por lo menos para este caso, afirman el derecho a la libertad de expresión�, manifestó Ricardo Monner Sans, el abogado defensor de Aliverti. �Si un periodista lee lo mismo que publicó un medio que no fue sancionado, ¿por qué debe ser sancionado? El problema es, además, que la Corte no asume todas las consecuencias favorables al periodismo de la real malicia, si no tendríamos menos controversias judiciales. Todavía no hay una doctrina unánime en este tema, aunque ahora parezca que el alto tribunal está del lado de la libertad de expresión.� 

 

 

Unos de cal, otros de arena

No existe jurisprudencia uniforme en relación con casos de periodistas que citan a otros medios u otras investigaciones, o programas radiales o televisivos que emiten dichos de terceros. En 1998 la Corte Suprema condenó a Tomás Sanz a raíz de una demanda iniciada por Eduardo Menem por una nota publicada en la revista Humor en la que se reproducía información publicada por un semanario uruguayo referida a su presunto enriquecimiento ilícito. En 1996, el alto tribunal había fallado a favor de Joaquín Morales Solá, en base a la doctrina de la �real malicia� �aunque sin citarla expresamente�, en un juicio iniciado por un ex funcionario del gobierno de Raúl Alfonsín por información vertida en el libro Asalto a la ilusión. Ahora los ministros tienen un sus manos también el caso que afecta a Bernardo Neustadt (ver nota central).

 

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