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Por Carlos Rodríguez El gobernador Carlos Ruckauf sigue poniendo la mejilla: un juez de San Martín declaró �la inconstitucionalidad� de uno de los artículos de la reforma del Código Procesal bonaerense y dispuso la excarcelación de dos hombres que intentaron robar un pasacasete. El juez de Garantías Juan Carlos Sorondo, al rechazar la condición de �inexcarcelable� que la nueva ley impone a los robos con violencia, dijo que es un �dislate procesal� disponer la prisión preventiva de personas que, como los acusados, tienen �razonables expectativas� de recibir una pena menor a tres años, sin aplicación efectiva. Sorondo resaltó que podría darse �el verdadero absurdo de que mientras el sujeto fue inocente �la Constitución dice que todos lo son hasta que se demuestre lo contrario� debió estar preso, para recuperar su libertad al ser declarado culpable�. Esa libertad se concedería invariablemente, al final del juicio, por ser un delito menor, de condena condicional y excarcelable. Sorondo dijo que declaró �de oficio� la inconstitucionalidad de la nueva ley �porque la excarcelación es un derecho constitucional, inalienable, derivado del estado de inocencia del que goza� todo argentino hasta que no haya condena firme. Las dos personas cuya libertad fue ordenada por el magistrado son Jorge Sergio Sacco y Luis Walter Díaz, quienes fueron detenidos el 19 de marzo pasado. Ese día, simulando tener un arma de fuego, robaron a un automovilista un pasacasete luego de amenazarlo con utilizar el supuesto revólver que tenían. En esos momentos pasó un patrullero y la policía los detuvo casi de inmediato, recuperando el objeto robado. Los agentes fueron los que confirmaron que ni Sacco ni Díaz tenían en su poder arma alguna. El juez precisó que los dos acusados �no tienen antecedentes penales, son gente joven y de extracción humilde�. Con esos datos resolvió excarcelarlos teniendo en cuenta que �hay un artículo de la Constitución bonaerense que les garantiza la excarcelación a todos los habitantes de la provincia y ahora aparece esta ley (por la reforma) que en abierta oposición a ese artículo constitucional prohíbe la excarcelación para delitos menores que tienen penas en suspenso�. En el fallo, el juez cuestionó el artículo 171, inciso �F�, del nuevo Código Procesal bonaerense, modificado por la ley 12.405, promulgada por Ruckauf el 15 de marzo pasado. Ese inciso prohíbe la excarcelación en los hechos �con violencia en las personas, en los casos de robo simple� (artículos 42 y 164 del Código Penal). En los fundamentos, Sorondo sostuvo que �no constituye la excarcelación un beneficio concedido graciosamente por el juez o el legislador� sino �un inalienable derecho derivado del estado de inocencia que goza todo habitante de este suelo�. El magistrado puntualizó que el artículo 18 de la Constitución Nacional y el 10, de la Constitución bonaerense, establecen que los habitantes de la provincia son �libres e independientes� y que �nadie puede ser privado de estos goces sino por vía de penalidad, con arreglo a la ley anterior al hecho del proceso y previa sentencia legal de juez competente�. Mientras tanto, la persona en cuestión �podrá ser excarcelada o eximida de prisión� mediante �caución o fianza suficiente� teniendo en cuenta �la naturaleza del delito, su gravedad, peligrosidad y demás circunstancias� del caso. Sorondo recordó que doctrina y jurisprudencia coinciden en que �el control de constitucionalidad� es una �tarea suprema� del Poder Judicial �en ejercicio de una función moderadora fundamental�. En ese marco, el artículo cuestionado de la reforma �lejos de reglamentar el instituto de la excarcelación (...) lo cercena oponiéndosele frontalmente�. El fallo resaltó que �el encarcelamiento preventivo reconoce también fundamento constitucional�, pero su aplicación práctica está �limitada a los casos concretos de existencia de peligros procesales que la legitimen�. Y subrayó: �Desconocer esto implica ver en la prisión preventiva una pena anticipada: una pena �previa al juicio�, que como tal no sólo seríaconculcatoria� de la Constitución Nacional y de la Provincial �sino que además significaría que el legislador local (bonaerense) pueda adoptar decisiones en materia reservada al Congreso Nacional, convirtiendo a la ley procesal en instrumento de política criminal�. Para fundamentar su postura, el juez citó a constitucionalistas de la talla de Joaquín V. González, Horacio Baquero Lazcano, Néstor Sagues y Germán Bidart Campos. El juez Sorondo concluyó que �va de suyo el dislate procesal �amén de la manifiesta injusticia� que implica imponer prisión preventiva a quien tiene razonables expectativas de una pena en suspenso, decretándose una cautela desproporcionada al valor cautelado, dándose el verdadero absurdo de que mientras el sujeto fue inocente debió estar preso, para recuperar su libertad al ser declarado culpable. Nada más extraño al postulado de �afianzar la justicia� contenido en el preámbulo de nuestra Constitución Nacional�. El fallo puede ser apelado por el fiscal, en el término de cinco días hábiles.
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