Por P. V.
El
gobierno De la Rúa no utilizó la vía del decreto para forzar a que el
partido de esta noche se vea en directo por un canal de aire no sólo
porque juzgó impropia la maniobra, sino porque sabía que ni siquiera un
decreto podía desmadejar la intrincada cobertura legal que protege a los
dueños de los derechos, exponiéndose a un cierto desprestigio sin la
seguridad de lograr el cometido: que todo el país pudiera ver el partido
en directo.
En 1994, la administración Menem obligó a los dueños de los derechos a
comercializarlos a valores de mercado, dándole prioridad a la TV abierta,
mediante el decreto 304/94, derogado en 1996 porque el Congreso no
legisló la materia. Esa obligación de comercializar no puede aplicarse
al caso actual, en el que la AFA vendió los derechos al consorcio TyT
(Traffic y Torneos) en 15 millones de dólares, y éste lo revendió a
Cablevisión y Multicanal en 40 millones. Darío Lopérfido, secretario de
Comunicación, reconoció ayer a este diario que el canal oficial, ATC, no
podría participar en una puja de derechos por esos valores. Eso fue lo
que pasó con los derechos de TV del Preolímpico de Londrina, que ningún
canal compró a causa de su elevado valor, 2.500.000 dólares.
Pero el problema no lo sufrieron solamente los canales abiertos. Algunos
cables de ciudades del interior, que compiten con Cablevisión y
Multicanal, intentaron conseguir esos derechos, acudiendo a la AFA. Allí,
de acuerdo con algunas denuncias realizadas ante la Comisión de Defensa
de la Competencia, eran derivadas a TyC, y de allí a una empresa llamada
Enequis SA, que negaba ser titular de esos derechos. La pista que siguió
el Gobierno llegó a Dayco Holdings Ltd, con domicilio en Libertador al
4900, que había distribuido una carta de intención entre los cables que
no competían con Cablevisión y Multicanal, pero que se negaba a ofrecer
los derechos a los competidores.
Esa carta de intención mencionaba como tribunal de litigio los de Miami,
Florida. De esta manera, un decreto del Gobierno bien podría haber
terminado en vía muerta �la obligación de comercializar habría
chocado contra una barrera económica prohibitiva�, o sometido la
cuestión a un litigio en territorio norteamericano.
La idea que germina en la administración nacional es impulsar una
legislación como la adoptada por el Parlamento Europeo en junio de 1997,
conocida como �Televisión sin Fronteras�, cuyo artículo 3 bis reza:
�Cada Estado miembro podrá adoptar medidas, de conformidad con el
derecho comunitario, para asegurar que los organismos de radiodifusión
televisiva sometidos a su jurisdicción no retransmitan de manera
exclusiva acontecimientos que dicho Estado miembro considere de gran
importancia para la sociedad (...). El Estado miembro determinará
también si los acontecimientos deben ser transmitidos total o
parcialmente en directo o en caso necesario y apropiado, por razones de
interés público, total o parcialmente en diferido�. Una legislación
parecida podría proteger a los hinchas televidentes en las eliminatorias
del Mundial 2006.
Estos entuertos no son exclusivos de la Argentina. En Bolivia sucede lo
mismo: PSN, dueña de los derechos, se los vendió a los cables Supercanal
y Multivisión. Como en ese país el cable no está tan difundido, sólo
uno de cada cien bolivianos podrá ver a su selección. En Uruguay, los
montevideanos podrán ver el partido Uruguay-Bolivia si se venden más de
50 mil entradas en el Centenario o si el gobierno decreta la transmisión
�de interés público�, indemnizando a PSN.
En Perú, los derechos de transmisión de los nueve partidos en Lima los
compró Telefónica, a través de su sistema Cable Mágico, en 10.800.000
dólares a la Federación Peruana de Fútbol mediante un acuerdo directo
tras no prosperar las licitaciones abiertas. Posteriormente, Telefónica
logró acuerdos bilaterales con los canales 4 (América Televisión), 5
(Panamericana TV) y 7 (la empresa del Estado) �los tres de señal
abierta-, en virtud de una obligación en el contrato firmado con la FPF.
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