Por Martín Granovsky
En
lugar poner en hora el reloj del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas,
que se quedó clavado en la dictadura, el ministro de Defensa designó al
general mejor relacionado con los dinosaurios al frente del organismo. Se
trata del general Alfredo Rolando, retirado a fines del año pasado cuando
Ricardo Brinzoni asumió la jefatura del Estado Mayor del Ejército.
Rolando mantiene una excelente relación con Mario Cándido Díaz, aquel
célebre jefe del Estado Mayor Conjunto que chocó públicamente con
Martín Balza cuando reivindicó la guerra sucia tras la autocrítica del
Ejército.
La movida se produce en medio del escándalo que provocó la decisión del
Consejo Supremo del jueves pasado de reclamar para sí la causa del robo
de chicos que ahora está en manos del juez Adolfo Bagnasco. Simón
Lázara, de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la calificó
de �alzamiento� y pidió la remoción de los miembros del Consejo.
Martín Abregú, del Centro de Estudios Legales y Sociales, reclamó que
el Gobierno actúe �enérgicamente�.
La designación de Rolando no tiene que ver con la remoción ni con la
energía. Al contrario. Solo la falta de datos elementales puede cambiar
la interpretación de la realidad. Página/12 reconstruyó la secuencia de
hechos conectados con la Semana Santa de papel del último jueves:
El Consejo estaba
presidido por un dinosaurio, el general retirado Héctor Bianchi. El año
pasado Balza pidió a Domínguez la remoción de Bianchi después de que
éste le pidió una rectificación cuando el entonces jefe del Ejército
consideró �horrorosa y perversa� una frase del Consejo de marzo del
�87: �Existió una guerra revolucionaria en la que el gobernante
libera su energía política, la sujeta a su imperio y la libera del
condicionamiento jurídico, y en ocasiones del ético�.
Domínguez no
relevó a Bianchi, y tampoco su sucesor, Ricardo López Murphy, aunque el
Poder Ejecutivo tiene facultades para hacerlo.
Aunque la noticia no
trascendió públicamente, este diario pudo corroborar que Bianchi
presentó la renuncia por iniciativa propia a fines de enero.
El candidato del
Gobierno a reemplazarlo fue, de inmediato, Rolando.
Defensa también
resolvió que, si había otra vacante, la ocuparía el general retirado
Sánchez Negrete.
Mientras el
Ministerio discutía los reemplazos, el Consejo seguía adelante con el
análisis del pedido de Florencio Varela, defensor de Santiago Omar
Riveros y Antonio Domingo Bussi, de que fuera ese organismo y no la
Justicia civil el que tomara la causa de los chicos robados, un modo
elegante de garantizarse el cajoneo de la pesquisa.
Hace 20 días, el
fiscal del Consejo dictaminó en favor de Varela. El Gobierno no lo
impidió, aunque pudo haberlo hecho: el ministro de Defensa puede darle
instrucciones al fiscal de actuar en un sentido o en otro.
Defensa sabía que
el Consejo desafiaría a la Justicia civil. Tampoco lo evitó. Pudo
haberlo hecho con una jugada simple y legítima: descabezar a tiempo al
Consejo Supremo echando a sus integrantes.
En otras palabras, ni la resolución del Consejo Supremo tomó por
sorpresa a López Murphy, ni el reemplazo de Bianchi es una respuesta
ágil a los nostálgicos de la dictadura. Más aún: el futuro presidente
no es, ni siquiera tarde, la gran esperanza democrática.
El general de división retirado Rolando es el mismo a quien Balza
definía el año pasado ante sus colaboradores de mayor confianza como �un
Videla del �75�. Página/12 publicó los motivos que permitían la
comparación con el jefe que comandaba el Ejército en los meses previos
al golpe de Estado de 1976. �Rolando es cuidadoso, prolijo. Y
peligrosísimo en el futuro por sus relaciones �solía decir Balza.
La relación más importante de Rolando, que pasó a retiro porque era
más antiguo que Brinzoni, era
Díaz, un infante como él. Cuando los capitanes Juan Carlos Rolón y
Antonio Pernías confesaron en el Senado que en la ESMA se torturaba,
Díaz los criticó no por la tortura sino por hablar. Bien visto por la
segunda línea del Ministerio de Defensa durante la gestión de Jorge
Domínguez, Rolando fue ayudante de campo de Nicolaides en el Estado
Mayor. De los viejos generales, el próximo presidente del Consejo Supremo
recibe las simpatías de los retirados Alfredo Arrillaga y Francisco
Gassino. Afiliado radical, Arrillaga es el que comandó la recuperación
del cuartel de La Tablada después de que el Movimiento Todos por la
Patria intentó coparlo en enero de 1989. Fue el responsable de la orden
de usar bombas de fósforo cuando el entonces jefe de policía, Juan Angel
Pirker, dijo que bastaba con gases lacrimógenos. Gassino era en ese
momento el jefe del Estado Mayor. Antes, como oficial de Inteligencia,
conoció o participó de la Conferencia de Ejércitos Americanos de Mar
del Plata de 1987, célebre por su documento explicando que �la
estrategia antisubversiva se compone de ataques e injurias a las Fuerzas
Armadas mediante acciones de denuncia, impugnación de ascensos, juicios y
movilizaciones�.
El Comando de Institutos Militares, último destino de Rolando antes del
retiro, era el lugar que recibía mejor a Gassino, Arrillaga, Díaz o el
propio Ramón Genaro Díaz Bessone en los actos y las fiestas.
La decisión que tomó el jueves el Consejo Supremo no es una simple
atención a los camaradas de Bianchi como Riveros. Por debajo late una
fortísima corriente de reivindicación de la justicia militar, que apunta
a recuperar el terreno perdido a comienzos de la democracia.
En 1984, el gobierno de Raúl Alfonsín estableció que cualquier
sentencia del Consejo Supremo debía ser apelada obligatoriamente ante la
Justicia civil, la única Justicia verdadera en democracia.
Página/12 publicó en octubre del �99 un plan para eliminar la
apelación obligatoria. La sola publicación frenó en ese momento la
maniobra, al dejar al desnudo un subterfugio legal que oficiales en
actividad atribuyeron a la creatividad del general auditor Carlos Cerdá.
En la formulación actual, es el fiscal militar quien tiene que apelar
cualquier fallo del Consejo Supremo, que entonces pasa al fuero civil. La
formulación propuesta por el entonces ministro Domínguez, en la línea
Cerdá, decía así: �El fiscal general y los fiscales de los consejos
de guerra, dentro de su órbita, podrán interponer los recursos que
resulten procedentes, previstos en el artículo 428, respecto de las
sentencias dictadas por los tribunales ante los cuales actúan�. Y
seguía: �El fiscal general del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y
el fiscal de la Cámara nacional de Casación Penal, según corresponda,
podrán desistir del recurso, con dictamen fundado�.
Cuando se debatió la reforma del Código de Justicia Militar, en 1984, el
diputado de los derechos humanos Augusto Conte inventó un neologismo,
pero no tanto, para aludir a los jueces militares. Dijo que eran �contranaturales�.
Explicó que formaban una instancia administrativa del Poder Ejecutivo, y
que la justicia militar no es un poder independiente, como el Judicial,
sino un instrumento del jefe del Estado Mayor, que a su vez es un empleado
del Presidente.
El proyecto de Domínguez intentaba una restauración contra natura.
También la resolución del Consejo Supremo que López Murphy no frenó a
tiempo, y la designación de Rolando que, de paso, llevará una alegría
más a los dinosaurios de la dictadura.
El error de López Murphy
Por Mirta Mántaras *
La presentación del militar genocida Omar Riveros al Consejo
Supremo de las Fuerzas Armadas para que se declare competente en la
causa por el robo de hijos de desaparecidos importa una ilícita
obstrucción a la justicia que debería ser inmediatamente corregida
por el ministro de Defensa.
Riveros pretende un dictamen favorable del fiscal castrense con el
objetivo de enredar la causa que está en manos de la justicia civil
y en la que fue dos veces citado infructuosamente a prestar
declaración indagatoria.
Si el ministro de Defensa, el economista Ricardo López Murphy,
actuara como si tribunales militares fuesen independientes y
escaparan a su competencia, cometería un error garrafal, impropio
del sistema democrático: los tribunales militares tienen naturaleza
administrativa y dependen del Ministerio de Defensa y del presidente
de la Nación en su carácter de comandante de las fuerzas de aire,
mar y tierra.
Los tribunales militares no tienen independencia porque no integran
el Poder Judicial (uno de los tres poderes del Estado). Son de
naturaleza administrativa (parte del Poder Ejecutivo que tiene
prohibición constitucional de intervenir en causas judiciales) y
actualmente sólo actúan cuando se trata de faltas y delitos
esencialmente militares.
Es así porque la finalidad del juzgamiento de la conducta de los
miembros de las Fuerzas Armadas es la de mantener la disciplina y el
buen servicio.
Además, tampoco podrían intervenir los tribunales militares en los
delitos cometidos durante el terrorismo de Estado impuesto en 1976,
que incluye el robo de niños, porque perdieron esa facultad
extraordinaria hace más de una década con la Ley 23.049 dictada
durante el gobierno radical para lograr la �autodepuración� de
las Fuerzas Armadas.
Esa ley establecía que los tribunales militares debían juzgar a
sus pares que habían cometido crímenes represivos dentro de un
plazo razonable. El Consejo Supremo resolvió que �no se había
cometido ningún delito y que las víctimas se habían concertado
para mentir�, razón por la cual, por aplicación del artículo 10
de la Ley 23.049, las causas pasaron definitivamente al juzgamiento
por parte de las cámaras federales.
Contrariamente a lo que pretende el genocida Riveros y hasta ahora
consiente López Murphy, los tribunales militares dependen del
Ministerio de Defensa y de las instrucciones que su titular imparta,
basándose en la simple aplicación del Código de Justicia militar:
su artículo 16 dice: �El Consejo Supremo depende del Ministerio
de Defensa...�; su artículo 48 dice de que el �fiscal general
del Consejo Supremo dependerá del Ministerio de Defensa...� y su
artículo 57 dice: �El auditor general... dependerá del
Ministerio de Defensa...�.
Que el defensor de Riveros busque cualquier argucia ilegal en favor
de su defendido, es explicable. Que el ministro de Defensa haya �ignorado�
las normas no lo es. Si López Murphy sabía que el Consejo estaba
por adoptar una postura contraria a la política de derechos humanos
y a los compromisos internacionales del Estado argentino, debió
haber removido oportunamente a todos sus miembros.
* Abogada de Derechos Humanos. |
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